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Reflexión del mes
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Hoy, creo que la humanidad
se encuentra en una encrucijada crítica. Los radicales
avances que han tenido lugar en neurociencia, y particularmente
en la genética hacia el fin del siglo XX, condujeron
a una nueva era la historia del hombre. Nuestro conocimiento
del cerebro humano y del cuerpo hasta el nivel celular y genético,
con las consecuentes posibilidades tecnológicas ofrecidas
por la manipulación genética, alcanzó
un estado tal que los desafíos éticos de estos
avances científicos son enormes. También es
evidente que nuestro pensamiento moral no ha sido capaz de
mantenerse a la par con este rápido progreso en nuestra
adquisición de conocimiento y poder. Más aún,
las ramificaciones de estos nuevos descubrimientos y sus aplicaciones
llegan a resultados tales que se relacionan con la concepción
misma de la naturaleza humana y su preservación. Por
lo tanto, ya no es posible seguir considerando adecuada la
adopción de un punto de vista de que nuestra responsabilidad
como sociedad es simplemente la de aumentar nuestro conocimiento
científico y mejorar el poder tecnológico, y
de que la elección de qué hacer con este poder
y este conocimiento debería ser dejado en manos de
los individuos. Debemos encontrar una forma de entregar consideraciones
éticas humanitarias y éticas fundamentales para
orientar la dirección del desarrollo científico,
especialmente en lo relativo a las ciencias de la vida. Al
referirme a la invocación de principios éticos
fundamentales, no estoy abogando por una fusión entre
la ética religiosa y la investigación científica.
En cambio, estoy hablando de lo que llamo la ética
secular que envuelve los principios éticos clave,
tales como la compasión, la tolerancia, un sentido
de cuidado y consideración por los demás, y
el uso responsable del conocimiento y del poder -principios
que trascienden las barreras entre los creyentes y los no
creyentes, y entre los seguidores de esta religión
o aquella-. Durante tanto tiempo como cada uno de estos dedos
esté conectado con la palma de la empatía humana
básica y el altruismo, ellas continuarán sirviendo
al bienestar de la humanidad. Nos encontramos todos viviendo
verdaderamente en un mundo. La economía moderna, los
medios electrónicos, el turismo internacional, así
como también los problemas ambientales, todo nos recuerda
diariamente cuan profundamente interconectado ha llegado a
ser hoy el mundo. Las comunidades científicas juegan
un rol de vital importancia en este mundo interconectado.
Cualquiera que sean las razones históricas, hoy los
científicos disfrutan de gran respeto y confianza dentro
de la sociedad, mucho más incluso que mi propia disciplina
de filosofía y religión. Apelo a los científicos
para entregar como parte de su trabajo profesional, las pautas
de los principios éticos fundamentales que todos compartimos
como seres humanos.
Fragmento de La ciencia en una encrucijada, del
Dalai Lama
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Dalai Lama
(1935). Su Santidad el XlV Dalai Lama -Tenzin Gyatso-, personaje
semidivino y mítico, es el jefe religioso y político
del Tíbet, y guía espiritual de muchos fieles
budistas en el mundo; doctorado en filosofía budista,
vive en el exilio desde hace más de 30 años.
Desde 1950 defiende la causa tibetana, promoviendo el respeto
por sus derechos, su cultura y autodeterminación, reprimidos
en más de 40 años de opresión política,
religiosa y cultural china. Aunque los chinos cometieron un
genocidio cultural (tres mil monasterios destruidos) y humano
(más de medio millón de tibetanos asesinados)
en nombre de la Democracia y la Libertad, el Dalai Lama persiste
en una resistencia no violenta frente al invasor. Su prédica
es poner la sabiduría de las religiones al servicio
del bien de todos los seres, integrando sus valores a la política
o la ciencia. En 1989 recibió el Premio Nóbel
de la Paz, por su incesante y pacífica lucha en favor
de su pueblo.

