MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 5    NO 65   FEBRERO DEL AÑO 2004    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

La experiencia de
Cataluña: Unidos y sin
competencia desleal

Omaira Arbeláez Echeverri, Periodista elpulso@elhospital.org.co
El médico Luis Fernando Giacometti Rojas, especializado en gestión de servicios de salud y doctor en economía, explicó a El Pulso, como representante legal y director de la oficina en Colombia del Consorcio Hospitalario de Cataluña, su experiencia y visión sobre la Integración Vertical, y ofrece sus recomendaciones sobre cómo podría aplicarse en el país.
Este grupo nació hace 25 años como una organización de base asociativa de hospitales públicos y fundaciones benéfico-privadas españolas, con los objetivos de mejorar la gestión de sus propios servicios, integrar áreas asistenciales y mejorar la calidad en el sistema público de salud español. Con el tiempo, el Consorcio pudo crear sus propios servicios, empresas, hospitales y brindar consultorías, asesorías y asistencia técnica internacional, integrándose con otras empresas para el desarrollo de proyectos y teniendo presencia en doce países de América Latina y algunos de Europa, hasta lograr su actual especialización en el desarrollo de proyectos en salud.
"El modelo organizativo de integración dentro del consorcio de Cataluña es horizontal y clásico, mediante el cual diferentes prestadores de servicios -primer nivel, intermedio, complejo de atención- se integran coordinadamente para crear una asociación que permita hacer economías de escala, gestionar recursos, disminuir sobrecostos de atención y, de una forma solidaria y asociativa, gestionar sus propios servicios con más eficiencia. Con el tiempo, esa asociación de tipo horizontal se complementó con la integración de otros niveles asistenciales, laboratorio clínico, atención primaria en salud, primer nivel de atención y centros geriátricos. Esto obligó al consorcio a dejar de ser una asociación para convertirse en un modelo integrado de atención, que es prácticamente la base de lo que podría ser un tipo de integración vertical donde no son niveles distintos de negocio los que se integran, como usualmente se conoce en Colombia -que es el aseguramiento con la prestación de servicios-, sino que dentro de la misma prestación de servicios se integran verticalmente distintos niveles de atención: el nivel primario, el intermedio, de alta complejidad, el laboratorio clínico, las ayudas diagnósticas, los centros geriátricos, los hospitales de día. Es un tipo de integración vertical que no necesariamente va de la mano de integrar el aseguramiento con la prestación de servicios"
Es un modelo que funciona muy racionalmente, explica: "el comprador público, el asegurador público -que es mayoría, casi único-, encuentra en el Consorcio la posibilidad de comprar mejores y mayores servicios a un costo más negociable, porque ya no es un solo hospital el que "negocia" su paquete o portafolio de servicios, sino todo un sistema integrado de prestadores donde hay desde lo más elemental hasta lo más complejo: trasplante, cirugía de alto costo, gran quemado, unidad de cuidados intensivos coronaria, en síntesis, la gran complejidad hospitalaria en una sola organización. El Consorcio ayuda a negociar con el asegurador, los hospitales tienen así un interlocutor propio, que responda por sus intereses no individuales sino colectivos, y el asegurador -en este caso público- tiene una contraparte muy clara, con una línea de negociación igual en término de tarifas, presupuestos, indicadores de calidad asistencial.
"En últimas son dos partes que se sientan a la mesa y fácilmente llegan a una negociación en términos de calidad asistencial, indicadores, cumplimiento de metas, objetivos y dirección estratégica. No se convierte en una atomización de negociaciones y de contratos, lo que en Colombia es tan habitual y resulta muy costoso para el asegurador y los prestadores, que a su vez deben negociar con muchos aseguradores".
En este ámbito, considera el especialista, Colombia tiene una puerta abierta en la Ley 715 (ver periódico El Pulso Nº42) y en las últimas normativas del Ministerio de la Protección Social que se orientan al fortalecimiento de la estructuración de redes de atención de los hospitales públicos y los privados, pero considera que esto debe hacerse con criterio de beneficio social, en especial de la población con necesidades básicas insatisfechas, que son la mayoría, y bajo reglas claras que permitan diversas alternativas a los usuarios sin propiciar una competencia desleal, y siempre bajo el control y la regulación directa y rigurosa del Estado.
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