MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 11    No. 144  SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


Vigente cátedra
del aborto, dijo la Corte

Redacción El Pulso - elpulso@elhospital.org.co
La Corte Constitucional rechazó la nulidad solicitada por el Procurador General de la Nación, Alejandro Ordoñez, para la realización de campañas pedagógicas sobre el aborto y la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). Por tanto, organismos de control y autoridades gubernamentales deberán seguir dando trámite a la orden de la Corte, de elaborar un prolijo plan de formación pedagógica en materia de derechos sexuales y reproductivos, en lo que se denominó "cátedra del aborto".
De esta forma, la Corte ratificó la Sentencia T-388 de 2009, que disponía el inicio de la campaña formativa: "La Sentencia T-388 de 2009 no incurre en vulneración de la Constitución, ni del decreto 2067 de 1991, puesto que en ningún momento resulta ser el fruto de extra-limitación de funciones". Agregó la Corte, que dicha sentencia redime la continua violación a los derechos sexuales de las mujeres, a pesar de la existencia de la sentencia C-355 de 2006, a través de la cual la Corporación levantó el carácter penal del aborto en caso de violación, malformación del feto o peligro de muerte para la madre gestante.
Y considerando tales excesos, era deber del alto tribunal el fijar todas las condiciones en las cuales se debía promover el conocimiento de los derechos fundamentales de las mujeres en materia sexual.
Reiteró la Corte que como autoridad suprema en materia de constitucionalidad, tiene competencia a la hora de determinar el alcance de los derechos de la ciudadanía: en este sentido estaba facultada para ordenar el inicio de la campaña pedagógica. Recordó que contra sus sentencias no cabe recurso alguno y que las nulidades sólo pueden ser invocadas por violación al debido proceso deben presentarse antes de la dimisión de cada proceso-, y de ahí otro argumento para la improcedencia de la solicitud presentada por Ordóñez, quien buscó la declaratoria de nulidad luego del fallo.
En consecuencia, colegios, universidades y otros centros de formación, con apoyo de las autoridades estatales, deberán dar cumplimento a la sentencia de la Corte Constitucional, que pretende que la ciudadanía tenga plena conciencia de sus derechos en materia sexual y reproductiva, especialmente frente a la interrupción voluntaria del embarazo .
 
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