MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 6    NO 72    SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

El logro más importante del decreto 2493 del agosto 4 de 2004
Las EPS deberán autorizar
de “inmediato" los trasplantes

Omaira Arbeláez Echeverri -
Periodista elpulso@elhospital.org.co
Con la nueva norma, el problema va más allá de la reestructuración del Estado, la fusión de entidades, los recursos logísticos y económicos, y el TLC.
Artículo 26. Autorización para trasplantes. Una vez se cumpla con todos los requisitos exigidos por las normas vigentes, las Entidades Promotoras de Salud y sus similares deberán autorizar en forma inmediata la realización de los procedimientos de trasplantes o implantes incluidos en el Plan Obligatorio de Salud y el suministro de los medicamentos autorizados. Las Entidades Promotoras de Salud que incumplan el presente artículo serán sancionadas por la Superintendencia Nacional de Salud de conformidad con las normas legales vigentes".
Este párrafo podría constituirse en el mayor logro del nuevo decreto 2493 de agosto 4 de 2004, que reglamenta parcialmente las Leyes 9ª de 1979 y 73 de 1988 en relación con los componentes anatómicos en materia de trasplantes de órganos y tejidos (publicado en el Diario Oficial No. 45.631). La explicación es clara: la noticia se presentó en varios medios con el enfoque de tener prioridad los colombianos sobre los extranjeros para obtener los beneficios de un trasplante de órganos o tejidos. Lo que no se conoció con profundidad es que este fenómeno no se debe a favoritismos de los expertos en la materia de clínicas y hospitales del país con los foráneos, sino a que las EPS no autorizan a los pacientes nacionales para efectuárselos, aunque el procedimiento esté incluido en el POS, y por lo tanto, para que no se pierda este recurso vital resulta beneficiándose un extranjero.
Historias al respecto fueron muchas las que salieron a relucir el 5 de septiembre de 2003 en Medellín, en reunión preparatoria para la elaboración del decreto, tras la convocatoria de los congresistas Bernardo Alejandro Guerra y Manuel Ramiro Velásquez: Salieron comentarios como el de un especialista en trasplantes de hígado, quien aseguraba que las EPS se escurrían y los pacientes parecían "como si los escondiera el sistema, pasando de un hospital a otro, y cuando por fin los remitían ya estaban en fase terminal".
Esta es una de las tantas razones que lleva a los usuarios del sistema de salud en Colombia a acudir a la acción de tutela, con el fin de hacer valer su derecho fundamental a la vida y a la salud por medio de un trasplante. Más, muchas veces tienen que volver a tutelar para que el sistema les suministre oportuna y continuamente los medicamentos que evitan el rechazo del órgano, y eso que la Corte Constitucional ya ha sentenciado que no se pueden restringir procedimientos ni medicamentos que pongan en peligro la vida de los pacientes. Con razón de las 200 tutelas que se instauran a diario en el país, un 80% tiene como eje central este derecho fundamental a la salud, exigible como tal al Estado.
Si vemos los rendimientos financieros de las EPS, consolidadas como grandes empresas mientras los grandes hospitales se quiebran y la gente demanda calidad y oportunidad en la atención, sería recordable a todos los estamentos del sistema el Artículo 48 de la Carta: "No se podrán destinar ni utilizar los recursos de las entidades de la seguridad social para fines diferentes a ella", mandato constitucional según el cual la intermediación financiera resultaría condenable, pues usa dineros públicos del sistema para enriquecimiento privado en contra de los intereses y los derechos colectivos a la salud. Una razón, que entre otras, argumentó el Movimiento Nacional por la Salud Pública y Asmedas Antioquia, para demandar ante la Corte Constitucional los artículos 215 y 216 de la Ley 100 de 1993 (http://www.medi cina.unal.edu.co/red/deman dasdelaley.htm). En el artículo de Salud Colombia "Para reformar la Reforma", se argumenta que si las EPS y ARS no cumplen a cabalidad sus funciones como aseguradoras y agencias, "su labor queda reducida a una intermediación costosa, que no agrega ningún valor y que debe suprimirse".
Más las sentencias en salud de la Corte Constitucional, además de velar por los derechos fundamentales de los más desprotegidos (que solo tienen este recurso legal), obligan al Estado y sus instituciones a comprometer recursos económicos, que ganan rendimientos en el mercado financiero, y esto incomodó al gobierno que tiene en la mira una Reforma a la Justicia para acabar definitivamente con las incómodas y costosas sentencias de la Corte. Con razón decía el filósofo Estanislao Zuleta: "Si no hay igualdad ante la vida, la igualdad ante la Ley se convierte en una burla", y la Corte a pesar de las protestas de economistas, políticos y funcionarios, cumple con su deber: impartir justicia, para que la igualdad ante la Ley no sea una burla para los más humildes bajo el Estado de Derecho.
