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Mediante el Acuerdo
245 del 1º de abril de este año, el Ministerio
de la Protección Social estableció la política
de atención integral de patologías de alto costo
para los regímenes contributivo y subsidiado del Sistema
General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).
Este Acuerdo del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud
(CNSSS), se expidió luego de considerar que los Acuerdos
217 y 227 del Consejo buscaban distribuir en forma equilibrada
los costos de atención de distintos riesgos, contener
el gasto y garantizar el equilibrio financiero del sistema
teniendo en cuenta la desviación del perfil epidemiológico
de las EPS y ARS, pero que esa distribución tuvo dificultades
operativas; que según información de EPS y ARS,
las patologías de más impacto financiero y desviación
del perfil son el VIH-sida y la Insuficiencia Renal Crónica
(IRC), concentradas en el grupo etáreo de 15 a 44 años;
que el desaparecido Ministerio de Salud recomendaba redistribuir
estos pacientes y cambiar de modelo de atención con
fortalecimiento de la promoción y prevención,
detección temprana, adecuado seguimiento, control y
adecuado tratamiento de enfermedades crónicas, además
de evitar la redistribución permanente de pacientes.
Luego de definir que la política tendrá como
componentes la redistribución del riesgo, el control
de la selección del riesgo, el modelo de atención
y la vigilancia epidemiológica, el Acuerdo redistribuye
entre todas las EPS y ARS los pacientes de VIH-sida e IRC,
para buscar equilibrio y beneficiar cualquier entidad con
carga excesiva de estos pacientes.
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La redistribución
se hará en forma excepcional y por una sola vez, hacia
EPS y ARS que tengan desviación por debajo de la tasa
promedio de pacientes por 100.000 afiliados. Los pacientes
y sus familias serán advertidos del traslado y a partir
de la notificación tendrán un mes para escoger
su nueva EPS o ARS. Los pacientes susceptibles del cambio
son aquellos a quienes se les comprobó el diagnóstico
antes del 31 de diciembre de 2002. Las fechas para los cambios
son: antes del 30 de junio en el régimen contributivo
y antes del 30 de octubre de este año en el subsidiado.
Y se exceptúan de la redistribución, los afiliados
a las entidades adaptadas del sistema.

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Los traslados efectuados
después de la vigencia del Acuerdo serán cofinanciados,
para controlar y evitar la selección de riesgo: La
EPS o ARS que atiende un paciente trasladado, deberá
pagar toda la atención pero tendrá derecho en
el año siguiente a exigir una proporción del
costo de la atención a la EPS de la cual se trasladó
y a recobrarle a esta la proporción resultante de dividir
el número de semanas que faltan para completar un año
de permanencia en ella, sobre el total de semanas del año
(52).
El modelo de atención será integral, ordena
el Acuerdo, y tendrá en cuenta la prevención
del riesgo de patologías de alto costo, lo cual debe
incluir: "Definición por el Ministerio de la Protección
Social de las normas técnicas de obligatorio cumplimiento
por parte de EPS, ARS y EOC, así como guías
de manejo clínico de las patologías VIH-sida
e IRC". Se incluyen también las acciones de "promoción
y prevención primarias, secundarias y terciarias específicas
para el manejo de patologías crónicas,
según contenidos del POS.
El Consejo estableció los puntos claves del modelo
de atención que deben cumplir EPS y ARS para el manejo
de los pacientes, para garantizarles atención integral
en las fases de prevención, diagnóstico, tratamiento
y suministro de medicamentos; también ordena que se
organice la red prestadora de servicios de salud que asegure
la atención oportuna a los afiliados, y se estipula
que la vigilancia epidemiológica se efectuará
por grupos etáreos sobre las patologías de alto
costo, considerando la incidencia y prevalencia, la distribución
de frecuencias y los costos de atención tanto para
la población afiliada a los regímenes contributivo
y subsidiado como para la población en general.
El Acuerdo también establece que para definir la UPC
del año 2004, el Ministerio presentará al CNSSSS
un ajuste para los dos regímenes, por edad y sexo,
que reconozca el efecto de las tasas de prevalencia de las
enfermedades de alto costo.
