MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 10    No. 116  MAYO DEL AÑO 2008    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


Blindar ternas de candidatos: única
garantía para una CRES independiente
Juan Carlos Arboleda Z. - elpulso@elhospital.org.co

La CRES se percibe como un organismo más técnico y por tanto más adecuado para dirigir la salud en Colombia. Por esa razón la Asociación Nacional de Profesiones de la Salud, Assosalud, considera su creación como uno de los avances más importantes de la Ley 1122 como solución al estancamiento que manejaba el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud (CNSSS).
Sin embargo, el presidente de Assosalud, Luis Guillermo Restrepo, manifiesta preocupación sobre su carácter técnico y científico: “En la reglamentación tienen que quedar plasmados los mecanismos de elección de los miembros de la CRES y aclarar sus incompatibilidades, porque el CNSSS tuvo un problema generado en los intereses de quienes lo conformaban -se crearon campos de poder que lo llevaron casi a la inacción-, y si la CRES se maneja con esos criterios puede llegar a lo mismo, o un actor puede cooptar personas de la Comisión para sus intereses”.
La posible cooptación de los miembros de la CRES a favor de los intereses de uno sólo de los actores no esta cimentada en una especulación: está presente en el seno de la ley al otorgar al Presidente de la República la potestad para nombrar los miembros de la Comisión, y así lo reconoce el doctor Restrepo: “Allí existe un peligro latente, y la forma de mitigarlo es a través de la reglamentación del sistema de elección de ternas, conservando la discrecionalidad del Presidente, y que la elección se haga sobre candidatos confiables, porque si no se asegura que las personas cumplan con características de independencia y solvencia técnica y científica, la salud sí estaría en un serio peligro”.
La propuesta de Assosalud
Assosalud presentó al Ministerio una propuesta que busca garantizar la idoneidad de los miembros de la CRES. El mayor grado de elaboración está en la selección de miembros para las ternas: se propone que el Ministerio haga una convocatoria pública a quienes se consideren con las calidades para ser miembros de la CRES, quienes deberán someterse a un examen de conocimientos sobre el Sistema de Seguridad Social en Salud y sus antecedentes laborales; los aspirantes deben acreditar 10 años de experiencia profesional y Maestría. También se haría una entrevista ante un jurado de 3 miembros donde 2 son de reclutamiento de personal; luego se elaborará una lista con los 50 puntajes máximos, y de allí las entidades autorizadas para presentar ternas elegirán a sus candidatos.
Otras consideraciones: que el salario de los miembros de la CRES sea igual al del Ministro de Protección; que el Fosyga apropie en su presupuesto los recursos suficientes para su funcionamiento, y que el CNSSS se reúna por lo menos una vez cada 3 meses, pero sólo para tratar aquellos temas en los cuales el Ministerio y la CRES deseen conocer su opinión, lo cual impide que el CNSSS pueda plantear temas para la agenda y sus opiniones no tendrán un carácter vinculante (esto se ratifica 2 veces en 6 renglones).
 
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