MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 3    NO 33   JUNIO DEL AÑO 2001    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Facturar a Fisalud:
¿un viacrucis?

Marcela Monge Periodista, Medellín

Además de los ventilados problemas de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud -IPS- por el retraso en los pagos de las Empresas Promotoras de Salud -EPS-, Administradoras de Régimen Subsidiado -ARS- y entidades territoriales, los hospitales y clínicas del país buscan la fórmula correcta para elaborar las facturas que presentan a Fisalud, entidad fiduciaria encargada de manejar los dineros de la subcuenta Ecat -Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito- del Fosyga, y evitar la devolución de las mismas.
Uno de los problemas es la falta de claridad en algunos puntos claves para la aplicación de las tarifas fijadas por el Estado en el Decreto 2423 de 1996, conocido como Manual Tarifario. En él están contemplados los valores que las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud -IPS- deben cobrar al Fosyga por los diferentes ítems que pueden derivarse de una atención médica en caso de accidentes de tránsito, terrorismo, atención a desplazados y eventos catastróficos.
Para evitar la expedición anual de tarifas, el Decreto 2324 fijó estos valores en términos de salarios mínimos legales diarios vigentes -SMLDV-, permitiendo así
que el ajuste tarifario se realice cuando entre en vigencia un nuevo salario mínimo. Este año se presentó una confusión sobre cuál es ese SMLDV, pues el decreto con el que el Ministerio de Hacienda fijá el aumento del salario mínimo legal vigente no especificó su equivalente diario.
Centavos y glosas
Esta situación generó dificultades en el proceso de facturación de los hospitales, pues cuando algunos de ellos consultaron al Ministerio de Salud con qué SMLDV debían liquidar las tarifas del Manual Tarifario se les indicó que éste ascendía a $9.533,33. Cifra que resulta de la lógica división de los $286.000 del salario mínimo legal vigente por 30. Pero cuando el Fosyga preguntó lo mismo, le respondieron que debía liquidar con un salario mínimo legal diario vigente de $9.533,333333. Parece una discusión sin fundamento porque en Colombia ni siquiera se manejan los centavos, pero en términos de facturación la diferencia en la utilización del número de decimales generó dificultades porque al convertir a pesos los valores expresados en el Manual Tarifario, en términos de SMLDV, el resultado es diferente en cerca de 200 ítems. Esto ocurre porque al terminar éste cálculo la cifra debe ajustarse a la centena más próxima, para dar cumplimiento al artículo 89 del Decreto 2324. De este modo, al obviar o no unos decimales, el valor final puede afectarse en $100 pesos para arriba o para abajo, lo cual genera la glosa de las facturas por parte de Fisalud.
Falta unidad de criterios
Desde comienzos del año, el Ministerio de Salud expidió el Manual Tarifario con las tarifas presentadas en términos de SMLDV y la cifra equivalente en pesos, ya ajustada a la centena más próxima. Aún así, el problema continúa porque muchas entidades desconocen este Manual o no lo utilizan. Al respecto, Carlos Alberto Peláez, médico auditor del Hospital General de Medellín, indica que a pesar de esta solución "Fisalud sigue trabajando con el SMLDV y no con las tarifas en pesos, lo que genera diferencias en la facturación".
Pero la divergencia de criterios no para ahí, puesto que tampoco hay claridad en la aplicación de un porcentaje adicional autorizado por el Manual Tarifario en ciertos procedimientos. Por ejemplo, si una pletismografía se hace a color puede cobrarse un 30% adicional. La discusión es a qué valor debe aplicarse ese 30%. Algunas fuentes consultadas por EL PULSO consideran que el 30% se aplica a la tarifa antes de convertirla de SMLDV a pesos y luego se aproxima a la centena. En otras entidades ese 30% se aplica a la tarifa del examen en pesos -que en el nuevo Manual ya está ajustada a la centena- y a este resultado se le acercaría nuevamente a la centena más próxima. Ambas fórmulas dan resultados diferentes y son motivo de glosa por parte de Fisalud, pero aún no se ha dado una comunicación oficial sobre cómo realizar este cálculo.
Soluciones posibles
De acuerdo con Eugenio Agudelo, administrador de facturación de la Clínica Las Américas, en su institución el problema ya está solucionado. "Estamos utilizando el Manuel Tarifario que entregó el Ministerio de Salud con los valores en pesos. Además tenemos un plan de trabajo que tiene como base la capacitación del personal". El primer paso de este programa de adiestramiento consiste en realizar una preauditoría a las facturas que efectúa el personal de la Clínica, si se encuentra alguna inconsistencia se explica por qué y cómo debe corregirse.
La segunda fase consiste en capacitar a los médicos para el correcto diligenciamiento de los documentos que deben generar como soporte de la factura y que son también un requisito que exige Fisalud y que debe cumplirse sin errores para evitar problemas con el cobro de una cuenta. Por último, la Clínica organizó en días pasados una capacitación con una funcionaria de Fisalud.
Por su parte, Carlos Alberto Peláez, del Hospital General de Medellín, indica que además de los esfuerzos de capacitación que cada entidad haga, es necesario que Fisalud enseñe directamente a las IPS todos los requisitos que tienen para hacer una facturación correcta.
"También sería bueno que la fiduciaria estableciera una comunicación constante con los hospitales, ojalá vía internet, para que podamos conocer oportunamente qué dificultades tenemos con las facturas y el estado de la cartera, pues por ahora, tenemos que ir cada mes a Bogotá para enterarnos", agrega Peláez. Pero ninguna solución será efectiva hasta que no haya criterios claros para todos. Mientras tanto, y ante la confusión, han aparecido entidades que se encargan de mejorar el proceso de facturación relacionado con las reclamaciones a Fisalud.
Atraso en los pagos
Estos inconvenientes con la facturación aumentan el problema de iliquidez de los hospitales porque obviamente el pago también se atrasa. A esto se le suma "el retardo en el análisis de las cuentas por parte de Fisalud, en parte porque esta fiduciaria comenzó a manejar los dineros sólo al final del año anterior y porque tenían represadas cuentas desde el 30 de noviembre de 2000", explicó Carlos Alberto Peláez, del Hospital General de Medellín. "El dinero que tenemos en espera de que nos pague Fisalud es cercano a los $600 millones, lo que pone a la entidad en riesgo de iliquidez, ya que el año pasado contábamos con el pago de las cuentas de cobro en 45 días y ahora llega a los 90 días". Los funcionarios de otras entidades dijeron que la demora en los pagos se extiende incluso a 120 días.