El Ministerio por su parte se comprometió a evaluar
alternativas de protección o aseguramiento para garantizar
la continuidad en la atención de los pacientes de alto
costo, en caso de que pierdan su condición de afiliados
al SGSSS, hasta por 6 meses.
Por último, indica el Acuerdo que en julio de 2004
se evaluarán los resultados de estos mecanismos para
determinar su aplicación o no a las demás patologías
de alto costo, y que entretanto, el segundo semestre de 2002
se pagará con la metodología del Acuerdo 217,
siendo necesaria la presentación de una propuesta de
modelo de atención para alto costo por parte de la
EPS respectiva.
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sida e Insuficiencia Renal Crónica Trágicas
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es un shock físico y emocional. Para su familia la
frustración es la manifestación de la impotencia
frente a sus seres queridos...
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Acuerdo 245 Redistribuir
las cargas del alto costo entre EPS
Mediante
el Acuerdo 245 del 1º de abril de este año, el
Ministerio de la Protección Social estableció
la política de atención integral de patologías
de alto costo para los regímenes contributivo y subsidiado
del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS)...
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Ministerio de
la Protección Social Es el inicio de una política
para el alto costo
Tenemos
que romper paradigmas en el manejo del alto costo, no podemos
quedarnos tranquilos suponiendo que se resuelve con un reaseguro;
tenemos que pensar que es responsabilidad de los actores,
aseguradores y prestadores, el ponerse de acuerdo en fórmulas
para administrar mejor los riesgos que genera el alto costo
y su detección temprana...
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El vacío
quedó otra vez en promoción y prevención"
/ El 245 no cobijó a los vinculados / Ayuda,
pero no es la panacea ni la solución final: ARS
Cafam
Para
el doctor Luis Alberto Tafur, docente de la Escuela de Salud
Pública de la Universidad del Valle y ex gerente regional
del Seguro Social, el Acuerdo 245 es una medida económica
que procura igualar las condiciones de todas las EPS frente
al gasto en enfermedades de alto costo...
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Fue una
medida valerosa, pero falta más prevención e
investigación: ISS
Uno de los grandes
méritos del Acuerdo 245 es que si uno compara con otros
países donde se dan situaciones semejantes de concentración
de riesgos y de costos entre el sector privado y público,
hay muchos países en donde el poder de los grupos económicos
y la decisión del gobierno nunca se ha dado para que
exista ese tipo de redistribuciones...
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Revaluar metodología
para definir alto costo / Debería revivirse propuesta
del
reaseguro universal / Asociación Nacional de
Trasplantados Preocupa que no se hayan incluido los
trasplantados en la redistribución / Secretaría
de Salud de Bogotá Universalizar poblaciones
más que enfermedades
El
ex Coordinador del grupo de regulación y seguimiento
de EPS del desaparecido Ministerio de Salud, Gustavo Rodríguez,
afirma que la metodología para definir cuáles
son los eventos que se catalogan como de alto costo tiene
que ser revaluada...
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Podría
atenderse alto costo con Subcuenta del Fosyga/ ColsubsidioAcuerdos
para alto costo buscan salvar financieramente al ISS
/ Podremos gerenciar el riesgo con participación
comunitaria: ESS / IPS alistarán red prestadora
y tendrán más garantía de pago oportuno
El consultor Iván
Jaramillo Pérez recordó que desde antes que
se hiciera la Ley 100, se había propuesto la creación
de una Subcuenta especial del Fosyga para que enfrentara la
atención de las enfermedades de alto costo y así
evitar el desequilibrio económico de los distintos
actores...
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El alto
costo demanda soluciones radicales / Acelerar soluciones,
propone Comfama
Según la exministra
de salud, doctora Sara Ordoñez, de no haberse optado
por un Acuerdo de redistribución de los pacientes con
enfermedades de alto costo, el resultado hubiera sido la quiebra
de las EPS y ARS, con tantos pacientes de este tipo en proporción
al número de afiliados y beneficiarios, porque el total
de los ingresos no alcanza a cubrir los costos por la prestación
de los servicios de salud a su cargo...
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