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Proyecto sobre mecanismos diferenciales del aseguramiento abre debate por impactos

Autor
Por: Yenny Escobar Álvarez
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El “Proyecto de decreto sobre mecanismos diferenciales para la operación del aseguramiento en salud con enfoque poblacional y territorial”, publicado oficialmente por el Ministerio de Salud y Protección Social, reabrió un debate de fondo sobre el modelo de aseguramiento en Colombia. Aunque el documento hace parte del trámite normativo regular, aún no ha sido expedido como decreto ni tiene efectos jurídicos obligatorios. En este escenario eventual —en caso de que llegue a adoptarse— distintos actores del sector analizan y advierten posibles impactos sobre la competencia, la libre elección y el equilibrio territorial del sistema de salud.

El proyecto propone modificar el Decreto 780 de 2016 mediante la creación de un nuevo capítulo sobre la operación del aseguramiento con enfoque territorial y poblacional. De acuerdo con el texto, la iniciativa busca “garantizar equidad, sostenibilidad financiera y acceso efectivo a los servicios”, mediante reglas más estrictas para la permanencia de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) en departamentos y municipios, así como nuevos criterios para la asignación de afiliados en escenarios de retiro, liquidación o pérdida de autorización.

Enfoque territorial: ¿equidad o concentración?

Uno de los puntos más sensibles del proyecto está en la definición de límites para la operación de las EPS según criterios poblacionales. El artículo 1 propone la creación del capítulo 7 del Decreto 780 y establece que, a nivel nacional, las EPS con más del 20 % de afiliados contarán dentro del número máximo permitido para operar en cada territorio.

Mientras el Gobierno sostiene que este diseño busca eficiencia operativa y sostenibilidad financiera, críticos del proyecto advierten que estos límites podrían traducirse en una mayor concentración del aseguramiento, especialmente en territorios con baja densidad poblacional, donde la posibilidad real de elección del usuario quedaría prácticamente anulada.

Asignación obligatoria de afiliados: continuidad vs. libertad de elección

Otro eje central del proyecto es la asignación obligatoria de afiliados cuando una EPS se retire voluntariamente, sea liquidada, intervenida o pierda su habilitación. En estos casos, la Superintendencia Nacional de Salud deberá ordenar la entrega inmediata de las bases de datos a la ADRES y al Ministerio de Salud, que contarían con cinco días hábiles para realizar la asignación.

El borrador del decreto es explícito en que, si existe una sola EPS que cumpla las condiciones, esta recibiría el 100 % de la población afiliada. Si hay varias, la asignación se haría “en proporción inversa al número de afiliados que ya tengan”. Solo después de 60 días los afiliados podrían ejercer el derecho al libre traslado.

Aunque el objetivo declarado es garantizar la continuidad en la atención y evitar vacíos de aseguramiento, el mecanismo plantea interrogantes sobre el peso real de la voluntad del usuario en contextos de reordenamiento institucional, así como sobre la capacidad operativa de las entidades receptoras para absorber poblaciones completas en plazos tan cortos.

Ajustes financieros: alivio temporal con reglas asimétricas

El artículo 5 del proyecto ofrece a las EPS que hayan incorporado afiliados antes de la implementación del decreto un alivio temporal en el cumplimiento del patrimonio adecuado.

Además, se incluye un párrafo transitorio para las asignaciones entre 2019 y 2022, con una reducción única que se ajusta de manera gradual en los años subsiguientes. Por otro lado, las EPS que tengan afiliados después de que se expida el decreto no podrán beneficiarse de esto. Este diseño ha generado cuestionamientos sobre la asimetría regulatoria entre EPS “históricas” y futuras receptoras, así como sobre los incentivos reales para asumir afiliados en escenarios de alto riesgo financiero y alta presión asistencial.

La alerta de los usuarios

En paralelo al debate técnico, la Mesa Nacional de Asociaciones de Usuarios en Salud emitió una alerta pública ante los cambios administrativos que se encuentran en consulta pública y que, en caso de ser aprobados en los términos actuales, podrían derivar en traslados masivos de afiliados del sistema de salud. Según la organización, estas medidas impactarían a 6.606.371 usuarios en distintas regiones del país.

El pronunciamiento fue dirigido a los entes de control y a la opinión pública, ante lo que la Mesa califica como un riesgo de profundización de la crisis que ya enfrentan usuarios, pacientes y trabajadores del sector salud. La iniciativa establecería un proceso de habilitación de las EPS con base en criterios territoriales, con efectos directos sobre la continuidad de la atención y el acceso efectivo a los servicios.

Uno de los puntos centrales de la alerta es el traslado masivo de afiliados entre EPS como consecuencia de la aplicación del decreto. Según la información divulgada por la Mesa, 3.198.875 usuarios serían trasladados a la Nueva EPS, 289.262 a Savia Salud y 533.429 a la EPS S.O.S, entre otros movimientos. La organización advierte que estos traslados se realizarían sin mediar la decisión individual de los afiliados.

En este contexto, la Mesa alertó: “Los usuarios afectados en virtud del decreto serán trasladados a EPS intervenidas sin capacidad de prestación de servicios, vulnerando sus derechos”. El pronunciamiento también recuerda que las EPS intervenidas concentran el mayor volumen de usuarios que serían trasladados, pese a que, según informes de la Contraloría General de la República y declaraciones públicas del propio Gobierno, estas entidades no han logrado mejoras sostenidas en la prestación oportuna y digna de los servicios.

Otro de los riesgos señalados es la interrupción de tratamientos médicos, en particular para pacientes con enfermedades crónicas, oncológicas, raras o de especial cuidado. La organización advierte que los cambios administrativos podrían afectar la continuidad asistencial y generar nuevas barreras de acceso, en un contexto ya marcado por dificultades estructurales del sistema.

Las alertas frente a un eventual reordenamiento del aseguramiento en salud no son nuevas. Desde septiembre de 2025, en entrevista a un medio nacional, la presidenta de Acemi, Ana María Vesga, advirtió que “existe un alto riesgo de que esos traslados se traduzcan en deterioro de la atención”, especialmente en un sistema que ya enfrenta problemas de capacidad, financiación y continuidad de tratamientos.

Pacientes Colombia advirtió que los cambios propuestos en la operación del aseguramiento en salud, actualmente en discusión, podrían tener impactos significativos sobre los derechos de los usuarios si no se implementan con criterios de gradualidad, transparencia y participación. La organización señaló que eventuales procesos de reasignación o traslado de afiliados deben garantizar, en todo momento, la continuidad de los tratamientos, el acceso oportuno a medicamentos y la estabilidad de los pacientes con enfermedades crónicas, raras y de alto costo.

La aclaración oficial del Ministerio

Tras la difusión de estas alertas y las interpretaciones de distintos actores del sector, el Ministerio de Salud y Protección Social emitió un pronunciamiento oficial para precisar el alcance de la normativa. En su comunicado, la entidad señaló que “el proyecto de decreto sobre mecanismos diferenciales para la operación del aseguramiento en salud, con enfoque poblacional y territorial, no dispone traslados indiscriminados ni automáticos de afiliados”.

El Ministerio indicó que “cualquier proceso de asignación de afiliados que pueda adelantarse se realizará con base en criterios técnicos, de manera gradual y con salvaguardas orientadas a proteger la continuidad del aseguramiento y la atención en salud de la población”.



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