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Ministerio
de la Protección Social
Olga
Lucia Muñoz López - Periodista - elpulso@elhospital.org.co |
Acerca
del balance de las negociaciones del tema de propiedad intelectual
en el TLC, el ministro de la Protección Social, Diego
Palacio, recalcó que se trataba de un tema altamente
sensible en la negociación de todos los tratados de libre
comercio. Explicó que se partió de 5 objetivos
iniciales: 1) Mantener el alcance del decreto 2085/02 y sus
parámetros de protección de datos de prueba en
registros sanitarios, lo mismo que sus excepciones de cuándo
podría el gobierno nacional y por qué motivos,
romper esa protección; 2) Ofrecer y aceptar compensación
por demoras injustificadas, inherentes al trámite en
la oficina de patentes; 3) Publicar en internet la lista de
solicitudes de registros sanitarios; 4) Incorporar dentro del
sistema colombiano el concepto de agotamiento; 5)
No patentar métodos diagnósticos, quirúrgicos,
terapéuticos ni segundos usos. Frente a estos objetivos,
el ministro presentó como logros:
1) No se amplió la protección a información
que no haga parte de la información no divulgada, manteniendo
lo establecido en el decreto 2085; y en cuanto al tiempo de
protección de 5 años en el 2085, en el tratado
dice por lo menos 5. Explicó el ministro,
que en carta de la persona encargada de la negociación
en EU, dice:
la obligación de dar protección
a los datos de prueba de al menos 5 años,
es consistente con la ley americana y no estamos generando obligaciones
para Estados Unidos o para Perú -en el caso puntual al
que él hacía referencia- de proveer una protección
mayor a la expresada.
2) En espectro patentable, Colombia no quedó obligada
a patentar segundos usos de productos patentados, métodos
quirúrgicos, terapéuticos o diagnósticos;
aclaró el ministro, que el tratado no afirma no
se patentarán, sino que cada país
podrá patentar, si así lo quiere, y si así
lo decide, métodos quirúrgicos, terapéuticos
o diagnósticos. De hecho, EU patenta, y por tanto,
cada país queda en libertad de patentar o no.
En conclusión, afirmó el ministro, Colombia no
quedó obligada a cambiar el tiempo de protección
de información no divulgada ni el espectro patentable,
por lo que enfatizó que se mantuvo el status quo
en materia de protección en propiedad intelectual.
Se mantuvieron las excepciones
Igualmente, el ministro fue contundente en afirmar que
se mantuvieron las excepciones, tema importante que preocupaba
mucho al Congreso y a los distintos actores del sector salud.
Por ejemplo, explicó el ministro, en caso de una epidemia
se puede demostrar que se mantienen los intereses de la salud
por encima de los intereses comerciales, porque en el tratado
quedó claro que Colombia queda en libertad de hacer excepciones
por salud pública: Podemos disparar distintos instrumentos
establecidos en el orden internacional, para enfrentar problemas
de salud pública sin ningún inconveniente. Igual
podemos hacer importaciones paralelas, no hay restricciones
para que los países hagan importaciones paralelas de
medicamentos, e igual podemos aplicar el instrumento de licencias
obligatorias. En su presentación, el ministro mostraba
que las estipulaciones de Doha y los ADPIC quedaron incorporados
en carta adjunta; y luego afirmó que se mantiene la excepción
Bolar sin restricción en el país (permite que
los países adelanten trámites, pese al tiempo
de protección de la patente, para que al primer día
de vencimiento de esa protección, los productos que le
compiten o genéricos, puedan estar en el mercado).
¿Qué nos tocó
aceptar?
Al responder a la pregunta que él mismo se planteaba:
¿Qué nos tocó aceptar dentro de este
proceso de negociación?, el ministro explicó
que se aceptó algo previsto desde el principio, porque
no estaba en la regulación colombiana: la compensación
por demoras injustificadas en la Oficina de Patentes por más
de 5 años. Indicó que si un proceso de aprobación
de una patente se demora más de 5 años, Colombia
tendrá que buscar los mecanismos para compensar esas
demoras, cuando son demoras inherentes directamente a la Oficina;
dentro de esos 5 años no se computan las demoras imputables
al dueño de la patente (si utiliza algún instrumento
jurídico para alargar los tiempos de aprobación
de la patente, esos tiempos no serán contabilizados dentro
de los 5 años).
Igualmente, el ministro señaló que no se tenía
previsto compensar demoras injustificadas en la Oficina de Registros
Sanitarios del Invima, asunto que fue necesario aceptar, pero
con un elemento importante: en el tratado no se establecieron
pisos ni techos ni de la Oficina de Patentes ni de la Oficina
de Registro Sanitarios: El acuerdo permite que cada uno
de los países mantenga la autonomía para reglamentar
los procedimientos y los mecanismos de compensación,
sin ninguna limitante. Así, Colombia puede implementar
en los términos más apropiados, el proceso de
compensación, afirmó el funcionario.