Finanzas vs salud
El médico integrante del grupo de trasplantes del Hospital Universitario San Vicente de Paúl y la Universidad de Antioquia, Santiago Mejía, también gerente de Nefrón S.A., afirma que con el decreto 2493 se hizo por fin eco a las solicitudes del sector para que "se presionara a las entidades que manejan los servicios de salud en Colombia, a autorizar los trasplantes". Por eso recoge con beneplácito que en el nuevo artículo se estipule que "las entidades prestadoras de servicios de salud y similares deban autorizar sin demora el trasplante cuando se llenen los requisitos administrativos", y agrega: "esperemos que esto funcione realmente para que pueda haber una lista de espera suficientemente amplia que permita trasplantar los pacientes".
El médico Álvaro Velásquez, director del Grupo de Trasplantes Hospital Universitario San Vicente de Paúl y la Universidad de Antioquia, sostiene: "Si nos ponen todos los pacientes que necesitan y están esperando trasplantes en Colombia en lista de espera, con seguridad no se trasplantaría ningún extranjero en este país", pero insiste que el problema radica en las políticas de salud en Colombia y no porque sea malo trasplantar a extranjeros, porque eso habla de un reconocimiento mundial a la medicina que se hace en el país. "Lo que no es correcto es que en el país se les niegue a los nacionales la prestación del servicio de salud, porque a la larga esto acaba beneficiando a las listas de extranjeros", debido a que una institución que tiene un comité y un grupo de trasplantes no puede dejar perder una donación que puede significarle calidad de vida a otra persona: "El problema fundamental es que en el país no existe política de salud a través de las EPS. Existe una política financiera: las EPS se están llenando de plata. Hoy no existe salud en el país. No por existir 10 millones de afiliados a las EPS y ARS significa que hay salud para el pueblo. Todo lo contrario, se están desmejorando los sistemas de salud y se están cerrando los hospitales.
De manera que política de salud no hay realmente". Y agrega: "En el país hay más de 10.200 pacientes en diálisis, de ellos entre un 60% y 70% serían candidatos para una lista de espera para un riñón. Más las EPS lo primero que hacen es negarle a todos los pacientes, cerca de 7.000, que se les preste el servicio. Así, existen políticas financieras en las diferentes EPS, pero no políticas de salud. Hay que ponerles una tutela, incluyendo el ISS, para que dejen transplantar una persona. A pesar de que los trasplantes están autorizados en el POS. Ahí existe una contradicción".
Cuestionamientos al decreto
A excepción del artículo 26, en el que hay mutuo acuerdo en el sector salud sobre su urgente necesidad, los demás artículos se prestan a interrogantes. Como su alcance es de decreto no puede abolir lo que está por encima: la Ley 9ª que estipula la presunción de la donación para todos los colombianos, lo que a juicio de expertos ha facilitado el tráfico de órganos y por ello se espera la aprobación de un proyecto de Ley con sanciones de 3 a 7 años para traficantes y hasta 10 años si tuvo participación directa en la operación.
Para el gerente de Nefrón S.A., muchas medidas estipuladas de coordinación, inspección, vigilancia, control y hasta quitarle la potestad a la entidad privada Davida, las podía realizar el gobierno y el Ministerio de la Protección Social sin necesidad de un nuevo decreto porque, a su juicio, no existe ninguna ilegalidad en el decreto 1548 de 1998. En cambio, encontró el médico Santiago Mejía que esta norma terminó creando dificultades operativas para las entidades que realizan los trasplantes, como la obligatoriedad de reportar los pacientes a la coordinación regional y ésta a la nacional, "pudiendo predecir que será muy difícil que un ente estatal funcione las 24 horas del día, todos los días del año", o que empiecen con las excusas de porque no está el funcionario encargado, lo cual terminará frenando la actividad de los trasplantes; además de las trabas que se ponen ya para los pacientes extranjeros, "la cual fue conscientemente buscada -en su criterio-, porque las razones por las cuales los transplantamos son porque no hay la suficiente agilidad para la autorización de pacientes nacionales y porque la exportación de servicios forma parte de una de las estrategias aceptadas y avaladas por el Ministerio de Comercio Exterior y Proexport, y definidas en los tratados y proyectos de tratados multinacionales en forma clara. Exportación que no tiene ninguna razón para que se deba prohibir".
