MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 10    No. 111  DICIEMBRE DEL AÑO 2007    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


Modelo de regulación
de precios de medicamentos:
¿Al servicio de quién?

Juan Carlos Arboleda Z. - elpulso@elhospital.org.co

Entre noviembre de 2004 hasta este año, la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos -CNPM- ha expedido 11 circulares que buscan dar un nuevo norte al control del tema en el país; pero observando en detalle la cronología de dichas circulares, una primera impresión es su constante contradicción, derogando medidas de sus antecesoras inmediatas (la Circular 01 de 2007 en su art. 4° modifica el art. 24° de la Circular 04 de 2006; pero la Circular 02 de 2007 cambia dicho Art. 4° de la Circular 01 de 2007), generando una sensación de dirección errática en las acciones de la CNPM.
Más allá de estas rectificaciones, lo realmente grave es que Comisión no ha respondido a las múltiples comunicaciones enviadas por la Federación Medica Colombiana y Observamed, sobre las posibles inconsistencias epidemiológicas y económicas del estudio en que se basó el nuevo régimen de precios, y sobre las consecuencias que tendrían para la salud pública con la eliminación de la norma de control directo automático para las moléculas con menos de 3 oferentes en el mercado.
El estudio en mención, fue realizado por la firma Econometría S.A., contratada por los gremios farmacéuticos y sin participación en la investigación de actores de la demanda, lo cual sesgaría los resultados de la investigación, e incluso podría ocultar intereses personales evidenciados en hechos denunciados por la Federación Médica.

