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El Ministerio de
Salud estudia la expedición de nuevos decretos que modificarían
los requerimientos a las EPS para alcanzar sostenibilidad financiera
y condiciones de habilitación. Según análisis
a los borradores, todo indica que el objetivo es salvar a las
EPS a cómo dé lugar, y esta intencionalidad puede
basarse en el convencimiento del gobierno de que esta figura
es la única viable para lograr un sistema de salud sostenible,
o también puede partir de la enorme influencia y poder
económico que alcanzaron estas aseguradoras en los 23
años de vigencia de la Ley 100/93.
El primero de los borradores busca flexibilizar las condiciones
exigidas a las EPS para alcanzar indicadores de sostenibilidad
financiera. |
| En diciembre de 2014
el Ministerio de Salud expidió el decreto 2702 que les
dio un plan de recuperación financiera y patrimonial
con plazo de 7 años. La propuesta se plantea como reforma
a ese decreto, por razón expuesta en los considerandos:
Se han presentado situaciones financieras que deben ser
contempladas en el período de transición, para
continuar en la senda del fortalecimiento patrimonial y la solvencia
financiera de estas entidades
. Según análisis
de la Mesa Antioquia para la transformación del sistema
de salud, la mayor situación presentada en
estos 2 años fue el empeoramiento del tema, como muestran
por ejemplo las cifras de aumento de la deuda en Antioquia con
la red pública (ver cuadro). |
Ranking deudores
de Red Pública
Hospitalaria de Antioquia a junio 30 de 2016 |
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Las mismas EPS han
lanzado gritos de ahogo. Como informó el diario La República
el 14 de octubre, en carta de los delegados de la Asamblea de
Coomeva al ministro Alejandro Gaviria, se indica que su situación
financiera es insostenible: En representación de
más de 230.000 asociados, nos dirigimos a Usted con el
fin de expresarle nuestra honda preocupación por la crítica
situación de Coomeva EPS y las graves repercusiones que
la misma ha causado y sigue causando al patrimonio de la Cooperativa.
Y Alfredo Arana, presidente del Grupo Coomeva, manifestó:
Estamos ejecutando el programa de recuperación,
la capitalización por $260.000 millones va bien pero
la mejora en resultados a medias porque han aparecido nuevos
líos como las prestaciones económicas en las cuales
perdemos $26.000 millones, los recobros siguen igual haciendo
un daño mensual de $8.000 millones y de los recobros
viejos no hay pago. La situación es tan grave que
los accionistas señalan que la empresa en inviable y
ya se tocó fondo.
Fusiones o reorganización
institucional
del mercado de aseguramiento
Ante este panorama, el gobierno parece sacar ahora una
nueva carta: facilitar el camino de las fusiones como un reordenamiento
del mercado del aseguramiento bajo el nombre de reorganización
institucional, dice el artículo 2 del borrador
de decreto: En procesos de fusión, escisión,
creación de nuevas entidades u otras formas de reorganización
institucional, las EPS participantes podrán ceder sus
afiliados a la EPS resultante del proceso de reorganización
institucional
Las Cajas de Compensación Familiar
con programas de salud, podrán participar en procesos
de reorganización empresarial que contemplen la creación
de nuevas entidades.
previa cesión de pasivos o
presentación del plan de pagos como requisito para la
autorización de la nueva organización.
Esta reorganización del mercado incluirá fusiones,
separación de negocios, traslado de deudas y planes de
pago, trasteo de usuarios
En otras palabras, el decreto
allana el camino a la venta de Cafesalud -y posiblemente de
otras EPS-, permitiendo que quien compre asuma la deuda, lo
que equipara cada vez más la estructura de las EPS con
el de las entidades financieras, sector donde se acostumbra
la compra de cartera y donde el negocio del comprador
será recibir una UPC a la que le impondrán trabas
para que los dineros rindan y renten. Con esta figura, el país
se debe preparar para el ingreso de una nueva generación
de EPS, que para ponerse a tono podrían llamarse EPS
4G.
Dos aspectos llaman la atención en este mismo artículo
frente a la autorización requerida para adelantar 'reorganizaciones
institucionales': La entidad o entidades que ceden sus
afiliados con una participación mayoritaria en la entidad
resultante de la reorganización, excepto cuando se trate
de una sociedad conformada exclusivamente por Cajas de Compensación
Familiar con programas de salud que ya se encuentren operando,
requisito específicamente direccionado para Nueva EPS.
Y el punto 2 que indica: La entidad o entidades que ceden
sus afiliados realicen simultáneamente la cesión
de sus activos, pasivos, habilitación o autorización
para operar y los contratos, asociados a la prestación
de servicios de salud del plan de beneficios, a la EPS resultante
de la reorganización, con lo cual esa cesión
se convierte en una estrategia para cambiar el aviso
y seguir operando. Por ejemplo, así SaludCoop podría
haber trasteado todo su negocio a Cafesalud, incluyendo pasivos,
activos y contratos.
Para la Mesa Antioquia, la cesión masiva de usuarios
va en contravía de sentencia de la Corte Constitucional
según la cual los afiliados tienen derecho a cambiarse
de EPS cuando se dan fusiones. Además es importante señalar
que la cesión de usuarios no contiene exigencias en su
protección, no se pide garantizar que el receptor tenga
las condiciones financieras, logísticas y técnicas
para prestar un buen servicio, como pasó con Cafesalud;
se rompe así la libre escogencia como principio fundamental
del sistema de salud, pero se garantiza al comprador tener usuarios
atados que le generan ingresos por UPC. |
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