 |
|
|
 |
|
Para disminuir tutelas:
Más sanciones
Juan
Carlos Arboleda Z. -
elpulso@elhospital.org.co
|
 |
Quienes viven la realidad de la tutela en su labor de apoyo
a ciudadanos que requieren asistencia en salud, ven al fenómeno
como una demostración de la desarticulación del
sistema de salud: Infortunadamente un principio básico
del sistema es la vigilancia y control por parte del Ministerio
de la Protección Social; y es evidente que en general
las acciones de protección de derechos, entre ellas la
tutela, se convirtió en la única forma de acceder
a servicios en salud. Ello se demuestra en las razones por las
cuales se interpone este mecanismo: procedimientos, tratamientos
y medicamentos incluidos dentro del POS, y a lo cual el Ministerio
y la Supersalud no han prestado la atención requerida:
no han sancionado de manera |
efectiva
para poner en cintura a los administradores de los planes de
beneficios y a las instituciones prestadoras, declaró
el doctor Gustavo Campillo, presidente de la Fundación
Red de Apoyo Social de Antioquia -Rasa- .
Es evidente que luego de muchos años de tutelas reiteradas
contra las mismas instituciones y por los mismos motivos, hay
una necesidad de generar acciones para la inclusión de
nuevos medicamentos y procedimientos de salud, así como
la exclusión de los que ya no son útiles: esto,
teóricamente, reduciría la interposición
de acciones de protección de derechos. Sin embargo, el
doctor Campillo señala como no sólo intereses
económicos se interponen en este tema, sino que esas
inclusiones en el POS no constituyen una garantía para
el acceso, por cuanto la mayoría de las tutelas -como
muestra la investigación de la Defensoría-, se
interponen por algo a lo cual ya se tiene derecho, y esto lleva
a una segunda necesidad: Es prioritario aplicar sanciones
ejemplarizantes a los actores que no cumplan con la normatividad
vigente.
Otro aspecto a recalcar: como la normatividad en salud es amplia,
contradictoria, ambigua y compleja, posibilita que cada actor
del sistema le dé una interpretación diferente
según sus intereses particulares, generando dificultades
adicionales a los usuarios. Asimismo, el doctor Campillo no
considera contundentes las facultades otorgadas por la Ley 1122
a la Supersalud, por cuanto la conciliación, por ejemplo,
debe surgir cuando se presentan diferentes opiniones sobre la
aplicación de la norma y el ejercicio de los derechos,
pero no cuando el derecho es vulnerado: La ley es suficientemente
clara en sus aspectos básicos; sin embargo, ni siquiera
éstos se cumplen. Por ejemplo: la atención inicial
de urgencias. La conciliación entonces no es garantía
para los ciudadanos y no puede convertirse en una barrera más
para el ejercicio de los derechos. |
| |
|
|
| Más
información... |
|
La tutela y el
derecho a la salud, período 2003-2005
La tutela sigue siendo el mecanismo más utilizado por
los ciudadanos para reclamar sus derechos: desde 1999 hasta
2005, su crecimiento general fue del 160%, mientras que el
aumento de tutelas específicas...
|
Recomendaciones
de la Defensoría
Conminar a la Supersalud a ejercer el poder sancionatorio de
manera ejemplar contra entidades que de manera reiterada, nieguen
contenidos del plan de beneficios... |
Colombia
desconoce la verdadera dimensión de la tutela
Luego de 16 años de implementada la tutela, máximo
logro jurídico en la defensa de los derechos de los ciudadanos
en la historia republicana de Colombia, y de 13 años
de la reforma al sistema de salud con ... |
La
tutela como reguladora del sistema
Antioquia es el departamentos donde mayor cantidad de tutelas
relacionadas con salud se presentan anualmente, razón
por la cual es un escenario idóneo para observar el caso.
Además, las estadísticas... |
Para
disminuir tutelas: Más sanciones
Quienes viven la realidad de la tutela en su labor de apoyo
a ciudadanos que requieren asistencia en salud, ven al fenómeno
como una demostración de la desarticulación del
sistema de salud: Infortunadamente... |
Las
tutelas y fallos judiciales, y el POS paralelo
El alud de tutelas y fallos judiciales, única válvula
de escape ante la desatención en salud, generó
una especie de POS paralelo al oficial, ante el
disfuncional Sistema General de Seguridad Social en Salud... |
Acemi:
Defensor del Pueblo no fue neutral
Juan Manuel Díaz-Granados Ortiz, presidente de la Asociación
Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi), reiteró
que el POS está desactualizado: Recordemos que
el POS fue diseñado en 1994 y... |
El
Sistema sí funciona
La representante a la Cámara, Sandra Ceballos, defendió
el modelo imperante en el sistema de salud, argumentando que
debe estar encaminado a mejorar la calidad de vida de
los colombianos, el derecho a... |
El
sistema de salud no tiene legitimidad
Gina Magnolia Riaño Barón, Directora de la Organización
Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), cuestionó
el incumplimiento de los principios básicos del Sistema:
La Constitución Política de Colombia... |
| |
|
|
|
| |
|