Algunos de los problemas señalados por Observamed en el estudio de Econometría, se refieren al reduccionismo de los análisis. El estudio dictamina que sólo los productos con “problemas de mercado” ameritan regulación, los de salud pública no serían objeto de regulación sino de gasto público, los de alto costo no ameritan regulación sino aseguramiento, y los medicamentos esenciales (POS) sólo tendrían vigilancia de calidad.
Este análisis desconoce que independiente de cual área del sistema de salud deba encargarse del manejo de un tipo de patologías y sus medicamentos, éstos deben comprarse aunque sea para un problema de alto costo o de salud pública, y sus costos recaen en el bolsillo de una entidad o en la mayoría de los casos del paciente, desconociendo la realidad del sistema de salud colombiano. Según el equipo económico de Observamed, “cualquier producto sin competencia tiene poder de mercado para fijar precios y amerita regulación, independientemente de su grupo terapéutico. La visión de Econometría es economicista, y favorable a quienes quieren ver los medicamentos como mercancía, pero es falsa y perjudicial para la salud pública”.
El doctor Oscar Andia, director de Observamed, señaló: “Lo que reclamamos no es una labor represiva contra los laboratorios, sino una voluntad política de hacer cumplir las reglas, en un marco estricto de legalidad y justicia. Lo más efectivo y costo-eficiente para la regulación de precios de medicamentos, en defensa de la salud pública, era respetar y hacer cumplir la normatividad. Lo que estamos viendo en la práctica es un caso clarísimo de eliminación total de barreras regulatorias, un régimen de regulación de precios de medicamentos basado en precios de referencia y clasificaciones terapéuticas relevantes que hasta ahora nadie conoce, con un sistema de reportes que lleva un año sin publicar un solo dato. Por eso, el Observatorio solicitó explícitamente la derogatoria del artículo 35° de la Circular 04 de 2006; derogado este artículo y re-implantado el régimen de control directo automático para moléculas exclusivas que pueden abusar de su posición dominante en el mercado, el resto de elementos contrarios al interés de la salud pública caerán solos”.
¿Tiempo para la CNPM?
El accionar inicial de la CNPM generó expectativas positivas, por cuanto podría representar un adelanto en el seguimiento de los precios a los medicamentos. Aunque el doctor Maximio Visbal, presidente del gremio de droguistas, Asocoldro, considera la etapa actual de “acoplamiento”, reconoce que hasta ahora se han visto resultados: “Estamos en un acondicionamiento a normas que no han empezado a operar integralmente; aspectos como el programa de medición de precios de medicamentos que no se manejaba anteriormente, generó contratiempos como se predijo, pero es asunto de adaptación”.
Otros análisis señalan que la Comisión ha estado sometida a fuertes presiones para cambiar la metodología del control de precios, lo que explicaría que el estudio de Econometría presentara como propuesta el mismo enfoque que defiende la industria farmacéutica multinacional, según el cual la competencia se da por grupos terapéuticos y no por medicamentos genéricos del mismo principio activo, cambiando el escenario. “Esta posición ha sido predominante en la expedición de la última normatividad; la CNPM está en un período de transición que debe ser vigilado atentamente, porque el peligro es que se desmonte totalmente el sistema de control de precios” declaró el doctor Luís Guillermo Restrepo, presidente del Colegio Nacional de Químicos Farmacéuticos.
La realidad es que el control de precios cambió a un sistema muy complejo que implica precios de referencia internacionales que pueden trasladar al país las perversiones de dichos mercados; además, hace que se dependa demasiado de las decisiones de la Comisión, sembrando peligros muy grandes, porque si bien existe un Comité técnico, las decisiones son tomadas por los miembros políticos (los ministros de Protección Social, de Comercio y un representante del presidente de la república, lo cual somete sus decisiones a los intereses del gobierno de turno).
Afidro, gremio de las farmacéuticas multinacionales, a las que se señala de haber sido favorecidas con el nuevo modelo de control de precios, tampoco está de acuerdo con algunas acciones de la Comisión. El doctor Francisco de Paula Gómez, presidente del gremio, ve preocupantes varios aspectos de la implementación como la inclusión de Precios de referencia, ya que esta metodología no favorecería como sostienen muchos a la industria farmacéutica, y menos a la de investigación y desarrollo (ID); ello, porque utilizar “el promedio de los 3 precios unitarios más bajos de los medicamentos iguales, producidos directa o indirectamente por la misma casa matriz en países de referencia” como dice la Circular 04 de 2006, considerando que la industria de ID cuenta con filiales en los 8 países de referencia, convierte el control de precios en una figura automática sólo para la industria farmacéutica multinacional, excluyendo a demás productores y comercializadores del control. Además, el doctor Gómez señala que es importante clarificar otros aspectos de los que depende el impacto del nuevo modelo: reconocer la existencia de múltiples medicamentos para una misma indicación terapéutica como una realidad del mercado, determinar el periodo de transición para el SISMed (Sistema de Información de Precios de Medicamentos) y conservar confidencialidad de la información.
Afidro reitera que “cualquier política de precios debe estar fundamentada en principios económicos como el respeto y la promoción de la libre competencia, el estímulo empresarial, el desarrollo de la iniciativa privada, la libre actividad económica y la protección al consumidor”. Frente al estudio de Econometría, el doctor Gómez señaló que el mismo fue solicitado a los gremios por parte de la CNPM buscando obtener información real del comportamiento de los precios; reconoce que a partir de estos resultados, la Comisión estructuró la política: “El estudio tuvo cuidado en la definición de los términos de referencia y en la determinación de los consultores que realizarían el trabajo; se buscó que se utilizaran las mejores fuentes de información y las metodologías necesarias para adelantar los ejercicios propuestos en el estudio, que se entrevistaran y recaudara información con los diferentes actores que participan en la cadena farmacéutica”.
Allanando el camino al TLC
Otra explicación al cambio de modelo de regulación y al accionar de la CNPM en los últimos dos años, obedecería al desarrollo de la agenda interna para facilitar la entrada en vigencia del TLC. El senador Jorge Robledo señala cómo la inclusión en el texto del tratado de la figura de la expropiación indirecta (demandar por perjuicios sobre negocios aún no establecidos en el país), se usaría en Colombia por la industria farmacéutica; y reseña como Afidro, ya amenazó con hacerlo: “En carta al ministro de comercio, Jorge Humberto Botero, el 28 de julio de 2006, le dicen que no apruebe el texto de la Circular 03 de 2006 que contiene un 'borrador de discusión' sobre controles a los precios de las medicinas en Colombia, porque, dice la carta, 'esto atenta de manera directa contra las moléculas que gocen de derechos de propiedad intelectual, como los plasmados en los textos del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos'. Por esta razón, dichas determinaciones podrían constituirse en 'violación al principio de inversión frente a tratados internacionales; vale la pena señalar que este borrador de circular podría verse incurso dentro de la tipificación de la expropiación indirecta, debido a que su expedición implicaría una modificación injustificada de las condiciones bajo las cuales las empresas asociadas en Afidro desarrollan el curso ordinario de sus negocios y su viabilidad económica', dice la misiva.
Esta situación significaría que el hecho de controlar los precios de los medicamentos, que definen el dolor y la diferencia entre la vida y la muerte de los colombianos, podría ser considerado expropiación indirecta, llevando a pagar indemnizaciones al Estado colombiano; pero también indicaría que la flexibilización en los controles de precios, las recomendaciones de Econometría y el nuevo modelo de regulación, obedecen al marco de la globalización, y en el caso particular colombiano, a una medida más para allanar el camino al TLC.

 
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