MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 15    No. 174  MARZO DEL AÑO 2013    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

 

“Tan legítimo es vivir como dejar de vivir”
Hernando Guzmán Paniagua - Periodista - elpulso@elhospital.org.co
“Algo que no hemos asimilado en Colombia es que las creencias vinculan a los creyentes, pero no a los no creyentes; y que en una sociedad pluralista, el debate se debe de dar en función de argumentos de razón pública, no de razón privada, a la cual pertenecen las creencias religiosas, muy respetables”, conceptuó el exmagistrado de la Corte Constitucional, Carlos Gaviria, ponente de la Sentencia C-239 de 1997 que despenalizó la eutanasia pasiva, en charla en la Facultad de Medicina de la Universidad de Antioquia. Expresó el jurista: “En esto uno se expone a que lo juzguen como irreligioso, nada de eso: soy profundamente respetuoso de todas las creencias religiosas. La Constitución en su artículo 11 dice: 'El derecho a la vida es inviolable', no consagra el deber de vivir sino el derecho a la vida. Es bueno tener derechos pues cuando uno los tiene, tiene opciones. Yo puedo vivir y eso es legítimo, lo ilegítimo es que me quiten mi vida contra mi voluntad, pero puedo igualmente determinar que no voy a vivir más y también eso es legítimo”.
Derechos vs. Deberes
Dijo el excandidato presidencial: “No nos sorprendamos: en Colombia no está consagrada como delito la tentativa de suicidio. Una persona puede atentar contra su vida, no es delictivo, puede ser pecaminoso desde un punto de vista religioso, para las personas que vivan esas creencias. En un seminario sobre constitucionalidad global al cual asistí en 2000, en la Universidad de Yale (EU), con presidentes de tribunales internacionales, me pidieron que argumentara a favor de la Sentencia que despenaliza la eutanasia en Colombia y el presidente del tribunal alemán me preguntó: “Dónde está consagrado el derecho a morir?”. Yo le contesté: “Donde está consagrado el derecho a vivir”. Porque si el derecho es una opción, tan legítimo es vivir como dejar de vivir.
“Debe regularse con precisión quién determina si el paciente está o no en uso de sus facultades para pedir que se apresure su muerte: si es un psiquiatra, un psicólogo, un cuerpo de especialistas… y quién determina si una enfermedad es o no incurable”. Dr. Carlos Gaviria.
Gaviria comparó este derecho con el caso de una deuda de dinero: el obligado a pagar es el deudor; en cambio, el acreedor tiene el derecho a que se le pague, pero puede abstenerse de ello, al no ser un deber u obligación. Ejemplificó: “Si alguien me pone un revólver en el cuello y me dice: -Muévase -¿Por qué? -Porque le estoy protegiendo su derecho al libre movimiento, yo puedo rehusarme, porque una manera de ejercer ese derecho es quedándome quieto, así como yo ejerzo mi derecho a la libre expresión cuando me abstengo de expresar o de opinar”.
Y agregó: “La diferencia entre quienes sostenemos la licitud de estas conductas y quienes sostienen lo contrario, es que nosotros no pretendemos imponerlas a quienes no las consideran válidas; en cambio, del otro lado sí pretenden imponer conductas como obligatorias en función de una creencia, aún a quienes no la comparten, lo que es una barbaridad. Sería yo el primero en denunciar lo aberrante de una norma del legislador que obligara a una persona que bajo determinadas circunstancias no quisiera morir, a que decida morir, u obligar abortar a una mujer que quedó embarazada producto de una violencia carnal. En un ordenamiento democrático, esto debe establecerse como conductas posibles, pero no obligatorias”.
Eutanasia activa y eutanasia pasiva
Carlos Gaviria criticó ciertos prejuicios al respecto, como la sacralización de la naturaleza, en la cual Dios es el autor del universo y quien define las normas de vida correcta, las incorrectas y sus consecuencias. Igualmente, la invocación de un Estado no teocrático sino secular o laico, donde no es Dios sino la naturaleza el criterio ético distintivo de lo bueno y de lo malo. Aclaró que la Corte Constitucional despenalizó la eutanasia activa, no la pasiva; ésta consiste en que se sabe que la persona padece una enfermedad grave que la llevará a la muerte y el médico simplemente dice: No hagamos nada, dejemos que la naturaleza obre. “La eutanasia activa es cuando la persona reclama que apresuren ese proceso y en virtud de una decisión racional, inteligente, se apresura”, explicó.
“Lo importante es hacer conciencia
en loslegisladores para que la regulación no
dé lugar a ambigüedades en las actuaciones de
médicos y pacientes en casos tan dramáticos
como los de muerte digna”.
Dr. Carlos Gaviria

