El gobierno Santos sí manifiesta voluntad de intervenir
la crisis que agobia al sistema de salud hace años.
Pero con la buena intención no basta para resolver
una crisis estructural que demanda soluciones radicales,
e incluso el cambio del sistema. Más el gobierno
no optará por esa vía, sino por un tercer
intento de reforma a la única reforma verdadera que
tuvo la salud en Colombia: la de la Ley 100/93 que introdujo
el sistema actual, el Sistema General de Seguridad Social
en Salud. Desde entonces, sólo tuvimos las intentonas
de las leyes 1122/07 y 1438/11 (ésta última
del gobierno Santos, aún pendiente de reglamentaciones),
que fallaron en su propósito de resolver los grandes
problemas y hasta profundizaron otros: flujo de recursos,
acceso de la población a servicios de salud, control
de la liquidez, crisis hospitalaria, caída de la
salud pública y corrupción.
¿Qué está claro? Que no se cambiará
el sistema, sino que se harán ajustes sobre sus agentes
y operación, pero conservando la estructura. Se mantienen
los regímenes contributivo y subsidiado, desaparece
Fosyga y llega Salud-Mía como gran afiliador y administrador
de recursos, el Plan Obligatorio de Salud se convierte en
Mi-Plan con adiciones y lista taxativa de exclusiones, y
las EPS se convertirían en Gestores de Servicios
de Salud a cambio de un pago al final del proceso, en Áreas
de gestión sanitaria.
El ministro Gaviria recoge aportes para hacer una construcción
colectiva, pero ojalá ello no se quede en remedo
de amplia participación para no acoger ninguno, como
sucedió con otras iniciativas. Pese al optimismo
del ministro reina cierto ambiente de desconfianza, porque
la experiencia muestra que a veces fue peor el remedio que
la enfermedad. Resta esperar entonces las discusiones en
el Congreso, para ver la redefinición
del sistema de salud.
El gobierno también presentará un proyecto
de ley estatutaria para definir el derecho fundamental a
la salud; muchos afirman que sólo limitará
el núcleo esencial del derecho, restringiéndolo
y cortando toda posibilidad de interponer tutela para reclamar
algo no incluido allí. Esto porque se supone que
se protege el derecho al proteger lo que está en
ese núcleo de servicios básicos
de salud, entonces si no se viola el derecho no hay lugar
a tutela, y quién necesite algo fuera del núcleo,
tendrá que pagarlo. El debate está abierto.
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