MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 10    No. 111  DICIEMBRE DEL AÑO 2007    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


Sistema de Inspección,
Vigilancia y Control del SGSSS

Iván Darío Arroyave Zuluaga - Docente e investigador del Observatorio de la Protección Social - Universidad CES elpulso@elhospital.org.co

La Ley 1122/07 reglamenta y fortalece la Supersalud mediante la creación del Sistema de Inspección, Vigilancia y Control -IVC- del Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSS-. El Sistema de IVC es un conjunto de normas, agentes, y procesos articulados entre sí, en cabeza de la Superintendencia Nacional de Salud, sin perjuicio de las funciones a cargo del Instituto Nacional de Salud y el Invima.
Definiciones de IVC
- Inspección: Actividades y acciones encaminadas al seguimiento, monitoreo y evaluación, de los vigilados por la SNS, la información sobre situación de los servicios de salud y sus recursos.
- Vigilancia: Atribución de la SNS para propender porque los sujetos de vigilancia cumplan con normas que regulan el SGSSS.
- Control: Ordenar los correctivos tendientes a superar la situación crítica o irregular de sus vigilados y sancionar las actuaciones que se aparten del ordenamiento legal.
Ejes del Sistema de Inspección, Vigilancia y Control
1. Financiamiento: Vigilar eficiencia, eficacia y efectividad en la generación, flujo, administración y aplicación de recursos.
2. Aseguramiento: Vigilar cumplimiento de los derechos de los afiliados.
3. Prestación de servicios de atención en salud pública: Vigilar que la prestación individual y colectiva de servicios de salud se haga en condiciones adecuadas.
4. Atención al usuario y participación social: Garantizar el cumplimiento de los derechos de los usuarios y los deberes de los actores en el SGSSS, y desarrollar mecanismos de participación ciudadana y protección al usuario.
5. Acciones y medidas especiales: Adelantar procesos de intervención forzosa administrativa para administrar o liquidar a las entidades vigiladas e intervenir técnica y administrativamente las direcciones territoriales de salud. Vigilar las liquidaciones voluntarias y liquidar por revocatoria del certificado de autorización o funcionamiento.
6. Información: Vigilar que los actores del SGSSS garanticen la adecuada producción de datos, con calidad y transparencia.
7. Focalización de subsidios en salud: Vigilar que se cumplan los criterios para identificar beneficiarios y aplicar el gasto social en salud por parte de los entes territoriales.
Funciones de IVC de la Súper
La Superintendencia Nacional de Salud debe cumplir un listado enorme de funciones para velar por el cumplimiento de las normas constitucionales, legales y demás disposiciones vigentes sobre los actores del SGSSS, en concurrencia con los organismos de control competentes, que procuramos resumir en este espacio.
- Sobre personas y entidades públicas, privadas o mixtas que cumplan funciones de aseguramiento, administración o prestación de servicios, en relación con el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención en Salud -SOGCS-.
- Generación y flujo de recursos financieros del sector, cualquiera sea su origen, para la adecuada prestación con calidad de los servicios de salud.
- Garantizar la efectiva explotación de los monopolios rentísticos [juegos de suerte y azar, licores, cervezas], generadores de recursos con destino a la salud.
- Compulsar el cumplimiento de las competencias de IVC de las Direcciones Territoriales de Salud.
- Sistema de atención integral al usuario, que permita su adecuada información, oportuna atención de quejas y reclamos, y la solución alterna de conflictos de acuerdo con la ley.
- Fortalecimiento de los mecanismos de control social sobre el SGSSS.
- Aseguramiento en salud, para garantizar afiliación, carnetización y acceso a servicios de salud.
- Publicar los estados financieros, indicadores de desempeño e informes de gestión de las entidades vigiladas, para facilitar a los usuarios elementos de juicio claros y objetivos para escoger las mejores opciones del mercado.
- Solicitar informes de revisoría fiscal, control interno, auditorías y demás, para la realización de un control integral al sector.
- Coadyuvar al desarrollo de un sistema de información único para identificar situaciones de evasión, elusión y riesgo financiero del sector salud
- Establecer un sistema de indicadores que permita evaluar vigilados, identificar situaciones de riesgo y tomar correctivos para garantizar la calidad de la atención en salud.
- Ejecutar los recursos asignados a salud pública en el orden municipal, departamental y nacional.
- Autorizar el funcionamiento de Entidades Administradoras de Planes de Beneficios EAPB-, en concordancia con la normatividad vigente.
- Velar porque se realicen adecuadamente las provisiones en materia previsional y prestacional de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y las Instituciones de Utilidad Común (sic) que contraten con el Estado.
- Resolver administrativamente las diferencias que se presenten en materia de preexistencias en el sector salud.
- Efectuar un seguimiento sobre la manera como las entidades vigiladas adoptan las acciones correctivas dispuestas por la Superintendencia.
 
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