MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 7    NO 82    JULIO DEL AÑO 2005    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Enfermedades de Alto Costo:
una realidad apremiante

Francisco de Paula Gómez - depaula@netcard.net.co - elpulso@elhospital.org.co
Las altas tasas de incidencia y prevalencia por Enfermedades de Alto Costo (1), las convierte en una de las amenazas macroeconómicas más importantes para el Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSS-. Se calcula que el sistema de salud colombiano invierte en su atención más de un billón de pesos al año, cifra que con seguridad no refleja la realidad, pues el dato no incluye los gastos de bolsillo de la población; infortunadamente, semejante cantidad de recursos se muestra insuficiente para lograr la adecuada atención de estos pacientes, y la
preocupación por solucionar este problema de salud, como por conseguir los recursos, es cada vez mayor. Solo por nombrar algunas, las estimaciones dan cuenta que los pacientes con Insuficiencia Renal se triplicarían en 5 años y que en el año 2010 serían cerca de 30.000; en el caso de VIH-sida, no es un misterio que esta enfermedad se ha convertido en la pandemia de esta modernidad, y que la atención por paciente oscila entre uno y dos millones de pesos mes. En la tabla anexa, puede notarse la proyección de la prevalencia de VIH-sida por 100 habitantes desde 1980 hasta el año 2030.
Aunque el SGSSS prevé la atención de este tipo de enfermos al destinar dentro de los cálculos actuariales de composición de la Unida de Pago por Capitación -UPC-, un 10% del valor de la misma, es un hecho que la realidad está superando cualquier previsión. Creo que existen varias razones:.
VIH-sida. Prevalencia Nacional de Adultos

