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Proyecto de ley privatiza
más los Riesgos Profesionales
Juan
Carlos Arboleda Z. elpulso@elhospital.org.co
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El proyecto
de ley 256 que cursa en el Congreso de la República y
que pretende reglamentar el Sistema General de Riesgos Profesionales
-SGRP-, obedece más a una obligación del gobierno
que se desprende de diversas sentencias de la Corte Constitucional,
que a un verdadero interés por modernizar el sistema,
pero también aprovecha la oportunidad para adecuarlo
a los intereses particulares determinados desde la Ley 100/93.
De su lectura se desprende un marcado acento en continuar
con la privatización y burocratización del SGRP,
sostiene el doctor Luis Fernando Muñoz Ramírez,
que fuera gerente de la ARP del ISS en 1997. |
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Aunque ésta era una oportunidad para mejorar el sistema
de riesgos, no se incluyó dentro del articulado la definición
de la Organización Internacional del Trabajo -OIT-, de
Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional, que avanza en
aspectos como el reconocimiento del accidente en el trayecto
al trabajo. Pero el elemento más preocupante para el
doctor Muñoz, es la profundización en la privatización
del sistema: Todo el articulado apunta a la privatización
en riesgos profesionales y a su burocratización con |
la
constitución de la Institución de Peritaje Médico-Laboral
instituida básicamente por universidades con programas
de medicina o derecho; es probable que quede conformada por
representantes de universidades privadas, puesto que el Plan
Nacional de Desarrollo tiene una marcada dinámica a privatizar
las pocas universidades públicas que quedan. Se plantean
también otros entes burocráticos, como las Comisiones
Regionales y la Comisión Nacional de Peritaje, y un Consejo
de Administración.
Otro aspecto preocupante y que violaría el debido proceso
de quienes lo requieran, se daría en casos de controversia
en dictámenes médico-laborales de Administradoras
de Fondos de Pensiones o Administradoras de Riesgos Profesionales,
porque se iría a la Institución de Peritaje Médico-Laboral,
cuando hasta ahora y cumpliendo el artículo 50 del Código
Contencioso Administrativo, se puede acudir a instancias como
la reposición, interponer recurso de apelación
o de queja, situación que si bien genera problemas en
las Juntas de Calificación de Invalidez, por lo menos
existían como opciones legales.
Para el doctor Muñoz, si bien en el proyecto desaparecen
esas Juntas, por lo menos hasta que se reglamente el Consejo
de Administración y la Institución de Peritaje
Médico-Laboral sus funciones serían muy similares
a lo actual; pero debido a la muy anunciada liquidación
de la Administradora de Riesgos del ISS, Caprecom y Cajanal,
estas nuevas figuras no tendrían presencia de entes públicos:
La continuidad de la presencia oficial a través
de la 'fusión' de los riesgos del ISS con la Previsora
Vida es otro cuento, pues Vida es privada aunque tenga participación
del Estado. El Plan Nacional de Desarrollo en su artículo
155, autoriza a entidades públicas a asociarse entre
sí o con particulares para constituir sociedades que
administren riesgos profesionales o para participar en el capital
de las existentes, e incluso, a entidades públicas para
que enajenen negocios a particulares. Por eso la tendencia es
muy clara hacia la privatización.
A pesar de que el Plan Nacional de Salud Pública contempla
que el Estado debe vigilar y tiene la obligación de asumir
el tema de riesgos profesionales de trabajadores informales
(que en el país son la mayoría), el proyecto 256
no menciona nada frente al tema; en lo único que avanza
un poco es en la definición con mayor claridad de los
estudiantes que deben ejecutar trabajos, ya sea como entrenamiento
o requisito para optar al título profesional, volviendo
obligatoria su afiliación a alguna ARP.
Frente al concepto de trabajadores independientes, cuando el
proyecto habla de quienes se afilian en forma voluntaria, describe
a los trabajadores independientes de conformidad con la reglamentación
que para tal efecto expida el gobierno nacional; pero ya se
expidió el decreto 2900, donde plantea que independientes
son quienes tienen un contrato de trabajo mínimo por
3 meses por contratación civil, administrativa o comercial,
pero determina que quien debe pagar es el propio trabajador
aunque lo afilie el contratista. Esto no cobija a los millones
de colombianos que suben a los buses, venden flores, frutas,
golosinas y todo lo vendible en cualquier semáforo; por
tanto, el trabajador informal al cual hace mención el
Plan Nacional de Salud Pública, no queda involucrado.
Para el doctor Luis Fernando Muñoz, los problemas actuales
de los riesgos profesionales en el país son consecuencia
de Ley 100, que dividió y fragmentó al ser humano:
Por un lado están las personas en alguna aseguradora
de riesgos profesionales, en otro lado están afiliados
en salud a alguna EPS, y las pensiones las tienen en otro lugar.
Ese ser humano, ser único, es atendido en sus aspectos
de protección social por diversas entidades; esto corresponde
a la idea de manejar el tema como un negocio, porque para la
prestación del servicio ante al riesgo (sea enfermedad
profesional, procedimiento médico o quirúrgico),
la IPS o la EPS pueden cobrarle a la ARP un 10% adicional; esto
lleva a que en muchas oportunidades se remita a los usuarios
a buscar los servicios de salud a través de la ARP, porque
saben de antemano que representa un 10% adicional.
Búsqueda de calidad
El proyecto 256 busca también mejorar la calidad
de la prestación de los servicios en el Sistema de Riesgos
Profesionales, implementando el Sistema Obligatorio de Garantía
de Calidad en Riesgos Profesionales que deberían cumplir
todos los actores del sistema, propendiendo el mejoramiento
de los estándares de promoción, prevención
y atención en riesgos profesionales, manifestó
el representante a la Cámara, Jorge Morales Gil, ponente
del proyecto.
Mientras tanto, la viceministra de Salud, Blanca Elvira Cajigas,
indicó que se avanza en el manejo de bases de datos para
el Sistema de Riesgos Profesionales, proceso que está
en un 60% del cargue de la información, basada en datos
suministrados por EPS, ARP y las 19 Juntas de Calificación
de Invalidez. Hasta ahora, luego de un año de construcción
del SISPRO, se estandarizó y homogenizó la información
a través de un aplicativo que permite obtener indicadores
del sistema. Este proceso es financiado con recursos del Fondo
de Riesgos Profesionales, y es una solución informática
que permitirá la integración y el manejo de datos
sobre salud ocupacional, riesgos profesionales y actores involucrados.
Con esta herramienta se hará seguimiento, toma
de decisiones y se adoptarán políticas institucionales,
sectoriales y nacionales en materia de salud ocupacional, para
optimizar el Sistema General de Riesgos Profesionales a través
de información oportuna, veraz y confiable", declaró
la doctora Cajigas.
El sistema suministra información sobre cobertura, accidentalidad
laboral, enfermedades profesionales, mortalidad por ATEP, invalidez,
pensiones, pago de prestaciones económicas y asistenciales,
entre otros aspectos, discriminados por ARP, departamentos,
municipios, género, edad, actividad económica
y ocupación, cuampliendo los lineamientos de estadísticas
en el trabajo estipulado por la OIT. |
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