MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 7    NO 83    AGOSTO DEL AÑO 2005    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Ires y venires del Conpes 90
Recorte de transferencias a
departamentos: cuestión de leyes

Juan Carlos Arboleda Zapata - elpulso@elhospital.org.co
A estas alturas, parece que el problema de la disminución de las transferencias para lo que resta del 2005 encontró solución a través del Documento Conpes 94, el cual adicionó nuevas partidas para los departamentos más perjudicados; sin embargo, el trasfondo de esta situación se encuentra en una sumatoria de leyes que han creado un laberinto jurídico complejo del que difícilmente se puede escapar, y menos aún permitir conseguir recursos extras para salud. A esto se suma el interés del gobierno central por llevar los recursos de oferta a demanda, y por tanto lo que es un problema para los gobernadores de física plata con que atender a un paciente, se convirtió en un juego de fórmulas.
La queja de los gobernadores
Fue en la Cumbre de Gobernadores realizada en Neiva el 21 y 22 de abril pasado, cuando éstos hicieron la protesta formal ante el presidente Álvaro Uribe con una posición unificada sobre las implicaciones del Documento Conpes 90; allí manifestaron su desacuerdo por la asignación de los recursos del Sistema General de Participaciones -SGP- en el área de salud, y sobre
el Conpes 90 que disminuyó los recursos respecto de los asignados en el 2004, afectando a 23 departamentos. Los mandatarios propusieron que el 4,63% que faltaba por distribuir del SGP, se utilizara en tratar de compensar a los entes territoriales que habían dejado de recibir recursos.
Según el gobernador de Norte de Santander, Miguel Moreli, se ha dado un proceso de concertación permanente con el gobierno nacional para tratar de equilibrar el desajuste presentado por el Conpes 90. Por su parte el gobernador de Risaralda, Carlos Alberto Botero López, en su momento cuestionó los alcances de dicho Conpes y sus efectos, dado que “ese recorte pondrá al borde del colapso a la red de hospitales públicos del país”. En el mismo sentido se manifestó el gobernador de Caldas, Emilio Echeverri, quien analizando la situación del Hospital de Caldas, señaló como indispensable la revisión de la asignación de recursos del Conpes 90, por cuanto "si el presupuesto se afecta como está planteado, será muy difícil el propósito de agregar a la red pública de Caldas las instalaciones del Hospital Universitario, tal como se convino con el alcalde de Manizales".
Para los departamentos la situación ha sido complicada, afirmó la doctora Patricia Arenas, secretaria de salud de Santander, porque se han visto afectados en términos de tener que racionalizar recursos al máximo para la atención de la población no asegurada, y más teniendo en cuenta la problemática de los hospitales de la red pública y considerando cierto aumento en enfermedades de transmisión vectorial: “En la medida que nos reduzcan los recursos para la atención, habrá una alta incidencia de estas enfermedades y van a aumentar sus índices, que no habrá manera de atender”.
Posición del gobierno nacional
El gobierno señaló que en los montos generales de las transferencias no se presentaron recortes, sino que por el contrario, se aumentó el 7,5% con relación al 2004 como resultado de aplicar el Acto Legislativo 01 de 2001 que creó el SGP, o sea la inflación causada (5,5%) mas dos puntos; la reducción que se presentó en los 23 departamentos fue solamente la aplicación de una fórmula. El presidente Uribe declaró: “Ha habido un problema de ley que ordenaba aplicar una fórmula en función de la población realmente atendida. Por supuesto que cuando se aplica esa fórmula, unos ganan y otros pierden. Y es muy difícil hacer este ajuste para los que pierden... ahí estamos en una contradicción entre la población atendida y la historia presupuestal de los hospitales”.