Fuente: Subdirección de Vigilancia y Control en Salud PúblicaInstituto Nacional de Salud
A. El perfil epidemiológico que existía cuando se planteó la reforma de salud, ha venido variando en los tres últimos lustros, y con seguridad que el número de pacientes con Enfermedades de Alto Costo se ha venido incrementando.
B. Es probable que hubiera algún grado de sub-registro en el pasado y se tuvieran cifras de enfermos menores a las reales. Por ello es posible que el problema se vea en una dimensión más preocupante ahora que en el pasado.
C. Indudablemente, no existe una política integral de Salud Pública para enfocar este problema. El esfuerzo aislado de algunas entidades por tratar de solucionar el problema, no alcanza para controlar estas enfermedades.
D. En la medida que se ha ido perdiendo el control de programas de prevención -dentro de una estrategia de Atención Primaria-, como hipertensión arterial, diabetes, enfermedades de transmisión sexual, citología de cuello uterino, etc., las complicaciones naturales
del proceso de salud-enfermedad terminan con la instauración de tratamientos curativo-paliativos de enfermedades ruinosas.
E. Para el tratamiento de Enfermedades de Alto Costo el uso de la tecnología es cada vez más oneroso, debido a los rápidos avances de la misma en el mundo desarrollado, e incorporar la nueva tecnología para un país en desarrollo como el nuestro es cada vez más difícil.
Propuestas planteadas
Aunque la realidad muestra que se hace inaplazable buscar alternativas ESTRUCTURALES para solucionar la situación, so pena de vernos abocados a un problema de grandes proporciones en un futuro inmediato, observamos iniciativas que probablemente no sean la respuesta y que son motivo de preocupación:
1. Proyecto de Ley No. 205 del Senado de 2005, 062 de la Cámara de 2004, “por el cual se adoptan normas para mejorar la atención por parte del Estado colombiano de la población que padece de enfermedades ruinosas o catastróficas, especialmente el VIH-sida”. Este proyecto de origen parlamentario fue aprobado en último debate de la Plenaria del Senado el pasado 20 de junio, y busca la atención integral de todos los colombianos con Enfermedades de Alto Costo. Su objetivo es indudablemente bueno, sin embargo se observa con preocupación, que consagra unas obligaciones tan amplias y generosas como imprecisas en sus alcances jurídicos y financieros, que puede crear una serie de tensiones dentro del Sistema que podrían resquebrajarlo: A) A los prestadores de servicios de salud se les obligaría a prestar atención de laboratorio, asistencia médica y hospitalaria, y suministro de dispositivos médicos para cualquiera de las enfermedades catastróficas. Con la Ley 100 de 1993 los prestadores están en la obligación de atender a cualquier colombiano que requiera la atención inicial de urgencias; pero del proyecto puede desprenderse, que bien podría en este caso tratarse de atenciones médicas y quirúrgicas ambulatorias o electivas, para hacer luego los recobros respectivos al Fondo de Solidaridad y Garantías -Fosyga-; en esas condiciones, los hospitales tendrían que asumir inicialmente el costo de esas atenciones, profundizando aún más su difícil situación financiera y dificultando el acceso al resto de la población para recibir otros servicios de salud. B) En el caso de los aseguradores, éstos tendrían que continuar con la atención de los pacientes, aún cuando éstos no estuvieren ya afiliados, recobrando con posterioridad al Fosyga; igual sucede con los entes territoriales, en caso de atenciones a personas vinculadas. C) Según lo aprobado, el Fosyga sería el responsable último de costear la atención de pacientes de alto costo, a través de su cuenta ECAT (Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito). Sin embargo, una revisión de esta subcuenta nos muestra que salvo que se adicionen otros recursos, solo contaría con $175.000 millones para estas obligaciones durante el 2005, que bajo el esquema de una atención ilimitada a cualquier tipo de paciente de alto costo, se muestra insuficiente a las claras.
Finalmente, el proyecto condiciona todo lo aprobado a la normatividad vigente o a lo que reglamenten el Ministerio de la Protección Social y el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud -CNSSS-. En conclusión, aunque el proyecto de ley tiene interés por solucionar el grave problema de las enfermedades ruinosas o catastróficas, no tiene en cuenta que es indispensable definir claramente las fuentes de financiamiento, conservando la viabilidad económica y financiera del sistema de salud y de sus diferentes agentes.
2.Proyecto de Acuerdo del CNSSS “Por medio del cual se establecen los coeficientes para cada Empresa Promotora de Salud -EPS- para el año 2005”. Este proyecto está en discusión en el seno del Consejo, y busca restablecer el equilibrio en la atención por Insuficiencia Renal entre las diferentes EPS, sean públicas o privadas, pues existe concentración de este tipo de pacientes en algunas de ellas, en especial en el Seguro Social, lo que consecuentemente pone en riesgo el equilibrio financiero de esa EPS. La metodología para compensar este desequilibrio planteado, trata de definir cuál es el promedio de pacientes con este tipo de enfermedad que debe existir en cada EPS y en el Sistema, para que los aseguradores que estén por debajo de esos promedios paguen a los que tengan excesos de concentración de acuerdo con unos coeficientes. Es decir, utiliza un modelo de vasos comunicantes para distribución de recursos.
Independiente de las causas históricas por las cuales los pacientes están concentrados en algunas EPS, y que es necesario corregir esa desviación en el Sistema, vemos que el modelo planteado no termina por resolver el problema, pues redistribuye recursos y no a los pacientes mismos, asegurando la continuidad de los excesos de concentración de pacientes de Insuficiencia Renal en donde están. Este mecanismo ya se utilizó hace 3 años por el Consejo y no modificó la situación, por tanto no hay razón para creer que sí lo hará esta vez.
Afecta a todos
Podría creerse que este es un problema exclusivo entre aseguradores, pero no es así, pues los impactos de una solución improcedente, afectarían negativamente no solo a los usuarios y a las EPS, sino que perturbaría también al Sistema y a los demás agentes del mismo. Veamos:
- Prestadores de Servicios de Salud: Como algunos recordarán, la redistribución de recursos por Enfermedades de Alto Costo hace tres años, hizo que muchos prestadores no lograran incrementos acordes en sus contratos del año siguiente al incremento de la UPC o al incremento con el que venían negociando con los aseguradores, debido a que a muchos se les transfirió el costo de esa redistribución de recursos por Enfermedades de Alto Costo. Una medida como la que se propone, promueve que a la gran mayoría le vuelva a pasar lo mismo.
- Aseguradores: Una estrategia de redistribución de recursos que sale del P y G de cada una de las aseguradores en beneficio de una tercera, termina generando un efecto regresivo, pues a nadie le va a interesar en un futuro desarrollar programas de Salud Pública para disminuir este tipo de enfermos y sus complicaciones, debido a que si logran bajas tasas los castigan, y si las mantienen altas les pagarán por ello.
Igualmente, el castigo sobre el estado de resultados de las empresas es tan importante, como que algunas de ellas deberían entregar, según los cálculos que generan los índices, hasta ocho veces el valor de sus utilidades del año 2004 en algunos casos. Sobra decir, que aunque existen polémicas acerca de si una EPS debe o no generar utilidades, tanto la Constitución Colombiana como la Ley 100 de 1993, autorizan la participación del sector privado en la atención de servicios de salud, y ello no supone de ninguna manera pérdidas e inviabilidad económica de las empresas.
- Sistema: Bajo las premisas de: un crecimiento de personas con Enfermedades de Alto Costo, su concentración en algunas entidades y recursos cada vez más insuficientes, debe buscarse un forma integral para redistribuir a los pacientes y lograr una estrategia para controlar la aparición de nuevos casos, la complicación de los viejos y lograr la aplicación de los recursos que existen para su atención. Cada día que pase, el problema se magnifica y encontrar una solución va a ser más difícil.
- Usuarios: En última instancia, termina siendo el usuario del Sistema el gran perdedor, pues ante la ausencia de programas de salud pública, integrados y efectivos, cada vez habrá más enfermos y cada vez más complicaciones. El usuario del sistema de salud requiere un modelo de gestión del riesgo por parte de la EPS a la cual está afiliado, y con el esquema propuesto es claro que ello no solamente no se logra sino que se desalienta.
No queda duda que debe encontrarse una solución para enfrentar lo relacionado con Enfermedades de Alto Costo, pero esa solución debe ser lo más integral posible y tener en cuenta fuentes de financiación razonables. Va a requerirse el concurso de muchos estamentos y debe conformarse un grupo de expertos en el tema, para que en un tiempo prudencial puedan ofrecerle alternativas de solución al problema. En cuanto a las dos iniciativas arriba planteadas, deberemos hacer un juicioso acompañamiento a las mismas y aportar los argumentos técnicos del caso.
...............
1. Acuerdo 008 de 1994 del CNSSS “Por el cual se adopta el Plan Obligatorio de Salud para el régimen contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud”: “…Aprobar como tratamientos de Alto Costo los siguientes, los cuales quedarán clasificados como catastróficos o ruinosos dentro del Plan Obligatorio de Salud, y para lo cual deberá establecerse un mecanismo de aseguramiento por parte de la EPS:
a. Tratamiento con quimioterapia o radioterapia para cáncer.
b. transplantes de órganos y tratamiento con diálisis para la insuficiencia renal crónica.
c. Tratamiento para el SIDA y sus complicaciones.
d. Tratamiento médico quirúrgico para el paciente con trauma mayor.
e. Tratamiento para el paciente internado en una unidad de cuidados intensivos.
f. Tratamiento quirúrgico para enfermedades del corazón y del sistema nervioso central.
g. Tratamiento quirúrgico para enfermedades de origen genético o congénito.
h. Reemplazos articulares.
 
