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Desde
años atrás se ha constatado la situación
lamentable de la salud. Al parecer, todo continúa igual
y con tendencia clara a deteriorarse, afirmó la
Corte Constitucional en la 2ª Audiencia Pública
de Rendición de Cuentas en el seguimiento a las órdenes
24 y 27 de la Sentencia T-760/08, que evaluó el estado
de los recursos del sistema e incidencia de su manejo en la
salud: fuentes de financiación, medidas para evitar datos
inflados, destinación de recursos de UPC, regulaciones
para correcta administración y reestructuración
del proceso de recobro, contexto que está llevando
a que nuestra sociedad esté transitando de la 'enfermedad'
a 'cuidados intensivos'.
Dijo la Corte que se denotó un complejo panorama en el
manejo de los recursos, capitales suficientes para garantizar
efectiva prestación del derecho fundamental, pero la
gran mayoría dilapidados para fines totalmente ajenos
a ese propósito. |
| Y evidenció
que el alto grado de corrupción, la prevalencia absurda
de intereses particulares, debilidad manifiesta en control estatal,
inadecuado manejo administrativo por ineficiencia, son algunas
causas generales que afectan estos recursos. Asimismo, el cobro
de comisiones para levantar glosas, presentación de cuentas
a nombre de personas inexistentes, falta de una base de datos
unificada, aumento doloso en costos de medicamentos y procedimientos
No-POS, recobros de insumos y medicinas nunca utilizados o entregados
a los pacientes, pago de servicios No-POS y logrados por tutelas
no interpuestas, recobro de medicamentos e insumos de contrabando,
son entre otras, causas específicas del panorama oscuro. |
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La Corte
reiteró que el derecho a la salud debe garantizarlo el
Estado, y que particulares que lo prestan en su nombre deben
comprender que esa función en momento alguno puede
ser entendida como un negocio, por lo que causa gran rechazo
conocer por Superindustria, acuerdos de EPS del régimen
contributivo para defender sus intereses y no los de la población:
El Estado debe reflexionar seriamente sobre la necesidad
de que entidades privadas, en su calidad de intermediarios,
hagan parte del sistema de salud. La corrupción, la malversación
de recursos, el desgreño administrativo y la falta de
control, desdicen en gran manera del Estado Social de Derecho
como principio fundante. Nuestra sociedad está enferma
y en tránsito inequívoco a internarse en cuidados
intensivos. El sistema de salud pareciera colapsar, en
detrimento de los derechos fundamentales de quienes habitamos
este Estado. Ello hace imperioso que el país aborde el
rediseño de la estructura y el cambio de procedimientos,
tendientes a salvaguardar el derecho a la salud, como mecanismos
que permitirán tener una esperanza ante el complejo panorama.
También señaló que profirió la Sentencia
T-760 con el propósito de que la situación de
la salud adquiriera otro rumbo y se garantizara de manera eficiente
el derecho fundamental: Las directrices tomadas por los
órganos Legislativo y Ejecutivo sólo han constituido
incipientes esfuerzos, al no tener mayor impacto
en la salvaguarda pretendida, que distan de superar la problemática
del sistema.
La Corte aseveró que no comprende cómo sigue la
discusión sobre la naturaleza de los recursos del sistema
como públicos; que se nieguen servicios a niños;
que los recursos del sistema sigan dirigidos a fines ajenos
a la prestación efectiva del derecho fundamental; que
evadan aportes; que entes gubernamentales no expidan regulaciones
indispensables para manejo del sistema; que la UPC no se ajuste
a la realidad; que siga la multi-afiliación; que haya
recobros no pagados por Fosyga
: Esto muestra que aún
se presentan deficiencias profundas en el sistema de salud.
La salud no puede ser un negocio para lucrar a unos pocos. La
actividad de los mercaderes de la salud, va en detrimento del
derecho fundamental de la sociedad en general. |
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