MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 5    NO 60   SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Protección
Medico Jurídica Integral

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Nuestra ventaja competitiva en el mercado se respalda con:
1 Protección Médica-Jurídica y Económica, integral e ilimitada en calidad y cantidad, a profesionales, tecnólogos, técnicos y auxiliares del sector salud, incluyendo médicos veterinarios y/o zootecnistas, médicos internos y estudiantes en prácticas de último año de las profesiones y demás disciplinas de la salud; y a quienes de ellos que desempeñen cargos directivos; en todas las instancias procesales, aún en los recursos extraordinarios tramitables ante los Altos Tribunales. Lo anterior comprende promoción, prevención, consultoría, asesoría, defensa y apoyo económico a los Asociados indicados.
2 Protección retroactiva integral hasta quince (15) meses antes de la afiliación como asociado. La única excepción es el cumplimiento de las obligaciones decretadas por fallo o sentencia judicial ejecutoriada, en el evento de producirse, cuyas obligaciones no son pagadas o atendidas por PROMEDI, sino por el asociado que ha sido demandado.
3 Apoyo económico hasta por diez (10) meses, cuando el asociado ha perdido su empleo o trabajo, porque lo suspendieron en el ejercicio de su profesión u oficio, o bien, ha sido sometido a prisión y se imposibilita su práctica, por un hecho derivado de un acto propio de su profesión u oficio. El apoyo económico varía de uno (I) a tres (3) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).
4 En su condición de Organización Cooperativa, PROMEDI devuelve o reembolsa los aportes sociales, cuando se retira el asociado después de haber disfrutado y recibido una protección médico-jurídica y económica integral e ilimitada.
5 Consultas y asesorías médico-jurídicas en los aspectos legal, jurisprudencial y doctrinario, en todos los casos de interés para el profesional, tecnólogo, técnico y auxiliar de la salud, en el análisis de actos propios de su profesión u oficio.
6 Servicio informativo y de cultura médico-jurídica básica, mediante la realización periódica de conferencias, cursos, talleres, seminarios, foros y congresos y con la publicación de un boletín y una revista analítica de temas y casos de especial interés.
7 Centro Nacional de Conciliación, para atender los casos de responsabilidad en la práctica de la medicina, que sean susceptibles de conciliación.
8 Servicio de Urgencias Jurídicas Integrales Permanente (SUJIP) durante las 24 horas del día, relacionadas con el aspecto médico legal de sus asociados.
9 Disposición de consultaría y asesoría médico-jurídicas las 24 horas a través de línea telefónica y/o fax.
10 Para atender los objetivos, fines y misión de PROMEDI, se dispone de talento humano interdisciplinario, único en nuestro medio, constituido por profesionales de la salud-abogados: médicos-abo-gados, odontólogos-abogados, bacteriólogos-abogados y demás profesionales, tecnólogos, técnicos y auxiliares de la salud-abo-gados; y por un selecto grupo de juristas especializados, verdaderos expertos en cada tema.
11 Consentimiento informado claro y preciso para el Asociado, sobre las implicaciones médico-jurídicas y económicas en las demandas y/o denuncias, sin crear falsas expectativas de triunfalismo ni derrotismo, de acuerdo al caso jurídico que se tramite en su contra y para la defensa adecuada del asociado.
12 Protección Total del patrimonio económico del Asociado; con el cumplimiento de todas las obligaciones decretadas por fallo o sentencia judicial ejecutoriada o decididas en Audiencia de Conciliación o en transacción; pago completo de los honorarios de abogado, peritos, cauciones, gastos procesales, costas y agencias en derecho y el pago de los impuestos que demanda la afiliación del Asociado; cubiertos en un ciento por ciento (100%) para todos los procesos por PROMEDI. Además con la instauración de la demanda de reconvención (o contrademanda) en todos los casos que sea factible o recomendable, sin ningún costo para el Asociado.
13 El Producto PROMEDI, es el único en el medio que no se agota; que no tiene la fragilidad de recortar el monto o la calidad de las protecciones ofrecidas o el peligro de que se agoten en su totalidad, al término de ciertas reclamaciones o procesos terminados en conciliación o en transacción, o cuando un mismo acto de la profesión u oficio da origen a dos (2) o más procesos (penal, civil, ético-profesional y disciplinario institucional) o cuando se han atendido dos (2) procesos civiles y/o contencioso administrativos; o cuando se han atendido dos indagaciones preliminares en casos penales, sin importar en ningún caso el fallo o decisión final obtenido.
PROMEDI atiende la responsabilidad civil contractual y extracontractual, hasta los veinte (20) años después del último acto propio de la profesión u oficio realizado por el Asegurado.
"Con PROMEDI, la protección integral al asociado de los riesgos y su patrimonio, no es un sueño; es una palmaria realidad”
Oferta de servicios potencial a entidades.
1 A las Empresas Sociales del Estado (E.S. Es), Hospitales o Unidades de Salud de Primero, Segundo o Tercer Nivel de complejidad en la prestación de servicios médicos, se ofrece afiliar los cargos creados y correspondientes a profesionales, tecnólogos, técnicos y auxiliares de la salud para la práctica del año rural o como trabajadores de planta y para quienes desempeñen cargos directivos o de confianza y manejo; oferta que se hace extensiva a las entidades hospitalarias, clínicas o prestadoras de servicios de salud.
El contrato de afiliación comprende consultaría, asesoría, apoderamiento y apoyo económico para el cumplimiento de las obligaciones decretadas por fallo o sentencia judicial ejecutoriada, siempre y cuando la responsabilidad recaiga sobre el profesional, tecnólogo y técnico o auxiliar de la salud y no sobre la institución clínica, hospitalaria o prestadora de servicios de salud a causa de falta o falla en el servicio.
2 Consultaría, asesoría y apoderamiento para la defensa de los intereses y derechos de las entidades hospitalarias, clínicas o prestadoras de servicios de salud, cuando sea objeto de una demanda por responsabilidad en la práctica de la medicina o la prestación de servicios de salud.
3 Consultaría y asesoría médico-científica para el análisis de casos en demandas a E. P. S.s, I. P. S.s y Compañías de Seguros, involucradas por responsabilidad en la administración de la salud y práctica de la medicina.
MEDELLÍN:
Calle 54 No. 45 - 58 Oficina: 512 PBX: 513 59 09 Ed. Centro Caracas II Telefax: 512 75 17 E-mail: promedijuriecon@epm.net.co
BOGOTÁ:
Calle 33 No. 16 - 46 Tel.: 609 17 74
BARRANQUILLA:
Calle 78 No. 57 - 215 Unidad Médica Villa Country
Oficina: 403 Tel.: 355 47 18 Telefax: 355 46 18
PALMIRA - VALLE:
Calle 29 No. 20 - 50 Clínica Maranatha
Oficina: 201 Tel.: 273 41 55 Telefax: 271 66 48
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