La historia del Conpes 90
El doctor Félix Nates Solano, Subdirector de Salud de Planeación Nacional, informó que la Ley 715 determina que la distribución de los recursos del SGP para el componente de prestación de servicios para la población pobre no cubierta con subsidios a la demanda, se hace con base en la población pobre no asegurada. Sin embargo, la misma ley estableció un período de transición, 2002 y 2003, en el cual la Nación debía utilizar una fórmula para determinar esa población, que se calculaba con la población Dane (de cada región) y se le descontaban los afiliados al régimen subsidiado, regímenes especiales y al contributivo; en el resultado final quedaban las personas que estaban sin seguro, incluidas aquellas que eran niveles 3, 4, 5 y 6 del Sisbén, pero la Ley 715 también determinó que a partir de 2004 se calcularía la población ya no con base Dane sino Sisbén, luego de aplicar un decreto especial para el 2004, y en el 2005 terminó el período de transición.
“Si vamos a hacer un esfuerzo
presupuestal adicional, hagámoslo
pero para aumentar cobertura, no para
darle más recursos a entidades de oferta”.
Álvaro Uribe en la Cumbre de Gobernadores, abril 21 y 22 de 2005, Neiva.
En este año 2005, la población encuestada en el Sisbén se cruzó con la base de datos del contributivo, subsidiado y especiales, y ya no se descontó globalmente sino sólo las personas que estaban en los niveles 1, 2 y 3; eso implicó que las personas que no tenían seguro y estaban en niveles superiores del Sisbén ya no entraban dentro de la fórmula, con el agravante de que la población calculada antes con la metodología Dane tenía su sesgo, dado que eran proyecciones con base en el censo de 1993.
El Conpes 90 determinó utilizar un factor de protección para minimizar las caídas que se pudieran suscitar con el cambio de metodología, y ese factor se aplicó a aquellos municipios que presentaron una diferencia muy grande con la población Dane. Por otro lado se expidió el decreto 2194, que determinó que para aquellas entidades territoriales a las cuales se les había reducido su asignación, se haría una compensación con base en recursos que estaban pendientes de transformar de subsidios de oferta a demanda; esto permitió expedir el Conpes 94, haciendo una compensación del 82.5% de la diferencia de la caída entre el 2005 y 2004. Sin embargo, el decreto 2194 establece que esta metodología es sólo para la vigencias 2005 y 2006, lo que implica que a partir de 2007 entra en firme la metodología prevista en el artículo 49 de la Ley 715; por ello, las entidades territoriales tendrán que tomar otras medidas, pues esta situación que se solucionó con la expedición de un Conpes extra (el 94), volverá a presentarse en el 2007.
Un problema de poblaciones
Si bien el departamento de Boyacá fue uno de los que incrementó sus ingresos pasando de $35.000 a $36.000 millones, la doctora Lucy Esperanza Rodríguez Pérez, subgerente de aseguramiento de la Secretaría de Salud, considera que la metodología aplicada por el Departamento de Planeación Nacional necesita ajustesen el manejo de los denominadores; ella explica que para prestación de servicios tomaron el nuevo Sisbén y para denominador de salud pública tomaron la proyección Dane, que en el caso de Boyacá no estaba ajustado a la realidad y quedó por encima, un elemento preocupante por cuanto en salud pública evalúan eficiencia administrativa con base en coberturas de vacunación y al tener un denominador equivocado, nunca se alcanzarán las metas.
Frente al tema, el doctor Félix Nates indica que para la selección del denominador hay que tener en cuanta el objetivo de cada componente del Sistema General de Participaciones para salud. En salud pública el objetivo es disponer de recursos que permitan atender las acciones de salud colectiva de toda la población, y por tanto se requiere un dato de población total (Dane), mientras en prestación de servicios para la población no cubierta con subsidios, el objeto es asignar recursos y por lo tanto allí entra el Sisbén, que es una herramienta de focalización de este tipo de población.