La norma no dice expresamente que se prohíba y el gerente explica entonces que en los borradores del decreto se estipulaba que se podía transplantar extranjeros no residentes en Colombia, cuando no hubiera nacionales en lista regional de espera, y en el decreto aprobado se incluyó a la nacional, lo que hace "más estricto y difícil que se pueda llamar a un paciente extranjero para un trasplante". El decreto empezó a regir el 4 de agosto y por ahora, no queda claro cómo se va a operar: "Si resulta en nuestra lista de espera un paciente extranjero, no hay a quién preguntarle si se puede o no transplantar", y para hacerlo se debe solicitar certificación de la Coordinación Nacional a la regional sobre la no-existencia de un receptor en lista de espera nacional, lo cual a la 1:00 o 2:00 a.m. es virtualmente imposible, no sólo para poner a la gente de acuerdo, sino porque en Colombia no es posible tener una lista nacional de espera, porque no hay forma de hacer exámenes de histocompatibilidad a los diferentes pacientes de otras ciudades, a duras penas se logra tener los de la misma ciudad, mucho menos poder conseguir hacer los de todo el país, porque financieramente no es posible".
Cuando el decreto estipula que todas las organizaciones que trasplanten deberán ser sin ánimo de lucro, salvo las IPS, considera Mejía que se deja un vacío, porque "no se sabe si simplemente por ser IPS ya puede desarrollar la actividad, sea o no sea sin ánimo de lucro". También considera una limitante: que se imponga a un familiar vivo que va a donar a hermano o padres, el hacer declaración juramentada 24 horas antes del procedimiento ante notario, y observa contradicciones sobre consentimiento informado entre los artículos 2 y 16, fuera de considerar confusa la situación en donantes menores de edad.
De acuerdo con el médico Velásquez, este decreto es producto de un acuerdo entre todos los grupos de trasplantes del país que se reunieron 12 veces en Bogotá con el Ministerio de la Protección Social, el Instituto Nacional de Salud (INS) y el Invima. Para Velásquez, el 2493 establece una coordinación nacional con funciones de información, comunicación, organización de bases de datos y registros regionales, sin que ninguna tenga que ver con la parte operativa que siguen manejando comités institucionales y grupos de trasplantes de las IPS, puesto que "son ellas, realmente, quienes realizan el 99% del trabajo" y continúan laborando igual: miran en su institución la lista de espera, luego en la localidad, la región y la Nación, según requisitos científicos y técnicos avalados legalmente.
¿Un futuro eficaz?
Lo que podría verse como gran avance a favor de la salud por todos los participantes en la redacción del decreto, desde afuera preocuparía a cualquier neófito. El Ministerio de la Protección Social está calificado por la Contraloría General de la República como primera entidad estatal en mala gestión administrativa en el Programa por el Buen Uso de los Recursos Públicos, de mostrar "poca vocación de cambio y mejora de la gestión", lo que preocupa mucho, cuando van a recibir la responsabilidad en la Coordinación Nacional de los Trasplantes. Igual sucede con el INS, que recibe la dirección del programa (aunque cuente con buen equipo asesor en bioética y trasplantes de universidades y hospitales), puesto que también es señalado en el informe de la Contraloría con el más alto indicador (A33) en mala gestión; mientras, el Invima, que también se involucra en el proceso de trasplantes, logró mejorar su gestión administrativa y contable (pasó de A 32 a A21), pero sus funciones pasarán a manos de la Supersalud que también sigue desmejorando en gestión (pasó de A31 a A32) y para completar, se tiene proyectada su fusión con la de Subsidio Familiar, para así crear la Superintendencia de la Protección Social.
Es decir: en ese maremágnum que ha significado la política de recorte fiscal, presionada por la banca internacional (FMI-Banco Mundial), y que ha implicado la reestructuración del Estado, la cuestionada fusión de ministerios, el recorte en la planta de cargos, la suma de funciones para unos pocos empleados que no tienen forma humana ni técnica de mejorar sus indicadores de gestión, es comprensible avizorar una larga interinidad -por decir lo menos- para la creación efectiva y la puesta en operación de la Coordinadora Nacional de Trasplantes, con bases de datos actualizadas, posibilidades eficaces de comunicación con regiones e instituciones, y un funcionamiento eficiente y exitoso las 24 horas del día de los 360 días al año. En medio de ese caos quedará en el trapecio la digna calidad de vida de los posibles futuros transplantados colombianos, mientras las EPS pasan con sigilo la cuerda que les brinda otra oportunidad más de esquivar la Ley y esperar el TLC.
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