MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 10    No. 111 DICIEMBRE DEL AÑO 2007    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co


Propuestas para el
Plan Nacional de Salud Pública (I)

Iván Darío Arroyave Zuluaga - Docente e investigador elpulso@elhospital.org.co

El Editorial de octubre pasado de El Pulso (edición 109), celebraba que “es muy importante observar la reciente tendencia participativa de los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud que se ha venido haciendo desde el Ministerio de la Protección Social para formular políticas claves para la salud de los colombianos”, y redondeaba con que “no todos van a quedar contentos con el Plan Nacional de Salud Pública -PNSP- y sus actos administrativos reglamentarios, es natural y se ve venir. Pero, por lo que se ve, todos pueden aportar sus ideas y eso ya es algo. Es mucho”.
En ese misma edición, otro artículo hizo formulaciones propositivas (“Rescatar el sistema de salud de su laberinto y simplificarlo”). Dentro de esa tónica nos permitimos hacer algunas propuestas puntuales, enfocadas a la “Estrategia de Movilización Social para la Implementación del PNSP”, para "promover la movilización social de los actores del sector salud, de otros sectores y de la comunidad, para que de manera integral y concertada apoyen la construcción de los lineamientos técnicos para desarrollar las acciones individuales y colectivas en salud pública en el ámbito territorial, en concordancia con las políticas en salud establecidas en el PNSP 2007-2010".
 
Propuestas sobre la promoción de la salud
La promoción de la salud no es un bien asegurable (dicho en jerga de teoría de aseguramiento), porque es un bien público puro (según lo define la teoría económica neoclásica), y por tanto exclusivamente a cargo del Estado.
Por favor, no más P y P (peipé)
Dentro de las muchas e innegables bondades del Plan Nacional de Salud Pública -PNSP-, persiste un resabio inexplicable: Se sigue confundiendo promoción de la salud con prevención de la enfermedad. Indica la doctora Helena Restrepo de la Facultad Nacional de Salud Pública de la Universidad de Antioquia, que la promoción de la salud está fundamentada en un enfoque poblacional, dirigido a comunidades y grupos poblacionales específicos, enfocado a situaciones causales, de predominio socio-político, socio-ambiental y socio-cultural, a cargo de líderes comunitarios, funcionarios de todo tipo, grupos de apoyo social y medios de comunicación, para estimular la participación social y el empoderamiento, la movilización política, educación, participación social y formulación de políticas públicas saludables. ¿Qué tiene qué ver todo esto con aseguramiento?
Resulta impensable que las aseguradoras (Entidades Promotoras de Salud EPS- de ambos regímenes y Administradoras de Riesgos Profesionales) se ocupen de aspectos como fomentar entornos saludables (escuelas saludables, municipios saludables), trabajar bajo un enfoque poblacional en aspectos como cambios de estilos de vida (lucha contra tabaquismo, fomento de actividad física, convivencia pacífica), aunque sí lo hagan desde el enfoque de riesgo, o sea prevención primaria nivel I: prevención universal o fomento de la salud. O que procuren servicios reorientados (hospitales saludables), orientarse a población general (comunidades) y grupos específicos vulnerables (etnias, niños, mujeres), cuando para el asegurador la población objeto es la población asegurada. O encauzarse al manejo de situaciones causales (analfabetismo, falta de agua potable, exclusión social, etc.), conservación del medio ambiente, fomento de actividad de agentes comunitarios y estímulo de participación social, empoderamiento, movilización política, cabildeo, negociación y abogacía. O perseverar en busca de equidad y justicia social, educación, la paz y demás prerrequisitos para la salud, apuntarse a la investigación participativa, la participación social y la construcción de la capacidad comunitaria, etc.
Todo eso es promoción de la salud: ¿Lo hará un asegurador? No, porque no le corresponde a su racionalidad, y eso no tiene no tiene nada de bueno o de malo: Es el Estado el que debe ocuparse de la provisión de los bienes públicos puros, aquellos de consumo colectivo y generadores de altas externalidades posítivas. No hay incentivo financiero ni de cualquier tipo que encauce a los aseguradores en la vía de promocionar la salud. ¡No se puede! La promoción de la salud no es un bien asegurable (dicho en jerga de teoría de aseguramiento), porque es un bien público puro (según lo define la teoría económica neoclásica), y por tanto exclusivamente a cargo del Estado.
Promoción de la salud a cargo del Estado
La promoción de la salud debería entonces ser regentada por las diferentes instancias del Estado: Nación y entes territoriales (departamentos, distritos y municipios) en concurrencia con demás actores sectoriales y extrasectoriales, siguiendo las directrices de la Línea de política 1 del PNSP (promoción de la salud y la calidad de vida).
La prevención primaria nivel I (fomento de la salud) sí podría ser compartida entre las instancias del Estado y las aseguradoras, y, quedaría fundamentalmente a cargo de aseguradoras y prestadores, con la concurrencia de los demás actores, siguiendo las directrices de la Línea de política 2 del PNSP, las actividades de prevención primaria nivel II (protección específica) y prevención secundaria (detección temprana), así como la prevención terciaria (Línea de política 3 del PNSP: Recuperación y superación de los daños en la salud). No haría falta tampoco el indigerible enunciado de “salud pública individual”; bastaría referirse a “prevención de la enfermedad a cargo de las aseguradoras”, para hablar de lo que un poco confusamente se entiende en el SGSSS como “acciones de salud pública individual y familiar a cargo de las aseguradoras”.
 
