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Sistema de Inspección,
Vigilancia y Control del SGSSS
Iván
Darío Arroyave Zuluaga - Docente e investigador del
Observatorio de la Protección Social - Universidad
CES elpulso@elhospital.org.co
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La Ley
1122/07 reglamenta y fortalece la Supersalud mediante la creación
del Sistema de Inspección, Vigilancia y Control -IVC-
del Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSS-. El
Sistema de IVC es un conjunto de normas, agentes, y procesos
articulados entre sí, en cabeza de la Superintendencia
Nacional de Salud, sin perjuicio de las funciones a cargo del
Instituto Nacional de Salud y el Invima.
Definiciones de IVC
- Inspección: Actividades y acciones encaminadas
al seguimiento, monitoreo y evaluación, de los vigilados
por la SNS, la información sobre situación de
los servicios de salud y sus recursos.
- Vigilancia: Atribución de la SNS para propender porque
los sujetos de vigilancia cumplan con normas que regulan el
SGSSS.
- Control: Ordenar los correctivos tendientes a superar la situación
crítica o irregular de sus vigilados y sancionar las
actuaciones que se aparten del ordenamiento legal.
Ejes del Sistema de Inspección,
Vigilancia y Control
1. Financiamiento: Vigilar eficiencia, eficacia y efectividad
en la generación, flujo, administración y aplicación
de recursos.
2. Aseguramiento: Vigilar cumplimiento de los derechos de los
afiliados.
3. Prestación de servicios de atención en salud
pública: Vigilar que la prestación individual
y colectiva de servicios de salud se haga en condiciones adecuadas.
4. Atención al usuario y participación social:
Garantizar el cumplimiento de los derechos de los usuarios y
los deberes de los actores en el SGSSS, y desarrollar mecanismos
de participación ciudadana y protección al usuario.
5. Acciones y medidas especiales: Adelantar procesos de intervención
forzosa administrativa para administrar o liquidar a las entidades
vigiladas e intervenir técnica y administrativamente
las direcciones territoriales de salud. Vigilar las liquidaciones
voluntarias y liquidar por revocatoria del certificado de autorización
o funcionamiento.
6. Información: Vigilar que los actores del SGSSS garanticen
la adecuada producción de datos, con calidad y transparencia.
7. Focalización de subsidios en salud: Vigilar que se
cumplan los criterios para identificar beneficiarios y aplicar
el gasto social en salud por parte de los entes territoriales.
Funciones de IVC de la Súper
La Superintendencia Nacional de Salud debe cumplir un
listado enorme de funciones para velar por el cumplimiento de
las normas constitucionales, legales y demás disposiciones
vigentes sobre los actores del SGSSS, en concurrencia con los
organismos de control competentes, que procuramos resumir en
este espacio.
- Sobre personas y entidades públicas, privadas o mixtas
que cumplan funciones de aseguramiento, administración
o prestación de servicios, en relación con el
Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención
en Salud -SOGCS-.
- Generación y flujo de recursos financieros del sector,
cualquiera sea su origen, para la adecuada prestación
con calidad de los servicios de salud.
- Garantizar la efectiva explotación de los monopolios
rentísticos [juegos de suerte y azar, licores, cervezas],
generadores de recursos con destino a la salud.
- Compulsar el cumplimiento de las competencias de IVC de las
Direcciones Territoriales de Salud.
- Sistema de atención integral al usuario, que permita
su adecuada información, oportuna atención de
quejas y reclamos, y la solución alterna de conflictos
de acuerdo con la ley.
- Fortalecimiento de los mecanismos de control social sobre
el SGSSS.
- Aseguramiento en salud, para garantizar afiliación,
carnetización y acceso a servicios de salud.
- Publicar los estados financieros, indicadores de desempeño
e informes de gestión de las entidades vigiladas, para
facilitar a los usuarios elementos de juicio claros y objetivos
para escoger las mejores opciones del mercado.
- Solicitar informes de revisoría fiscal, control interno,
auditorías y demás, para la realización
de un control integral al sector.
- Coadyuvar al desarrollo de un sistema de información
único para identificar situaciones de evasión,
elusión y riesgo financiero del sector salud
- Establecer un sistema de indicadores que permita evaluar vigilados,
identificar situaciones de riesgo y tomar correctivos para garantizar
la calidad de la atención en salud.
- Ejecutar los recursos asignados a salud pública en
el orden municipal, departamental y nacional.
- Autorizar el funcionamiento de Entidades Administradoras de
Planes de Beneficios EAPB-, en concordancia con la normatividad
vigente.
- Velar porque se realicen adecuadamente las provisiones en
materia previsional y prestacional de las Instituciones Prestadoras
de Servicios de Salud y las Instituciones de Utilidad Común
(sic) que contraten con el Estado.
- Resolver administrativamente las diferencias que se presenten
en materia de preexistencias en el sector salud.
- Efectuar un seguimiento sobre la manera como las entidades
vigiladas adoptan las acciones correctivas dispuestas por la
Superintendencia. |
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