MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 10    No. 112  ENERO DEL AÑO 2008    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


La tutela y el derecho
a la salud, período 2003-2005

Olga Lucia Muñoz López - Periodista elpulso@elhospital.org.co

La tutela sigue siendo el mecanismo más utilizado por los ciudadanos para reclamar sus derechos: desde 1999 hasta 2005, su crecimiento general fue del 160%, mientras que el aumento de tutelas específicas de salud en igual período, fue del 280%. Los derechos más invocados por acción de tutela son el derecho a la vida (36,5%), de petición (36,4%) y a la salud (35,9%), este último invocado en más de la tercera parte de las tutelas.
La anterior fue la conclusión central del estudio La tutela y el derecho a la salud, período 2003-2005, primera actualización de la investigación que realizó la Defensoría del Pueblo en 2004, y cuyo propósito fundamental era establecer un indicador objetivo que permitiera controvertir afirmaciones generales y juicios tendenciosos sobre la utilidad e importancia de la tutela como mecanismo de salvaguarda del derecho a la salud. El resultado fue inesperado e impactante: se comprobó la vulneración casi general del derecho a la salud, con sus obvias consecuencias para la salud, la vida y la integridad de los colombianos: 60.000 tutelas anuales clamaban por una orden judicial para que se reconociera un plan de beneficios obligatorio, previamente pagado con una prima individual de salud -Unidad de Pago por Capitación, UPC-, alimentada con recursos fiscales y parafiscales.
La actualización busca diagnosticar de forma descriptiva una fisura del funcionamiento del sistema de salud, en especial la negación del acceso a servicios sustentada por los responsables de administrar recursos de un bien público delegado por el Estado.
Conclusiones
- En 2005 se interpusieron 224.270 tutelas, un 13% más que en 2004 y un 160% más que en 1999. Más de la tercera parte de las tutelas reclamaban derechos de salud, y de éstos, más de la mitad (56.4%) solicitaban contenidos del Plan Obligatorio de Salud -POS-.
- Antioquia origina más de la tercera parte de las tutelas en salud; le siguen Bogotá, Valle y Santander; en Antioquia, son en promedio 47 tutelas por cada 10.000 habitantes cada año. Y en los nuevos departamentos y Cundinamarca hay 1 ó 2 tutelas por cada 10.000 habitantes.
- Más del 87% de las tutelas en salud favorece a los accionantes y una gran parte de las denegadas obedece a factores distintos del reconocimiento del derecho, como carencia de objeto (muerte del accionante) o hecho superado (cuando la entidad aseguradora resuelve la petición antes del fallo). No obstante el gran porcentaje de tutelas concedidas, se detectó una práctica recurrente por algunas aseguradoras: cumplen la orden del juez en el primer o primeros meses o cuando media nuevo apremio judicial, pero luego incurren de nuevo en las mismas fallas del servicio. La Defensoría denuncia que tal práctica puede constituir un fraude a resolución judicial, conducta establecida en el Código Penal como delito contra la eficaz y recta impartición de justicia (art. 454).
- El 77% de las tutelas se instaura contra las entidades de aseguramiento del Sistema de Seguridad Social en Salud que administran el régimen contributivo y subsidiado.
- El Seguro Social con 72 tutelas anuales por cada 10.000 afiliados compensados, es la EPS que mayor número de acciones recibe; le siguen Salud Colombia con 41 y Sánitas con 34. No obstante, en 2005 todas las entidades tienen el indicador más alto del período.
- El indicador de número de tutelas por cada 10.000 afiliados es más bajo en las EPS del régimen subsidiado que en las del contributivo.
- La falta de cobertura en aseguramiento y lo limitado del POS subsidiado -entre los aspectos más destacados- hacen que 14,6% de las tutelas sea contra entes territoriales.
- Del total de tutelas, el 2,4% corresponde a acciones contra IPS. De ellas se mencionan -dentro de las 26 que registran mayor frecuencia de demandas a 4 entidades de las que contratan por capitación (Fundación Médico Preventiva, Cosmitet, Comsalud y Servir).
- Alrededor de 1.000 tutelas anuales son interpuestas por la población carcelaria para acceder a servicios de salud, especialmente para solicitar cirugías.
- El 20,1% de las tutelas solicita exámenes paraclínicos, seguido de medicamentos (18,4%) y cirugías (17,6%). La solicitud de medicamentos fue la más reiterada en 2005.
- El 56,4% de las solicitudes de las tutelas en salud contra aseguradoras corresponde a contenidos del POS, debido en gran parte al permisivo margen de interpretación que, de mediar voluntad, desaparecería con una juiciosa reglamentación del Mapipos.
- Las semanas mínimas de cotización no son factor preponderante para la negación de los servicios de salud incluidos en el POS.
- Incluir la carga viral y los antirretrovirales Abacavir, Efavirenz y Lopinavir + Ritonavir en el Acuerdo 282 de 2004, redujo el número de tutelas interpuestas por pacientes con VIH/sida.
- Las solicitudes en las tutelas de exámenes contenidos en el POS (73,7%) van desde quellos básicos como cuadros hemáticos y glicemias hasta los más complejos como tomografías axiales computarizadas (TAC) y resonancias magnéticas.
- A pesar del alto porcentaje de exámenes contenidos en el POS, algunos son negados porque el medio de contraste requerido no se considera incluido en el mismo.
- Las EPS no les están dando la importancia necesaria a los programas de promoción y prevención, pues siguen apareciendo en las tutelas exámenes para detección temprana de enfermedades (como citologías, mamografías y antígenos prostáticos).
- Más del 80% de los medicamentos tutelados corresponde a medicamentos No POS, siendo más reiterados los de marca, a pesar de que en algunos casos, el principio activo está en el POS.
- El 89% de las cirugías solicitadas por tutelas está contemplado en el POS y su negación se debe principalmente a la no autorización de dispositivos (prótesis, válvulas, lente intraocular, grapas etc.) considerados, en algunos casos, por fuera del POS. En otros casos su negación se debe a la solicitud de nuevas tecnologías (laparoscopias).
- Las cirugías son la tercera solicitud más frecuente en tutelas, con 17,6%. El 63% se concentra en ortopedia y traumatología, cardiología, oftalmología, oncología y general.
- La negación de tratamientos es la cuarta causa más frecuente de tutela, con 12%. Cinco especialidades concentran el 60%: oncología, cardiología, ortopedia y traumatología, neurología y nefrología.
- El 92,7% de tratamientos tutelados están en el POS y son tratamientos integrales de enfermedades de alto costo (cáncer, angioplastias, reemplazos de cadera y diálisis).
- La negación de prótesis y órtesis se centra en las que requieren especificaciones mayores a las contempladas en el POS (stent medicalizado, marcapasos, prótesis articuladas y de material determinado).
- La negación de citas médicas especializadas está asociada a patologías que en el futuro pueden ocasionar gastos, no sólo en el tratamiento sino en otros insumos relacionados.
- El 84,1% de los procedimientos está dentro del POS y corresponde a cateterismos, mapeos, litotripcias y terapias neurales, entre las más frecuentes.
- Los ciudadanos continúan usando la tutela para reclamar de su empleador los aportes a la seguridad social y el reconocimiento de prestaciones sociales.
 
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