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Fallo del Tribunal Administrativo
de Cundinamarca dio un plazo de 15 días al Ministerio
de Salud, Supersalud y a la EPS Cafesalud para presentar un
plan de acción inmediata de mejoramiento del servicio.
El presidente del Tribunal, magistrado Luis Alberto Álvarez,
explicó que es una medida cautelar en el marco
de una acción popular instaurada por un ciudadano contra
la Superintendencia y Cafesalud por la mala prestación
a los pacientes.
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Indicó que
es un caso diferente a una acción de tutela, pues se
han proferido un gran número y en ellas se plantean violaciones
de derechos particulares y concretos, mientras en una Acción
Popular se trata de elaborar un plan con una solución
estructural a la problemática. El fallo ordena
presentar un plan de acción inmediata, con tiempos
determinados en el que se garantice el derecho colectivo invocado
en relación con los afiliados a Cafesalud hacia una solución
estructural. La acción judicial hace referencia
a la continuidad de la vulneración, peligro, amenaza
y agravio sistemático y masivo al acceso a la seguridad
en salud, derecho de más de 5 millones de ciudadanos,
violentado por las entidades demandadas con fallas constantes
en el servicio.
Se indica que varios problemas se deben a falta de profesionales
y fallas estructurales, porque la EPS no estaba preparada para
atender los 4.6 millones de afiliados que pasaron de la EPS
SaludCoop liquidada a fines de 2015. Debe resolver problemas
como atención inmediata a pacientes de alto costo, entrega
de medicamentos, normalización de la red prestadora de
servicios y la conciliación de cuentas con los entes
gubernamentales. |