MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 16    No. 213  JUNIO DEL AÑO 2016    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 



Hasta 6 años de cárcel por omisión
o denegación de servicios de urgencias
Lina Marcela Velásquez, Periodista - elpulso@sanvicentefundacion.com
Cursa en el Senado de la Republica el proyecto de ley 051/15 que busca sancionar con cárcel a los representantes legales o empleados de entidades que omitan o denieguen la atención de urgencias a personas cuya vida está en inminente peligro, con penas de prisión de 48 a 72 meses (4 a 6 años de cárcel) e inhabilitación para ejercer su profesión por igual término. Y si como consecuencia de dicha conducta sobreviene la muerte del paciente, la pena de prisión se aumentará hasta en una cuarta parte.
El proyecto aprobado en primer debate el 1° de diciembre de 2015, que adiciona el artículo 131-A sobre “Omisión o denegación de urgencias en salud” al Capítulo VII del Título I del Libro Segundo del Código Penal, quedó modificado en los siguientes términos.
“El director, administrador, representante legal, funcionario o contratista de las entidades sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia Nacional de Salud que sin justa causa, omita, impida, retarde o niegue la prestación del servicio de salud a una persona cuya vida se encuentre en situación de inminente peligro, incurrirá en prisión de 48 a 72 meses e inhabilitación para el ejercicio de la profesión por el mismo término”.
La iniciativa que busca acabar con el llamado “Paseo de la muerte”, tiene sus orígenes en 2013 cuando se tramitaba la Ley Estatutaria en Salud y algunos pacientes murieron esperando autorización de servicios de una EPS. En esa ocasión, el senador Armando Benedetti, autor del proyecto de ley 051 de 2015, dijo que había que “ponerle dientes” para controlar dicha situación. Ahora el proyecto pasará a segundo debate del Senado.
Luis Alberto Martínez, director de Aesa (Asociación de Empresas Sociales del Estado de Antioquia), indicó que se requería reformar el Código Penal y de ahí nació el proyecto de ley que busca adicionarle un artículo: “El proyecto va en segundo debate, pero no creemos que pase y no lo vemos conveniente. Están buscando el ahogado río arriba, porque los colapsos en urgencias se deben al sistema de salud y no a negligencias”.
Olga Lucía Méndez, directora del Hospital Universidad del Norte (Barranquilla), en cambio, si ve posible que esta vez sea aprobado, debido a todo el “ruido” alrededor, lo cual le preocupa pues piensa que “así como reglamentan la obligatoriedad de la atención, deberían buscar los recursos jurídicos para blindar los recursos económicos del sistema”.
“La negación de servicios de salud
no es por negligencia sino por la imposibilidad
material de prestarlos. La responsabilidad muchas
veces no está en cabeza de los médicos o directivos,
sino en el propio sistema de salud”.
Dr. Germán Reyes
Por su parte, Germán Reyes, presidente de Asmedas Antioquia y ex congresista, afirmó que “no es con medidas punitivas como van a solucionar todos los cuellos de botella que hay en los servicios de urgencias”. Cuestionó cómo se podrá determinar cuándo realmente es un caso de inminente peligro y agregó que “la negación de servicios no es por negligencia sino por la imposibilidad material de prestar los servicios. La responsabilidad muchas veces no está en cabeza de los médicos o directivos, sino en el propio sistema de salud”.
Los 3 directivos ven con preocupación la iniciativa y coinciden en que representa un alto riesgo para directivos y profesionales de clínicas y hospitales, y no es una solución de fondo. “Como representante de una institución hospitalaria, uno quiere ser consecuente con los servicios que presta. De hecho la atención de la urgencia vital es obligatoria y procuramos siempre garantizarla”, dijo Olga Lucia Méndez. “No podríamos decir que hay negligencia, antes hay mucha bondad si se tiene en cuenta que hay un funcionamiento inadecuado que no permite que haya servicios con toda la oportunidad”, agregó Reyes.
El “Paseo de la muerte” hace referencia a la situación que se produce cuando una persona, a pesar de su estado de gravedad, es rechazada por no estar afiliada o estar en mora con el pago de aportes a salud o por no cumplir requisitos de afiliación, siendo remitida de una institución prestadora de servicios de salud a otra donde tampoco es recibida o se le atiende con lentitud, por lo que incluso se puede presentar la muerte.
En este sentido, Olga Lucia Méndez hizo énfasis en las dificultades de la red de servicios en las ciudades por el incumplimiento de las aseguradoras, pues no tienen red vigente para atender, lo que generó crisis a nivel nacional en el funcionamiento de los hospitales: “Sin esto solucionado, la atención de pacientes no es integral, siendo imposible la remisión de pacientes una vez estabilizados después de la atención de la urgencia”.
La crisis de la salud continúa y los recursos son cada vez más limitados, por eso los voceros coinciden en que la solución debe ser de fondo y contemplar cómo se garantizarán los recursos para la atención de los pacientes, pues de lo contrario, será cada vez más insostenible.
Por lo pronto el sector salud está a la expectativa de los avances del proyecto de ley 051/15. Aunque se tenía estimado que en marzo se llevaría a cabo un nuevo debate, hasta ahora no ha habido avances .
 
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