No más recursos extras de
promoción de la salud para las EPS-C
La subcuenta de promoción de la salud del Fosyga no tiene por qué seguir haciendo asignaciones a las EPS-C de acuerdo con el “valor anual que Fosyga reconoce por cada afiliado a las EPS-C para el desarrollo de actividades de promoción y prevención para [cada anualidad]”, como lo ha hecho hasta ahora el Consejo de Seguridad Social en Salud cada mes de diciembre, en el Acuerdo en que se fijan los valores de Unidad de Pago por Capitación -UPC- y la contribución a la subcuenta de promoción de la salud. Por cierto, el aporte a promoción de la salud por parte de los cotizantes hace 10 años no pasa de los 0,41 puntos porcentuales de la contribución obrero patronal, cuando la Ley 100/93 prevé que puede ser de hasta 1 punto porcentual. ¿Así de bien está nuestra salud pública que no requiere recursos y los que se asignan se gastan en aseguramiento? Por lo que muestran los reportes epidemiológicos, incluso los oficiales, no.
Actualmente el valor de este giro es de $15.901,20 al año per cápita. Pero, como política de Estado, el mismo legislador hizo meridiana claridad, hace 14 años ya, sobre la destinación de esta subcuenta: “Promoción de la salud” (nunca se llamó “peipé”). ¿Por qué se ha venido asignando ese valor anual para “promoción y prevención”? En un año, de acuerdo con las cifras oficiales de afiliación al régimen contributivo, se trasladan cerca de $90.000 millones a las EPS-C (como referencia, es el valor aproximado del componente nacional de vacunación para un año, ninguna bicoca) para brindar “actividades de promoción y prevención”, que de acuerdo con lo que se ve en los informes anuales del Ministerio, las EPS-C no están ejecutando ni con mediana suficiencia.
Para reflexionar: El estudio de Funciones Esenciales de Salud Pública -FESP- en Colombia (2001), establece una medición para identificar factores críticos de infraestructura de salud pública y entre las 11 FESP identificadas las peor calificadas son, de menos a más: Promoción de la salud, Investigación en salud pública y Participación de los ciudadanos en salud. Esas sí que son funciones misionales de la Subcuenta de Promoción de la Salud, pero no lo es subvencionar el aseguramiento. Sin embargo, en programas de promoción de la salud, la Subcuenta sólo gasta el 10% de sus ingresos (cifras de 2004). ¿No es esto inverosímil?
Hay otro contrasentido allí: El plan de beneficios de “salud pública individual” de los regímenes contributivo y subsidiado es idéntico. Entonces, ¿por qué existe un estimulo adicional sobre la UPC para las EPS-C sobre las EPS-S? Sobre todo, teniendo en cuenta que el estímulo financiero es uno de los ejes del Sistema General de Seguridad Social en Salud. ¿No es eso desincentivar a su vez a uno de los actores en desmedro de otros?
Ah, y si la UPC-C no alcanza para prestar los beneficios del POS-C, eso es válido debatirlo: La subcuenta de compensación viene dejando excedentes los últimos 6 años y tal vez podría hacerse un ajuste. Pero no dar auxilios al aseguramiento con la platica de la promoción de la salud, por favor. Eso es casi licencioso…
 
 
 







 



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