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Colombia desconoce la
verdadera dimensión de la tutela
Juan
Carlos Arboleda Z. -
elpulso@elhospital.org.co
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| Luego
de 16 años de implementada la tutela, máximo logro
jurídico en la defensa de los derechos de los ciudadanos
en la historia republicana de Colombia, y de 13 años
de la reforma al sistema de salud con la Ley 100/93, el Estado
parece que no entiende cuál es su significación,
uso e importancia. Ni qué decir de los actores del sistema
de salud a los que, según todo indica, no les importa
demasiado ser tutelados, perder y seguir perdiendo solicitudes
de usuarios instauradas por vía judicial, quienes aprendieron
que sólo los jueces de la República pueden defender
su derecho a la salud. |
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La realidad colombiana, no la de los discursos oficiales,
indica que la tutela se convirtió en la única
herramienta de miles de personas para acceder a los servicios
de salud; y aunque el mayor número de tutelas es contra
el Seguro Social y entes territoriales, esto no exime de responsabilidad
al gobierno central, puesto que ese alto volumen de tutelas
contra entidades del Estado, el ISS y entes territoriales,
muestra que no es sólo un problema puntual de esas
entidades, sino desatención e impasibilidad del Estado
para solucionar con la prioridad requerida los problemas de
sus ciudadanos, en este caso en salud. No soportan ningún
análisis lógico, los argumentos que desde altas
instancias del gobierno pretenden trasladar 
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la responsabilidad
de la falta de atención a miles de usuarios a sus mismas
entidades subalternas, como si no fueran parte integral del
Estado: la responsabilidad es del Estado, sea cual sea cualquiera
de sus entidades.
La incomprensión de la tutela
La tutela no es herramienta exclusiva de Colombia. En
países europeos, donde hay mayor respeto por la rama
judicial y la figura del juez tiene gran importancia, la tutela
no sólo se entiende como el reclamo del derecho de un
ciudadano, sino con una connotación mayor. Cuando un
juez protege un derecho porque una entidad pública no
lo reconoce, en esas sociedades se entiende que algo no funciona
bien, y se parte del supuesto que quien no funciona bien no
es el juez, sino quien incumple el derecho vulnerado.
Por esa razón, como describe el jurista Carlos Ballesteros,
cuando en esas sociedades se presentan tutelas relacionadas
con problemáticas donde el Estado está de por
medio, la preocupación no es cómo frenar al juez,
sino qué hacer para corregir el problema: Como
respuesta ante los veredictos por tutelas, la sociedad indaga
la causa del problema para corregirla y no limita la función
del juez; tras los fallos judiciales, hay una reacción
inmediata del Estado, que acoge lo que dice el juez y actúa
para proteger el derecho de los ciudadanos, porque el trasfondo
es que algo está fallando, y la política gubernamental
se ajusta al respeto de los derechos; por eso hoy día
las tutelas en esos países llegaron a su mínima
expresión, porque los Estados aceptan sus fallas. En
Colombia ocurre lo contrario: vemos manifestaciones desde la
misma Presidencia de la República cuestionando las decisiones
de los jueces, cuando estos lo que hacen es aplicar la Constitución;
lo que se debería hacer, desde el Presidente para abajo,
es pensar por qué está ocurriendo ese fenómeno
y no culpar a quien sólo aplica la Constitución.
Esta actitud de la sociedad colombiana se explica por la falta
de compromiso de una gran mayoría, incluso del alto gobierno,
frente al modelo constitucional de 1991, originada en tendencias
que van en contra del pensamiento constituyente. Allí
es donde está realmente la causa del problema según
el doctor Ballesteros: No hay un compromiso de la sociedad
frente al marco constitucional, hay múltiples lecturas
de la Constitución y por eso hay enfrentamientos. En
el caso del sistema de salud, la pregunta es saber qué
prima, y yo parto de la base que lo hecho, desde el punto de
vista legal, es proteger unos intereses particulares muy concretos.
Y si los órganos de control están comprometidos
con eso, infortunadamente no podremos solucionar esa problemática.
Aunque la tutela es el principal mecanismo jurídico utilizado
por los colombianos en salud, hay otras acciones judiciales
como demandas civiles y penales; aunque no todas las personas
afectadas por falta de atención recurren a ellas, también
se presentan, ante todo por responsabilidad civil para obtener
reparaciones económicas. En este caso, la mayoría
de las demandas están en proceso por la demora en los
trámites; y aunque sean poco atractivas para los medios
de comunicación, esas acciones legales deben prosperar
y acarrearán grandes sanciones económicas para
los responsables. Sin embargo, en este punto hay un apéndice:
A partir de la ley 100, casi todos los profesionales de la salud
acudieron a pólizas particulares que garanticen su responsabilidad,
porque generalmente las aseguradoras involucran al médico
tratante para que sea él quien finalmente termine siendo
el responsable; así, es otra entidad aseguradora la que
asume las consecuencias de esas demandas. Es un círculo
vicioso en donde son los médicos quienes responden, mostrando
unas entidades muy protegidas y consentidas por el Estado.
Para el doctor Ballesteros, la conclusión es simple:
La tutela es un mecanismo importante al que infortunadamente
su objetivo se le desvirtuó, incluso cuando se establece
como un requisito adicional para acciones como el reconocimiento
de lo No POS por parte del Fosyga. Tenemos que hacer énfasis
en la importancia de la tutela, pero con una connotación
más allá de la actual: que no sólo sirva
para proteger el derecho individual, sino que adicionalmente
sea un tema de análisis permanente por parte del gobierno,
para aplicar correctivos al sistema y evitar que la salud continúe
judicializada. |
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