MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 15    No. 176  MAYO DEL AÑO 2013    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Debate en el país por tercera
reforma a sistema de salud


Proyectos de ley en discusión
Luisa Fernanda Rodríguez Jaramillo - Periodista elpulso@elhospital.org.co

Proyecto de ley 051/12: Presentado por Jorge Ballesteros, propone administración regulada y un Fondo Central de Salud especializado en manejo de recursos, que recaude y pague; desaparecen las EPS y llegan las Entidades Especializadas en Gestión de la Salud, que asumen programas de promoción y prevención, y Atención Primaria en Salud, y serán remuneradas por gestión; los afiliados al sistema accederán al Plan de Beneficios en la Red Integrada de Servicios de Salud conformada por la Entidad Especializada.
- Proyecto de ley 210-Senado: Formulado por el Ministerio de Salud, busca redefinir el sistema, crea el fondo único Salud-Mía y Mi-Plan, las EPS podrán transformarse en Gestores de Servicios de Salud y conformarán Redes de Prestadores de Servicios de Salud que operarán en Áreas de Gestión Sanitaria; los entes territoriales pueden convertirse en Gestores bajo ciertos requisitos. Se implementará la ley en máximo 2 años.
- Proyecto 233-Senado: Presentado por la Comisión de Seguimiento a la Sentencia T-760/08 y de Reforma Estructural al Sistema de Salud y Seguridad Social -CSR- y Alianza Nacional por un Nuevo Modelo de Salud -ANSA-. Crea el Sistema Único Descentralizado de Seguridad Social en Salud, de seguro nacional y carácter universal, financiación pública por cotización e impuestos, administrado por el Estado con prestación público-privada (sin ánimo de lucro), orientado por visión de salud pública y amplia participación social, con gratuidad en el acceso a bienes y servicios de salud sin que medie capacidad de pago; el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud será instancia rectora; crea territorios en salud; tendrá un Fondo Único Público para Salud con una Central Única de Recaudo para la Seguridad Social en Salud (CUR); tendrá Plan Nacional de Equipamiento en Salud a 10 años y Fondos territoriales de seguridad social en salud; las IPS deberán conformar un Comité de Pertinencia Médica. El Modelo de Atención determina bienes y servicios de salud requeridos: Atención Primaria Integral en Salud (APIS), servicios ambulatorios y hospitalarios especializados, servicios especializados salud ocupacional, programas de control de problemas y enfermedades de interés en salud pública, y prestaciones económicas; crea el Sistema Integrado de Información en Salud (SIIS); y el Consejo formulará cada 4 años la Política de medicamentos, insumos y tecnologías.
“Preocupa el financiamiento
del sistema:la productividad en empresas
quedeclaranrentas no es tanta para cubrir la cotización
que antes se hacía con el 8.5%”.
Dr. Jorge Julián Osorio
- Proyecto 248-Cámara: Propuesto por Holguer Díaz. Elimina el aseguramiento a cargo de entidades particulares y crea sistema basado en aseguramiento público; crea Comisión de Seguimiento al Sistema Integral de Seguridad Social en Salud, asesor del gobierno; reconoce el derecho a atención básica en salud pública gratuita a todos los colombianos; protege con tutela el acceso a servicios no incluidos en el plan único de beneficios; la administración y prestación del modelo podrán asumirla entidades públicas, privadas, solidarias o mixtas; el modelo aplicará obligatoriamente la Atención Primaria en Salud; entes territoriales co-financiarán el sistema y harán programas de salud pública; EPS podrán operar como administradores de servicios de salud a nombre del Estado asegurador, como entidades públicas, privadas, mixtas o solidarias; el administrador de servicios no será intermediario financiero y liderará la Atención Primaria en Salud; el sistema se financia con contribuciones y recursos fiscales; se crearán redes integrales de atención; cajas de compensación familiar como administradores de salud deberán constituir una unidad especializada como patrimonio autónomo; jurisdicción de protección social estará integrada por juzgados de circuito especializados en seguridad social; crea Defensoría Pública de Salud (en Defensoría del Pueblo); las EPS podrán transformarse en Administradores de Servicios de Salud (ADSS) o de planes complementarios, o en prestadores; afiliados al sistema quedaran afiliados al asegurador público.
 
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