Otros artículos...
Los más y los menos del primer año de subsidios parciales
En el Hospital Universitario San Vicente de Paúl - Primer trasplante intestinal exitoso en Colombia
Limites a integración vertical blindarían financieramente red hospitalaria pública
Nuevo Sistema Penal Acusatorio: aumenta responsabilidades para los médicos
Enfermedades de Alto Costo: una realidad apremiante
Sigue deficiente la calidad del servicio de EPS y ARS, afirma Defensoría del Pueblo
Colombia: un país enfermo de violencia
De reestructuraciones y pensiones
Propuestas en el XII Foro Farmacéutico de ANDI
CES ganó licitación del Ministerio de la Protección Social / Laboratorio del Invima recibe reconocimiento internacional
Tres prototipos biomédicos hechos en Medellín / Reconocen trabajos del Banco de Tejidos de Clínica Cardiovascular Santa María
Nuevas unidades en el Hospital Manuel Uribe Ángel / Feria familiar de salud en la Universidad de Antioquia
$10.000 millones para financiar ajuste en este hospital de tercer nivel - Hospital de Caldas: ¿Aún con signos vitales?
Riesgos profesionales: ¿ya no es una dimensión desconocida?
Colombia se acogerá al Reglamento Sanitario Internacional
 
 

 



Arriba

[ Editorial | Debate | Opinión | Monitoreo | Generales | Columna Jurídica | Cultural | Breves ]

COPYRIGHT © 2001 Periódico El PULSO
Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin autorización escrita de su titular
. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved