MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 10    No. 110  NOVIEMBRE DEL AÑO 2007    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


Proyecto de ley privatiza
más los Riesgos Profesionales

Juan Carlos Arboleda Z. elpulso@elhospital.org.co

El proyecto de ley 256 que cursa en el Congreso de la República y que pretende reglamentar el Sistema General de Riesgos Profesionales -SGRP-, obedece más a una obligación del gobierno que se desprende de diversas sentencias de la Corte Constitucional, que a un verdadero interés por modernizar el sistema, pero también aprovecha la oportunidad para adecuarlo a los intereses particulares determinados desde la Ley 100/93. “De su lectura se desprende un marcado acento en continuar con la privatización y burocratización del SGRP”, sostiene el doctor Luis Fernando Muñoz Ramírez, que fuera gerente de la ARP del ISS en 1997.
Aunque ésta era una oportunidad para mejorar el sistema de riesgos, no se incluyó dentro del articulado la definición de la Organización Internacional del Trabajo -OIT-, de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional, que avanza en aspectos como el reconocimiento del accidente en el trayecto al trabajo. Pero el elemento más preocupante para el doctor Muñoz, es la profundización en la privatización del sistema: “Todo el articulado apunta a la privatización en riesgos profesionales y a su burocratización con
la constitución de la Institución de Peritaje Médico-Laboral instituida básicamente por universidades con programas de medicina o derecho; es probable que quede conformada por representantes de universidades privadas, puesto que el Plan Nacional de Desarrollo tiene una marcada dinámica a privatizar las pocas universidades públicas que quedan. Se plantean también otros entes burocráticos, como las Comisiones Regionales y la Comisión Nacional de Peritaje, y un Consejo de Administración”.
Otro aspecto preocupante y que violaría el debido proceso de quienes lo requieran, se daría en casos de controversia en dictámenes médico-laborales de Administradoras de Fondos de Pensiones o Administradoras de Riesgos Profesionales, porque se iría a la Institución de Peritaje Médico-Laboral, cuando hasta ahora y cumpliendo el artículo 50 del Código Contencioso Administrativo, se puede acudir a instancias como la reposición, interponer recurso de apelación o de queja, situación que si bien genera problemas en las Juntas de Calificación de Invalidez, por lo menos existían como opciones legales.
Para el doctor Muñoz, si bien en el proyecto desaparecen esas Juntas, por lo menos hasta que se reglamente el Consejo de Administración y la Institución de Peritaje Médico-Laboral sus funciones serían muy similares a lo actual; pero debido a la muy anunciada liquidación de la Administradora de Riesgos del ISS, Caprecom y Cajanal, estas nuevas figuras no tendrían presencia de entes públicos: “La continuidad de la presencia oficial a través de la 'fusión' de los riesgos del ISS con la Previsora Vida es otro cuento, pues Vida es privada aunque tenga participación del Estado. El Plan Nacional de Desarrollo en su artículo 155, autoriza a entidades públicas a asociarse entre sí o con particulares para constituir sociedades que administren riesgos profesionales o para participar en el capital de las existentes, e incluso, a entidades públicas para que enajenen negocios a particulares. Por eso la tendencia es muy clara hacia la privatización”.
A pesar de que el Plan Nacional de Salud Pública contempla que el Estado debe vigilar y tiene la obligación de asumir el tema de riesgos profesionales de trabajadores informales (que en el país son la mayoría), el proyecto 256 no menciona nada frente al tema; en lo único que avanza un poco es en la definición con mayor claridad de los estudiantes que deben ejecutar trabajos, ya sea como entrenamiento o requisito para optar al título profesional, volviendo obligatoria su afiliación a alguna ARP.
Frente al concepto de trabajadores independientes, cuando el proyecto habla de quienes se afilian en forma voluntaria, describe a los trabajadores independientes de conformidad con la reglamentación que para tal efecto expida el gobierno nacional; pero ya se expidió el decreto 2900, donde plantea que “independientes” son quienes tienen un contrato de trabajo mínimo por 3 meses por contratación civil, administrativa o comercial, pero determina que quien debe pagar es el propio trabajador aunque lo afilie el contratista. Esto no cobija a los millones de colombianos que suben a los buses, venden flores, frutas, golosinas y todo lo vendible en cualquier semáforo; por tanto, el trabajador informal al cual hace mención el Plan Nacional de Salud Pública, no queda involucrado.
Para el doctor Luis Fernando Muñoz, los problemas actuales de los riesgos profesionales en el país son consecuencia de Ley 100, que dividió y fragmentó al ser humano: “Por un lado están las personas en alguna aseguradora de riesgos profesionales, en otro lado están afiliados en salud a alguna EPS, y las pensiones las tienen en otro lugar. Ese ser humano, ser único, es atendido en sus aspectos de protección social por diversas entidades; esto corresponde a la idea de manejar el tema como un negocio, porque para la prestación del servicio ante al riesgo (sea enfermedad profesional, procedimiento médico o quirúrgico), la IPS o la EPS pueden cobrarle a la ARP un 10% adicional; esto lleva a que en muchas oportunidades se remita a los usuarios a buscar los servicios de salud a través de la ARP, porque saben de antemano que representa un 10% adicional”.
Búsqueda de calidad
El proyecto 256 busca también mejorar la calidad de la prestación de los servicios en el Sistema de Riesgos Profesionales, implementando el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad en Riesgos Profesionales que deberían cumplir todos los actores del sistema, propendiendo el mejoramiento de los estándares de promoción, prevención y atención en riesgos profesionales, manifestó el representante a la Cámara, Jorge Morales Gil, ponente del proyecto.
Mientras tanto, la viceministra de Salud, Blanca Elvira Cajigas, indicó que se avanza en el manejo de bases de datos para el Sistema de Riesgos Profesionales, proceso que está en un 60% del cargue de la información, basada en datos suministrados por EPS, ARP y las 19 Juntas de Calificación de Invalidez. Hasta ahora, luego de un año de construcción del SISPRO, se estandarizó y homogenizó la información a través de un aplicativo que permite obtener indicadores del sistema. Este proceso es financiado con recursos del Fondo de Riesgos Profesionales, y es una solución informática que permitirá la integración y el manejo de datos sobre salud ocupacional, riesgos profesionales y actores involucrados. “Con esta herramienta se hará seguimiento, toma de decisiones y se adoptarán políticas institucionales, sectoriales y nacionales en materia de salud ocupacional, para optimizar el Sistema General de Riesgos Profesionales a través de información oportuna, veraz y confiable", declaró la doctora Cajigas.
El sistema suministra información sobre cobertura, accidentalidad laboral, enfermedades profesionales, mortalidad por ATEP, invalidez, pensiones, pago de prestaciones económicas y asistenciales, entre otros aspectos, discriminados por ARP, departamentos, municipios, género, edad, actividad económica y ocupación, cuampliendo los lineamientos de estadísticas en el trabajo estipulado por la OIT.
 
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