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Bioética
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Permiso para matar
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Ramón
Córdoba Palacio, MD elpulso@elhospital.org.co
Para el común de los ciudadanos que, en general, no
alcanzamos las cumbres de la lógica del derecho y nos
guiamos por lo que las autoridades en la materia nos dan a
conocer, se nos plantean confusiones que deberían aclarar
las altas Cortes que deciden sobre la vida y la muerte. Así
ocurre con la sentencia relativa al delito de aborto de la
Corte Constitucional, en la cual leemos: «no se incurre
en delito de aborto, cuando con la voluntad de la mujer, la
interrupción del embarazo se produzca en los siguientes
casos: a) Cuando la continuación del embarazo constituya
peligro para la vida o la salud de la mujer, certificado por
un médico
»
Para quienes no alcanzamos las cumbres de la lógica
de la jurisprudencia, repito, lo anterior deja el derecho
a vivir del hijo, en manos de la madre, pues es tan fácil
aseverar que el embarazo resultado de una noche de bohemia,
de un arrebato de pasión, de un delirio de entrega
tan frecuente en determinadas edades y circunstancias, pocos
días después se convierta para esa mujer en
un peligro para su vida o su salud, y que así lo pueda
certificar un médico.
Iguales circunstancias de peligro para su salud causadas por
la supervivencia de su hijo, puede alegar ante los jueces
una mujer que lo asesina a los 8 ó 15 días,
o a los 6 meses, o a los 2 años de nacido, o más
tarde, y si se aplica razonable y lógicamente la sentencia
de la Corte Constitucional no debe ser condenada, porque no
incurre en delito si puede demostrar con un certificado que
estaba en peligro su salud o su vida por abandono del compañero
que asegura su subsistencia material, su equilibrio emocional.
¿Cuándo cesa y en virtud de qué, ese
derecho que le otorga la citada Corte a la mujer para disponer
arbitrariamente de la vida del hijo? ¿Con qué
fundamento de verdadera justicia, según la lógica
de la mencionada sentencia, no merece sanción matar
al hijo dentro del útero materno y la merece asesinarlo
cuando vive, necesitado todavía del cuidado de su madre,
de su amor, fuera del vientre que lo albergó en estado
embrionario o fetal?
Más aún, el común de las gentes consideramos
que esas altas instituciones que deciden en Derecho tienen
entre sus ineludibles obligaciones velar porque la aplicación
de la justicia sea verdaderamente justa, es decir, que se
dé a cada quien lo que le pertenece, lo que es suyo.
Sin embargo, encontramos que los Magistrados de la Corte Constitucional,
ante el derecho absoluto e inalienable del hijo, persona en
estado de embrión o feto, lo conculcan a favor de la
madre: lo cual equivale a aseverar que el ser más débil,
que para nada intervino en la condición que vive en
ese momento la madre, es condenado a muerte; es la aplicación
de la Ley del más fuerte o Ley de la selva. ¿Acaso
fue él quien violó a la madre o la puso en estado
de indefensión? ¿Acaso eligió él
los genes defectuosos o expuso a sus progenitores a las situaciones
que causaran daño a su desarrollo? Condenarlo a muerte
o permitir que se le condene a muerte es la lógica
de la irracionalidad.
Contrasta todo esto con la campaña en contra de la
desatada e infame violencia que sufren los niños: se
sanciona con años de cárcel a madres que los
abandonan, a madres que contribuyen o son cómplices
de los abusos y muerte de niños por parte de padrastros,
a parejas que se deshacen de los niños porque estorban
para realizar sus proyectos, etc. Contrasta, repito, con la
posición de los Magistrados de la Corte Constitucional
que autorizan a madres y a verdugos con títulos universitarios
a matar niños, personas humanas, sin someterlos siquiera
a un juicio justo.
En la balanza de la justicia, cuyo símbolo es una diosa
con los ojos vendados para dar así a cada quien lo
que es suyo, lo que le pertenece, la sentencia de la Corte
Constitucional introduce un desequilibrio que impide reconocer
y salvaguardar el derecho a la vida de todo vástago
humano, de respetar su derecho a continuar viviendo, y no
podemos pensar que lo hicieron con los ojos vendados; al contrario,
fueron conscientes, así lo pensamos, de la injusticia
que introducían en la relación del más
fuerte con el más débil, conculcando el respeto
que exige la dignidad de éste que es tan ser humano,
tan persona, como aquél.
Nos preguntamos: ¿qué derecho nos protege y
qué justicia podemos esperar si las altas Cortes autorizan
eliminar la vida que comienza, acción denominada aborto
en el derecho positivo colombiano por la etapa de crecimiento
y desarrollo de la víctima, pero en realidad un homicidio
desde el punto de vista del sentido común y de la antropología?
Homicidio es, según el Diccionario de la Real Academia:
«1. [m.] Muerte causada a una persona por otra. 2. [m.]
Por lo común, la ejecutada ilegítimamente y
con violencia».
Nota: Esta sección es un aporte del Centro Colombiano
de Bioética -Cecolbe-.
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