MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 5    NO 56   MAYO DEL AÑO 2003    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Informe para el sector salud

La palabra impuesto, de origen latino, tuvo su mayor uso en la época feudal. En la antigüedad representaba los tributos de guerra, rescates, indemnizaciones y gabelas sobre los pueblos vencidos, y en la Edad Media expresó la explotación de una clase de la sociedad en provecho de un grupo privilegiado. Con el paso del tiempo se formó la noción de impuesto como la contribución que debe hacer el conjunto de los ciudadanos para cubrir los gastos en función del bien común; pero la desigualdad de las cuotas y la arbitrariedad que presidía los sistemas de repartimiento y de cobranza le valieron una impopularidad que no ha desaparecido hoy.


Para el caso específico de Colombia, antes de llegar a la actual concepción tributaria de un Estado moderno, su puesta en práctica ha pasado por toda clase de abusos y excesos por parte de las clases que detentaban el poder y que mediante este instrumento dominaban y expoliaban a quienes consideraban sus súbditos, por supuesto considerados de clase inferior, y que tenían la obligación de pagar a sus nobles por el simple hecho de existir. Igualmente, la aplicación de impuestos ha sido el gatillo de importantes circunstancias históricas que han marcado hitos de la nación.
El carácter y el valor de los impuestos en los Estados democráticos, está dado porque son el instrumento mediante el cual se gestionan recursos que la sociedad necesita para desarrollar su mandato constitucional. Orden, participación, libertad, respeto, seguridad, justicia, etc., son principios que requieren destinación de dinero proveniente del erario público: sostenimiento de las fuerzas que mantendrán el orden, construcción de vías de comunicación, mantenimiento de instituciones fuertes, posibilitar la participación democrática, diseño de mecanismos de protección social, etc.
No cabe duda del gran valor que tiene para una sociedad, la bien balanceada fórmula de su condición tributaria; también es cierto que tan importante como ese equilibrio tributario, lo es el manejo pulcro y eficiente de tan ingentes recursos.
Caso salud
Para el caso de la cadena productiva de salud, lo relacionado con las cargas impositivas tiene un especial valor, aunque la verdad sea dicha, en este sector en particular nunca se ha hecho un análisis riguroso de su impacto dentro de cada uno de los eslabones productivos. Por tanto, creemos que vale la pena instar a todos los agentes del sector -prestadores de servicios, aseguradores, proveedores, gobierno, entidades relacionadas, centros universitarios, etc.-, para que profundicen en los efectos que tiene sobre su estructura de costos una bien programada y analizada planeación tributaria y la búsqueda ante los organismos estatales del caso, de una ajustada carga impositiva acorde con su realidad económica. Plantearé algunas inquietudes que pueden servir como base para iniciar la tarea que se propone:

1. Pertinencia: El aporte que realizan los ciudadanos o sus organizaciones al Estado mediante lo que denominamos impuestos, es un porcentaje determinado de sus utilidades o ganancias dadas por el ejercicio de una cierta actividad económica. De esa manera, se han definido una multiplicidad de tipos de contribuciones que entran directamente a ser captadas por el aparato fiscal del Estado y otra variedad de contribuciones denominadas parafiscales, que siendo captadas y manejadas por organismos diferentes al Estado mismo, tienen un fin específico.
Para el caso del sector salud se viene presentando desde tiempo atrás la opinión de los organismos encargados de definir impuestos en Colombia -DIAN y Ministerio de Hacienda-, que pueden aplicarse tasas de cobro sobre recursos que por definición son el producto de una previa contribución; se puede rememorar su no lejana contradicción con el que fuera el Ministerio de Salud en cabeza de Sara Ordóñez, cuando ésta defendía que a los hospitales públicos no se les debía hacer retención del tres por mil por recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).
Los recursos de este sistema no importa en que lugar de la cadena se encuentren, siguen siendo lo que son: recursos orientados a la Seguridad Social, y previamente se han comportado como una contribución tanto de empleados como de empleadores o provienen de partidas presupuestales que previamente han sido impuestos. Por tanto, tenemos la certeza que impuestos como el tres por mil, cuando se aplican a transacciones con recursos del SGSSS, están definitivamente fuera de lugar para el caso de aseguradores y prestadores de servicios de salud.
2. La equidad tributaria: La equidad es un valor muy importante dentro de cualquier orden democrático y a la cual infortunadamente se le confunde de forma permanente con la igualdad, de la que por supuesto es bien diferente. La equidad presupone un equilibrio entre lo que se recibe, lo que se da y lo que se merece o se tiene; de acuerdo con los antiguos jurisconsultos romanos, la consideraban manifestación del sentido de lo justo, innato en todo hombre, por lo que aplicada al Derecho la entendían como justicia natural, por oposición a justicia legal. Llegados a este punto, es evidente que existen fallas de interpretación del aparato reglamentario que fija los tributos para los diferentes actores del sistema de salud colombiano, donde se ha hecho evidente que aunque se entiende y se respetan los recursos de la seguridad social -tal como debe ser- que manejan las EPS, se desconoce por completo ese mismo hecho para las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), a quienes sí se les cobra el impuesto del tres por mil. Igualmente y de acuerdo con los cálculos que le hemos presentado a la DIAN, hoy se cobran unas tasas de retención en la fuente que para el caso de los prestadores privados de servicios de salud, son unas 5 veces los que finalmente deben pagar por impuesto de renta y que no guarda ninguna relación con los márgenes que maneja este sector de la economía; así se le quita un importante capital de trabajo al prestador que solo es devuelto muy posteriormente, con la pérdida subsecuente de oportunidad, de intereses y de valor real.
El pago de los impuestos debe ser equitativo para todos los actores del sistema.
3. Estabilidad y reglas clara de juego: Este es un tema del que mucho se ha hablado, pero al que poca atención se le presta, pues se ha creído que los problemas del país se resuelven haciendo “otra reforma tributaria”. El sector salud hoy tiene en el sector privado un muy importante actor que ha invertido y ha arriesgado. Si se quiere una mayor inversión del sector privado, deben diseñarse estrategias para que esas inversiones se den y se mantengan en el tiempo, máxime si se trata de un sector del área social como lo es salud.
Se debe entender que hacer empresa dentro del sector de la salud es difícil, que los márgenes son limitados y que siendo el sentido social una de las prioridades de las empresas que allí se desarrollan, también se les deben dar garantías que les permitan un equilibrado desarrollo económico y comercial, máxime en momentos en que nos aprestamos a entrar en una clara competencia con organizaciones de toda América dentro del marco del ALCA.
 
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