Aumento per cápita
El doctor Santiago Montenegro, director de Planeación Nacional, manifestó que con el Conpes 90 se había producido un aumento per cápita de las transferencias, al pasar de unas de $48.019 en el promedio en las once doceavas del 2003, a $55.552 para el 2005. Algunos secretarios de salud lo consideraron como “una cortina de humo para que no se vea la realidad”, como lo manifestó el doctor Álvaro Villanueva del Atlántico, por cuanto disminución efectiva sí hubo y no solo por reducción de recursos sino al no considerar elementos como el aumento de la población. Adicionalmente, este aumento per cápita era lógico al considerar que la población objeto se redujo, al pasar de la medición Dane a la del Sisbén, sin incluir la población de sus niveles 4, 5 y 6 por dictamen de la Ley 715.
A esto se debe sumar que la implementación de subsidios parciales también redujo los montos de las transferencias, ya que estas personas no fueron incluidas en los cálculos de manera integral debido a que el Conpes 90 consideró que ya eran beneficiarios en alguna medida de un subsidio, y por lo tanto se les aplicó un descuento proporcional a su plan de beneficios. Sin embargo, el doctor José Darío Rojas Estrada, director ejecutivo de AESA, opina que los subsidios parciales solamente cubren una poca cantidad de patologías de alto costo y que son pocos los habitantes que acceden a ellas, además de que las acciones de primer nivel, promoción y prevención, consulta externa y atenciones prioritarias en salud no están contempladas dentro de estos subsidios parciales.
Otro golpe al último eslabón de la cadena: los hospitales
Las cadenas se rompen por el eslabón más débil: este caso no es la excepción y definitivamente los más débiles son también los últimos eslabones. El doctor Rojas Estrada, director ejecutivo de AESA (Asociación de Empresas Sociales del Estado de Antioquia), que agremia a los hospitales públicos de Antioquia y presidente de la junta de ACESI que lo hace a nivel nacional, considera que la re-ducción de las transferencias ahonda más la crisis de los hospitales, ya que sus ingresos en gran parte vienen del Conpes, y al disminuirlos a los departamentos ello afecta directamente a los hospitales. Al respecto indicó: “Lo más grave de esto es que se afecta la comunidad que no tiene oportunidad en atención; actualmente alcanzan los recursos para atender algunas urgencias vitales, se están muriendo los pacientes y complicando los primeros niveles de atención, ya que el sistema de referencia y contrarreferencia de segundo y tercer nivel está colapsado; un hospital de primer nivel se queda con un paciente que no es de su competencia dos semanas, porque la red no lo puede recibir por falta de recursos”.
Para el doctor Rojas la población real no disminuye, ni el número de afiliados al régimen contributivo y subsidiado ha aumentado significativamente; además, considerando que los recursos de transferencias son para atender población pobre no cubierta, los hospitales los tienen que atender sin pagadores que disminuyen a causa del Conpes, y este tipo de medidas lleva a las direcciones seccionales de salud a implementar medidas de contingencia que obligan a los hospitales a vender servicios a tarifas que dejan pérdida. “Esto es un problema de recursos: el gobierno y Planeación Nacional tienen que diseñar estrategias para subirle de nivel a la población para no subsidiar, pero la realidad del país es muy distinta, la población está más pobre”, concluyó.
Otro lío que le sale a las transferencias
El pasado 2 de junio, la Federación Colombiana de Municipios interpuso una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 921 por la cual se decreta el presupuesto de rentas y apropiaciones para la vigencia de 2005. El doctor Gilberto Toro, director de la Federación, declaró que el problema radica en que el Ministerio de Hacienda al hacer la planeación de los giros sólo programó once doceavas para la actual vigencia, siguiendo una interpretación del artículo 85 de la Ley 715; sin embargo, dicho artículo fue declarado inexequible por la Corte Constitucional mediante sentencia C-568 de 2004.
De darse un fallo positivo a la demanda, ello significaría que el presupuesto contemple las doce doceavas del 2005 más una del año pasado que se debe: estos recursos son más de un billón de pesos. Adicionalmente, el doctor Toro opinó que debido a lo sensible del tema para la inversión social y la vida municipal, el proyecto de ley que plantearía una fórmula para la distribución de transferencias a partir del año 2008, tiene que ser concertado con los mandatarios locales.
 
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