MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 15    No. 177  JUNIO DEL AÑO 2013    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

 
 
Vida, pasión y suerte
del tercer intento de reforma

José Humberto Duque Zea, MD - elpulso@elhospital.org.co
De todo ha pasado con el tercer proyecto de reforma al sistema de salud creado por la Ley 100/93, que entró en plena agitación desde la primera semana de mayo de 2013, cuando el presidente Juan Manuel Santos y el ministro de Salud, Alejandro Gaviria Uribe presentaron el proyecto de ley ordinaria 210. El tire y encoge es múltiple: entre amigos del continuismo y amigos de la ruptura total con el actual modelo, pasando por las posturas intermedias de ajustes cosméticos; como manzanas de la discordia están la Ley Ordinaria y la Ley Estatutaria, como protagonistas todos los actores del sistema, y como telón de fondo una situación social explosiva con un gobierno que trata de contenerla y obtener al tiempo réditos políticos en la coyuntura pre-electoral. La gravedad de los asuntos motivo de controversia y la combatividad de los contrincantes que indujeron al gobierno a grandes replanteamientos, merecen un breve recuento.
Minsalud, ¿impedido para tramitar la reforma?
El pasado 23 de marzo, el senador Jorge Robledo en un serio artículo repasó los orígenes del disfuncional sistema de salud y ratificó su credo: “El primer paso en la solución es acabar con las EPS.
No se necesitan”. Pero advirtió: “No estamos proponiendo regresar al sistema de salud de antes de la Ley 100”, pero tampoco estatizar el sector; y dijo lo consabido: “Que el propio jefe del Estado, el presidente Santos, se atreva a afirmar en los medios de comunicación que las EPS se van a acabar avergüenza, porque no es cierto. Les van a cambiar el nombre, las van a maquillar”. Y dijo que la reforma se inspira en directrices del Banco Mundial, en favor de las aseguradoras y de la medicina prepagada.
Decía que el convertir los recursos públicos en privados tumbaría todos los procesos penales que hay contra los defraudadores del erario, y añadía: “La reforma insiste en mantener un POS restringido con otro nombre, y es clarísima la cantaleta del ministro Gaviria, así sea solapada, contra la tutela”. Para el senador Robledo, el ministro Gaviria debe declararse impedido para tramitar esta ley, porque el día en que el presidente Santos lo nombró, era miembro de la Junta Directiva de Bancolombia, adscrito al Grupo Empresarial Antioqueño, con negocios en compañías de seguros como Sura, una potente EPS; y la esposa del Ministro, en el momento de su designación era vicepresidenta ejecutiva de Fasecolda, gremio de compañías de seguros, y cuyo presidente al aprobarse la Ley 100/93, dijo que aspiraba a que la salud pasara de representar el 2.5% al 39% del total de sus negocios. Sobre estas colisiones de intereses, dijo Robledo: “Al Presidente y a los congresistas santistas les encantan las EPS. Viven enamorados de ellas”, porque manejan $20 billones al año, lo cual implica contratos y burocracia “para repartir a dedo”.
Por gobernanza y rectoría pública
El pasado 29 de abril, la Mesa de la Salud-Antioquia, en sintonía con un vasto movimiento nacional científico, gremial y ciudadano, se pronunció por una Ley Estatutaria que reconozca la salud como un derecho fundamental, no como servicio público del subsistema de aseguramiento, y que ratifique los fallos de la Corte Constitucional sobre la naturaleza pública de los recursos de salud.
El documento pide Gobernanza y Rectoría pública del sistema con participación ciudadana; cambiar el modelo de competencia regulada por el de cooperación, integralidad y solidaridad; aplicar los recursos del sistema de salud a necesidades de la población en los territorios para cumplir acciones de salud pública; optar por la estrategia de Atención Primaria en Salud (APS), y evitar la segmentación de la población por capacidad de pago para garantizar acceso universal a servicios colectivos e individuales.
“No queremos,
no hemos pensado, no podemos
y no vamos a tocar la tutela”.
Ministro Alejandro Gaviria