Inconvenientes informáticos
A la confusión de cómo elaborar las facturas para Fisalud se suma el hecho de que muchos de los programas de software para facturación que tienen los hospitales no están adecuados para manejar las exigencias de la fiduciaria. Primero, porque no están diseña dos para contar decimales (algunas entidades liquidan las cuentas con base al (SMLDV) de $.9.533,33 ó $9.533,333333) y, de acuerdo con Carlos Alberto Peláez, médico auditor de del Hospital General de Medellín, también presentan dificultades a la hora de ajustarse a la centena más próxima.
"Tenemos que hacer las facturas para Fisalud casi de manera manual. El principal inconveniente se presenta cuando la cuenta supera el tope y tenemos que partirla para que cuadre, eso es muy dispendioso porque no lo hace ningún programa, por eso hay una persona exclusivamente encargada de la facturación del SOAT", señala Sandra Lozano de la Fundación Santafé, en Bogotá.
Las reglas de Fisalud
Al cierre de esta edición, EL PULSO logró hablar con Ruth Nancy Parada, asesora médica de Fisalud, quien expresó la posición de esta entidad. El salario mínimo legal diario vigente (SMLDV) con el que Fisalud liquida las cuentas, incluye seis decimales ($9.533,333333). Esta cifra se emplea luego de haber consultado a la Dirección de Gestión Financiera de Minsalud. Esta disposición no se ha comunicado de forma masiva por parte de Fisalud, porque esa no es su responsabilidad.
En los casos en que el Manual Tarifario autoriza el aumento de un porcentaje sobre la tarifa expresada en el mismo, este incremento debe realizarse luego de convertir a pesos la tarifa expresada en SMLDV y luego se redondea a la centena. Así sólo se ajusta una vez.
Sobre las acusaciones de violación al artículo 8 del Decreto 046 de 2000, la funcionaria señaló que puede interpretarse que le aplica al Fosyga, pero que tiene una nota adicional en la que se señala que los pagos parciales deben hacerse de acuerdo con las disposiciones de Minsalud y hasta el momento no se han dado. La normatividad anterior no le permite a Fisalud pagar valores parciales, según las directrices impartidas por la Dirección de Financiamiento, la factura debe pagarse por el valor exacto al reclamado.
Fisalud ¿Por fuera de la ley?
Las dudas con respecto a las facturas a Fisalud no paran en el proceso de elaboración. Una vez presentadas, la fiducia glosa completamente la reclamación aún cuando sólo encuentren una inconsistencia de $100 en alguno de sus puntos. Las fuentes consultadas advierten que esta conducta de Fisalud constituye un incumplimiento del artículo 8 del Decreto 046 de 2000, que se refiere "al pago a las instituciones prestadoras de servicios de salud y pago de objeciones" y en el que se expresa que:"las entidades que administren recursos del seguro obligatorio de tránsito y las demás que administren recursos de la seguridad social, deberán cancelar íntegramente la parte de las cuentas que no hubieran sido glosadas".
En la práctica ésto no se está cumpliendo, pues en caso de que Fisalud encuentre una inconsistencia se hace necesario repetir la factura hasta tres veces. "No nos permiten hacer una nota crédito ni débito por el valor en discusión, nos exigen que la cuenta se repita con las correcciones respectivas", explica Sandra Lozano, encargada de facturación del SOAT en la Fundación Santafé. Las IPS consultadas por EL PULSO piden un pronunciamiento al respecto por parte del Ministerio de Salud, pues consideran que es necesario frenar al ente fiduciario que en su opinión, está violando la ley.
 



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