Y agregó: “En 'El derecho a morir', el teólogo cristiano Hans Küng tiene un subtítulo que es un alegato en beneficio de la responsabilidad y, desde una visión eminentemente cristiana y católica, defiende la eutanasia activa con argumentos como “yo soy creyente y creo que Dios me dio la vida y me dio también la libertad”. Y agrega Küng: “Lo que no entiendo es por qué me van a quitar la libertad cuando más la necesito, por ejemplo, en un trance donde debo determinar si debo o no seguir viviendo. Y dice también Küng que la diferencia que se hace entre eutanasia activa y pasiva es una diferencia hipócrita, porque el médico dice: “Yo sé que si no le hago nada al paciente, va a morir, pero él se muere y no fui yo quien le dio muerte”. Hans Küng pregunta si no será mucho más meritorio desde el punto de vista moral decir: “Como en este caso la muerte no es un mal sino un bien, le quitamos a esta persona graves sufrimientos que ella no quiere padecer y así lo solicita, y yo decido ayudarla, acelerando el proceso de muerte”. Conceptuó Carlos Gaviria que no existe diferencia entre la eutanasia activa y la pasiva, salvo que en la pasiva el médico se puede escudar en el hecho de saber que alguien va a morir: “No hice nada, pero no lo maté”.
El constitucionalista cuestionó la defensa a ultranza que muchos hacen del Juramento Hipocrático y la interpretación que le dan al compromiso del médico con la vida del paciente, y dijo que en 25 siglos después de ese Juramento Hipocrático ha corrido mucha agua bajo el puente, y aún en tiempos de Hipócrates era legítimo discrepar de él.
¿La vida es un bien? Ante esta pregunta Gaviria dice que sí, pero eso lo determina cada individuo, excepto que en su conciencia de creyente ello corresponda a la divinidad. Sostuvo el jurista que tampoco el Estado puede obligar a alguien a conservar la vida invocando la defensa del individuo, porque el paternalismo es la peor forma de ejercicio despótico del poder: “Eso es una negación de la autonomía de la persona, de su calidad de sujeto moral para determinar cuáles actos son legítimos y cuáles no”. Y señaló que la medicina paliativa es aceptable siempre y cuando la pida el paciente, quien también tiene derecho a rechazarla, argumentando incluso lo costosa que resulta.
Gaviria puso este ejemplo: “Si en un mismo hospital hay dos pacientes en camas contiguas, con la misma enfermedad, en el mismo grado, al punto que el médico dice que pueden morir el mismo día a la misma hora, y un enfermo dice: 'Qué lindo que Dios me haya mandado este dolor y esta enfermedad para soportarla, ofrecerle a él los sufrimientos y llegar más pronto al cielo', está en su derecho. Pero el de la otra cama dice: 'Yo no tengo esperanzas de otra vida y no quiero soportar estos sufrimientos ni que mi familia haga gastos heroicos para una vida que ya no considero buena. Solicito me ayuden a morir rápidamente'. Ambos están en su derecho, no hay lugar a la imposición sobre la conciencia de alguno de ellos”.
El ex magistrado declaró a EL PULSO: “En la misma sentencia C-239/97 se pone de presente que algunas situaciones no están específicamente reguladas y merecen regulación; lo importante es hacer conciencia en los legisladores sobre estos temas, para que la regulación no dé lugar a ambigüedades en las actuaciones de médicos y pacientes en casos tan dramáticos como los de muerte digna”. Puntualizó que debe regularse con precisión quién determina si el paciente está o no en uso de sus facultades para pedir que se apresure su muerte: si es un psiquiatra, un psicólogo, un cuerpo de especialistas… y quién determina si una enfermedad es o no incurable

 
“Se necesita regulación de la eutanasia”
Para cumplir exhorto de la Corte Constitucional en Sentencia C-239 de 1997, el Ministerio de Salud expresó la necesidad de regular la eutanasia mediante el trámite de una ley estatutaria, pues se trata de cumplir una decisión judicial del máximo órgano de control constitucional que debe ser acatada. Esta norma reglamentaría un derecho fundamental y, a través de esa vía legislativa, sería obligatorio un control previo de la Corte que además estableció en dicha sentencia, los aspectos que deben ser regulados:
1) Verificación rigurosa por personas competentes de la situación real del paciente, de su enfermedad, de la madurez de su juicio y de la voluntad inequívoca de morir. 2) Indicación clara de personas o sujetos calificados que deben intervenir en el proceso. 3) Circunstancias bajo las cuales debe manifestar su consentimiento quién consiente en su muerte o solicita que se ponga fin a su sufrimiento: forma cómo debe expresarlo, testigos, verificación de su sano juicio por un profesional competente, etc. 4) Medidas que deben ser usadas por el sujeto calificado para obtener el resultado filantrópico. 5) Incorporación al proceso educativo de temas como valor de la vida y su relación con responsabilidad social, libertad y autonomía de la persona, para que la regulación penal sea la última instancia en un proceso que puede converger en otras soluciones. En casos de urgencia, en la reglamentación se debe dar prevalencia a la defensa de la vida e integridad de la persona, decisión que debe tomar el médico, sustituyendo el consentimiento del paciente.
 
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