Mientras se expiden las Leyes Estatutaria y Ordinaria, decía la Mesa, hay que operar el saneamiento financiero y el cierre urgente de aseguradoras inviables. Reconoció con reservas el fondo único “Salud Mía” como avance que protege al Sistema de la intermediación financiera, y solicitó revisar las formas de contratación. Además, declaró 10 puntos de la reforma como inaceptables, entre ellos: la inembargabilidad por violar normas constitucionales, la integración vertical y copagos, y la exclusión de medidas de transparencia y anti-corrupción con sanciones fuertes.
Toma fuerza Ley Estatutaria
El forcejeo, sin duda, hizo pellizcar a los reformadores, máxime en el caldeado ambiente pre-electoral. Fue así como, a fines de mayo, Gaviria anunció cambios en la iniciativa: mayor relieve para Atención Primaria en Salud y Salud Pública; subir la oferta de especialidades médicas, nuevo régimen para los trabajadores de las Empresas Sociales del Estado para formalizar hasta 250.000 plazas, supresión del capítulo de seguros voluntarios y sobre todo, de un espinoso inciso, lo cual salvó de momento el carácter público de los recursos de la salud. Ante la presión de muchos sectores por las amenazas contra la tutela, a mediados de mayo, el Ministro negó la conjura: “No queremos, no hemos pensado, no podemos y no vamos a tocar la tutela”.
Al tiempo, insistió en la idea reformista: “Mejorar los aspectos que no funcionan, pero mantener logros sociales evidentes”, como el mayor acceso efectivo a servicios de salud en las dos últimas décadas tras la Ley 100/93, y que “hoy en día el gasto de bolsillo de los colombianos en salud es el menor en el mundo en desarrollo”. La amenaza a la tutela ronda como fantasma. A fines de mayo, el viceministro de Salud Pública, Fernando Ruiz, dijo en la U. Nacional: “El sistema de salud no puede moverse en su cotidianidad con la tutela, utilizando sin sentido estos recursos jurídicos que son de última instancia”.
Parejo con el trámite del proyecto 210 de ley ordinaria, cuyos debates empiezan este mes, el 7 de mayo se radicó el proyecto de Ley Estatutaria (209 de 2013-Senado, 267 de 2013-Cámara), ampliado en sus objetivos iniciales. El ministro Gaviria, al principio muy entregado al proyecto ordinario, ante las presiones científicas y gremiales, y tras reuniones con la Junta Médica Nacional y otros estamentos, cedió en su impulso y hoy sigue más motivado por la Ley Estatutaria, de concepción garantista de derechos, aunque desfasada del espíritu continuista de la reforma global.
En 46 artículos divididos en 7 capítulos, la ponencia consagra la salud como un derecho fundamental autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo, y como obligación la estrategia de Atención Primaria en Salud; enuncia los derechos y deberes del Estado y los usuarios, y los lineamientos del modelo de salud, mecanismos de información, de protección al usuario; consagra la autonomía médica, la formación continua, la innovación tecnológica y la implementación de la política farmacéutica.
Entre los cambios que introduce el proyecto la Ley Estatutaria figuran: prevalencia del bienestar y la dignidad humanos por sobre cualquier otra consideración, innegabilidad de servicios por razón de su costo, integralidad y no fragmentación en la prestación; fijación de sólo tres limites para dar servicios: actos cosméticos, tecnologías investigativas o experimentales, y servicios en el exterior que se puedan brindar en el país; compensación estatal a personas y poblaciones vulneradas en el derecho a la salud, elección libre del prestador de servicios, atención básica de salud gratuita, segunda opinión médica como nuevo derecho, el ciudadano no podrá ser obligado a soportar sufrimiento evitable ni enfermedades que tengan tratamiento, Sistema Único de Salud con aseguramiento social; financiación con dineros públicos centralizados en un único pagador, no embargables ni sujetos de pignoración, titularización u otra disposición financiera; prohibición de cualquier intermediación financiera; redes integrales de servicios de salud públicas con participación del sector privado, cero integración vertical, Plan Único de Beneficios de Salud (PUBS) con los beneficios excluidos y los no comprendidos pero de inclusión gradual (los no incluidos estarán a cargo del Estado); Sistema Único de Información en Salud; sistema de inspección vigilancia y control articulado entre Supersalud, Superfinanciera, secretarías de salud, Contraloría, Procuraduría, Fiscalía, Defensoría del Pueblo, Personerías, tribunales de ética, asociaciones de ciudadanos, de profesionales y de trabajadores del sector; una Acción de Protección a la Salud para resolver conflictos que amenacen el derecho fundamental; prescripción médica necesaria e indispensable, prohibición de prebendas o dádivas a profesionales y trabajadores de la salud, retribución justa y formación continua de los profesionales de la salud, política de innovación, ciencia y tecnología en salud y adquisición de medicamentos, insumos y tecnologías de forma centralizada por el Estado.
El gerente de Consultorsalud, Carlos Felipe Muñoz, dijo que este proyecto, amén de sus bondades, tiene artículos que más parecen de una ley ordinaria o de una reglamentación especifica, que de una ley estatutaria, y prevé un intenso debate sobre puntos como la erradicación de las EPS y Gestores de carácter privado o mixto, y el consiguiente monopolio público que consagraría. También prevé que sepultaría los programas de medicina prepagada y cobijaría a los ciudadanos con un plan de beneficios casi ilimitado 6

 
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