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La Corte Suprema de Justicia
estableció que los directivos de un hospital y hasta
la junta deben responder si hay negligencia médica, por
lo que la responsabilidad penal en algunos casos puede ser colectiva.
El fallo se originó al resolver el caso de una mujer
y su bebé en Bogotá, muertos tras un parto de
riesgo.
Según el tribunal, la condena puede recaer sobre los
miembros de una institución, si el riesgo generado en
un procedimiento pone en peligro la integridad de las personas;
anteriormente, la responsabilidad era individual, pero con el
nuevo fallo, hasta el director de un centro médico y
sus juntas pueden ser llamados a responder por un hecho de negligencia,
omisión o la aplicación de procedimientos incorrectos.
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Los magistrados de
la Corte concluyeron que la responsabilidad de los médicos
fue compartida en el caso de la gestante y su niño, así
hubieran actuado en forma individual, al incurrir en varias
acciones imprudentes, pues cada uno contribuyó en conjunto
al resultado. El pronunciamiento se produjo al confirmar las
condenas contra dos médicos como coautores de homicidio
culposo en concurso homogéneo y sucesivo; fueron condenados
a 36 meses de prisión por negligencia médica,
deberán responder patrimonialmente por los perjuicios
causados en procesos civiles y administrativos, y se ordenó
suspender su licencia profesional por un año.
La Asociación Colombiana de Sociedades Científicas
se pronunció afirmando que el fallo sienta un precedente
negativo para la práctica de la medicina en Colombia
y la convertiría en una profesión peligro,
ya que al ser la medicina una profesión de medios y no
de resultados, los seguros médicos se dispararían
dificultando la atención de pacientes, sin contar la
avalancha de demandas ante la posibilidad de responsabilidad
de instituciones por el proceder de un médico. Se recalcó
que es necesaria una reglamentación específica
para establecer niveles de responsabilidad de atención
de quienes resulten implicados. |
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