MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 7    NO 93   JUNIO DEL AÑO 2006    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Sistema de Información
para la Calidad
Olga Lucia Muñoz López - Periodista - elpulso@elhospital.org.co
Será implementado por el Ministerio de la Protección Social, con el objeto de estimular la competencia por calidad entre los agentes del sector, y al mismo tiempo, orientar a los usuarios en el conocimiento de las características del sistema, en el ejercicio de sus derechos y deberes, y en los niveles de calidad de los prestadores de servicios de salud y de las EAPB, de manera que puedan tomar decisiones informadas al ejercer sus derechos en el sistema de salud. El Ministerio incluirá en su página web los datos del Sistema de Información, para facilitar al público el acceso en línea sobre la materia.
Los objetivos del Sistema de Información son monitorear, orientar, referenciar, y estimular. Y sus principios: gradualidad, sencillez, focalización, validez y confiabilidad, participación y eficiencia.
Las EAPB, las direcciones departamentales y distritales de salud y los prestadores, están obligados a generar y suministrar los datos para el funcionamiento del SOGCS, de conformidad con las directrices del Ministerio, que establecerá los indicadores de calidad del SOGCS de obligatorio reporte por parte de las instituciones.
 
Inspección, vigilancia
y control de la calidad
La inspección, vigilancia y control del Sistema Único de Habilitación será responsabilidad de direcciones departamentales y distritales de salud, mediante las visitas de verificación, correspondiendo a la Supersalud vigilar que los entes territoriales de salud ejerzan dichas funciones. Y sin perjuicio de competencias de la Supersalud, también harán vigilancia, inspección y control sobre el desarrollo de los procesos de Auditoría por parte de las lPS en sus jurisdicciones, simultáneamente con las visitas de habilitación.
La Supersalud ejercerá vigilancia, inspección y control sobre el desarrollo de los procesos de auditoría por parte de las EAPB y entes departamentales, distritales y municipales de salud. Tanto éstos como la Supersalud, podrán realizar visitas de inspección y solicitar la información pertinente. En caso de incumplimiento, aplicarán acciones y sanciones. Para la inspección, vigilancia y control del Sistema Único de Acreditación, la Supersalud diseñará y aplicará los procedimientos de evaluación y supervisión técnica. Y la inspección, vigilancia y control del contenido, calidad y reporte de la información del Sistema de Información para la Calidad, estará a cargo de direcciones departamentales y distritales, y de la Supersalud.
 
Medidas de seguridad
y sanciones en el SOGCS
El incumplimiento de lo establecido en el SOGCS podrá generar la aplicación de medidas sanitarias de seguridad previstas en las normas legales, por parte de los entes territoriales de salud, con base en el tipo de servicio, el hecho que origina el incumplimiento de las disposiciones del decreto 1011, y su incidencia sobre la salud individual y colectiva de las personas. Y sin perjuicio de la competencia de otras autoridades, los entes territoriales de salud deben adelantar los procedimientos y aplicar las sanciones a que haya lugar.
Disposiciones finales
Todos los prestadores que al entrar en vigencia el decreto 1011 estén prestando servicios de salud, tendrán el plazo que defina el Ministerio de la Protección Social para presentar el Formulario de Inscripción en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud ante la autoridad competente, fecha a partir de la cual caducarán los registros anteriores. Si vencido el término señalado no efectúa la inscripción, no podrá seguir operando.
Para actualizar los estándares de los componentes del SOGCS, el Ministerio de la Protección Social podrá ajustarlos periódicamente y de manera progresiva, de acuerdo con los estudios y recomendaciones de la Unidad Sectorial de Normalización en Salud.
 
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Sistema de Información para la Calidad / Inspección, vigilancia y control de la calidad / Medidas de seguridad y sanciones en el SOGCS
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