¿Qué ganó Colombia?
El ministro Diego Palacio se refirió en primer
término, a la incorporación del agotamiento
(condicionar a las empresas farmacéuticas a que si en
los 5 primeros años de descubierto un producto farmacéutico
no lo trae a Colombia, no tiene derecho a protección
en el país); el ministro explicó que al no tener
ese concepto incorporado en Colombia, una empresa farmacéutica
podía descubrir el medicamento, dejar pasar 10 años
sin traerlo al país y así no había posibilidad
de que en el país existiera competencia frente a ese
producto. Con el tratado, si dentro de los 5 primeros años
no lo trae, pierde la posibilidad de protección; lo deseable
habría sido un agotamiento más corto, de 3 años,
señaló el funcionario.
Asimismo, el ministro indicó que algo importante fue
la transición aprobada para la Oficina de Patentes, porque
se tienen 2 años después de que entre en vigencia
el tratado, para adecuar sus trámites y estructuras dentro
de la Superintendencia de Industria y Comercio, para lograr
unos procedimientos efectivos, eficientes y transparentes.
Y otro logro aún no cuantificado pero muy importante,
según el ministro, fue lograr que 62 de 74 ítems
relacionados con producción de medicamentos y que representan
en recurso económico cerca del 93%, quedaron en Canasta
A -sin arancel- desde el momento en que entre a regir el tratado,
mientras sólo 12 productos tienen que pagar aranceles.
Esto repercutirá en el costo de la materia prima, y por
tanto, en el costo de los medicamentos.
Impacto a futuro en salud
El doctor Diego Palacio manifestó que ahora se
está pendiente de una decisión de la Comunidad
Andina, puesto que es necesario reglamentar elementos no incorporados
en nuestra reglamentación, como los temas compensación
y agotamiento. Adicionalmente, se promoverán
acciones sociales en la implementación del tratado:
1) Universalizar régimen subsidiado para niveles 1, 2
y 3 del Sisbén ($720.000 a $800.000 millones): Al tener
cobertura universal en el sistema de salud, cualquier situación
que se presente en materia de medicamentos podría ser
directamente absorbida por el sistema y no por el bolsillo del
usuario pobre, explicó el ministro.
2) Control de aumento de costos: Se promoverá el uso
de genéricos y la verificación de su calidad en
los sitios de producción, distribución y consumo
de esos medicamentos; se cambiará de metodología
en el control de precios; y se revisarán asuntos que
influyen en el costo del medicamento dentro del sistema, como
las tutelas.
3) Zonas francas en IPS acreditadas: En el proceso de negociación
del TLC, se abrió la posibilidad de que los hospitales
acreditados por el Icontec -con calidad sobresaliente en el
servicio- reciban tratamiento de zona franca en el sitio mismo
de prestación de servicios. El propósito es lograr
que regiones que han ganado espacio en exportación de
servicios de salud, gracias entre otras a la excelente calidad
de sus instituciones y profesionales de salud, reciban beneficios
especiales, como: a) Tarifa de impuesto de renta del 15% a partir
del 1º de enero de 2007 (hoy, una entidad pública
o una entidad sin ánimo de lucro paga 20%, o sea que
es 5% de reducción); para entidades privadas que pagan
impuesto de renta del 38.5%, será una reducción
automática del 23.5% sobre el impuesto de renta. b) Cero
(0%) arancel para importaciones de bienes y equipos. c) Cero
(0%) de IVA a las importaciones y compra en el país de
bienes, medicamentos, dispositivos médicos y reactivos
de diagnóstico in vitro, para la prestación de
servicios dentro de la entidad. Hoy no tiene esa excepción
del IVA ninguna entidad de salud. d) Cero (0%) de impuesto de
remesas por concepto de giros al exterior.
Según el ministro, este beneficio de zonas francas no
fue generado directamente por el TLC, pero acompaña un
proceso de negociación donde el país quiere buscar
mayor competitividad y mayor calidad del servicio.
Tengo total tranquilidad
Desde que se cerró la mesa de propiedad intelectual,
el ministro Palacio ha sido enfático en afirmar que se
siente muy tranquilo respecto de los resultados de la negociación
del TLC en lo referente a salud, porque el país mantuvo
el status quo y en propiedad intelectual se comprometió
a buscar procesos más eficientes y transparentes, aunque
hubo de dejar la compensación como elemento obligatorio
en el tratado. |
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