MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 7    NO 83    AGOSTO DEL AÑO 2005    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Del derecho de la niñez a una familia

¿Qué te hice yo para que me abandonaras?
Marcela Echavarría Aguirre - Periodista - elpulso@elhospital.org.co
Tenía dos años cuando llegó al Centro de Emergencia Número Uno de la ciudad de Medellín; desde entonces, instituciones de protección públicas y privadas y la calle, han sido su hogar. Ahora, a sus escasos ocho años, Esteban ya aprendió a escribir “mamá”, aunque no conoce el significado de esa palabra.
El día que lo conocí no sabía cómo acercármele. Ya me habían advertido del trato que debía tener con los niños del hogar de protección: sabía que no podía responder a sus manifestaciones de afecto de la misma manera, pues el irme y no regresar significaría para ellos una nueva castración. La sugerencia, además de dolorosa, me pareció un poco exagerada, hasta que vi y me acerqué a Esteban; lo primero y único que escuché ese día de sus labios fue: “Me llamo Esteban, tengo 8 años y ya estoy muerto”.
Hace un siglo nadie se hubiera imaginado que los niños necesitarían de instrumentos jurídicos para hacer valer sus derechos. Es más, nadie hubiera apostado porque se tuvieran que consagrar en tratados internacionales para hacerlos cumplir. Sin embargo, la realidad superó el ideal y cada año han ido aumentando los niños y niñas vinculados al conflicto armado, victimas de violencia intrafamiliar, explotación laboral, abuso sexual y abandono.
Es así como hoy, en Colombia, hay cerca de 2,5 millones de niños, niñas y adolescentes que trabajan en lugar de estudiar, 35.000 son víctimas del abuso y la explotación sexual y el 40% de las niñas vive en la pobreza (18% en condiciones de miseria). Cerca del 50% de los niños y niñas que viven en el campo abandonan la escuela al finalizar su formación de básica primaria y el VIH/sida es la cuarta causa de muerte entre los jóvenes desplazados (1).
Hoy, como Esteban, son 1.661 los niños, niñas y jóvenes en la ciudad de Medellín que viven una situación similar; es decir, abandonados o en peligro de estarlo. De éstos, 817 están en medio familiar sustituto y 844 se encuentran internados en 13 instituciones de la ciudad (2).
En Medellín, capital del departamento de Antioquia, una región donde la relación con la madre ha sido baluarte y sostén de la familia y de la sociedad misma, el promedio de niños y niñas abandonados ha aumentado en los últimos años, con un agravante: ya las madres dejan en la calle tres, cuatro y hasta cinco hijos. Así lo explica Piedad Vélez, Directora del Programa de Colocación Familia del Comité Privado de Asistencia a la Niñez -PAN-, cuando afirma que “esto obedece a las condiciones de pobreza de más del 70% de la población, al conflicto armado que trae como consecuencia el desplazamiento hacia las ciudades y por ende, la explotación económica, el abuso sexual y el maltrato intrafamiliar entre otros”.
Del derecho a una familia
El artículo 6º del Código del Menor en Colombia consagra que todo niño tiene derecho a crecer en el seno de una familia, a no ser separado de ella y a que sus padres velen porque reciban los cuidados necesarios para su adecuado desarrollo físico, intelectual, moral y social. Asimismo, el Código reconoce que el momento que vive nuestro país y nuestra sociedad nos pone de presente una total y absoluta crisis de valores en la familia, una grave situación de violencia, falta de unidad y de amor que se evidencia en la proliferación de divorcios y conflictos entre los padres, generando confusión en las orientaciones sobre las razones mismas de existir, hasta el punto de desatar un verdadero caos en el interior de los hogares (página 20, código del menor).
En este caos, la pobreza y la concepción materialista de la vida han jugado un papel importante, porque han dificultando la misión que tienen los padres de proteger, formar, educar, amar y acompañar a sus hijos en la maravillosa tarea de recorrer el mundo; y, además, han generado -entre otras violaciones a los derechos de los niños- el abandono, que según Piedad Vélez, debe mirarse desde dos perspectivas: “el abandono físico, o sea aquel padre que deja a su hijo en la calle, y el moral, el padre que no está en casa para acompañarlo”. Por lo tanto, el abandono no solo es el resultado de la situación económica, sino también el de la pérdida de valores en la sociedad y su núcleo fundamental: LA FAMILIA.
La legislación colombiana: ¿privilegia los intereses del Estado?
Para garantizar el cumplimiento de los derechos de los niños y niñas de Colombia, el Estado ha consagrado en la Constitución Nacional numerosos artículos que establecen sus derechos y deberes, así como las obligaciones de la familia, la sociedad y el mismo Estado para hacerlos cumplir. Igualmente, ratificó a través de la Ley 12 de 1991, la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.
Sin embargo, se aprecia una ambivalencia entre el Marco Legal Interno y la Legislación Internacional. Mientras en el país continúa rigiendo la Doctrina de la Situación Irregular, implementada desde 1920 con el fin de reglamentar la atención de los problemas de los menores pobres, abandonados o con conductas desviadas, a quienes se debe internar en instituciones, la Convención internacional apunta a reconocer a los niños y niñas como personas autónomas, con derechos y deberes.

“Me llamo Esteban, tengo 8 años y ya estoy muerto”
Tal ambivalencia supone en la práctica que algunos defensores de familia legislen de acuerdo a la conveniencia del Estado. Es así como de acuerdo con la situación del niño, se determina si éste es sujeto de derecho, es decir que la responsabilidad de su cuidado recae sobre la familia directamente, o si es objeto de protección, en donde el Estado es el responsable de la misma.
Así lo explica María Jaramillo (3), abogada especializada en derecho de familia, cuando afirma que “en Colombia si un niño es menor de dos años es considerado objeto de protección, porque es el promedio ideal para ser dado en adopción; pero si su edad supera los siete años, se determina que es sujeto de derechos, pues el retirarlo de la familia y ponerlo bajo alguna medida de pro-tección, implica mayores gastos para el Estado en su manutención”.
Lo expuesto por la Dra. Jaramillo se evidencia en el caso sucedido en la ciudad de Medellín con un adolescente de 14 años, cuya madre insistió en reiteradas ocasiones para que fuese recluido en un centro de observación por su conducta violenta de atacar a las personas con un chupa chupa (4); la respuesta que obtuvo siempre fue la negativa por considerar a su hijo como sujeto de derecho, lo cual la obligó a interponer una acción de tutela para que el Estado le brindara pro-tección; paradójicamente, ésta fue fallada a su favor justo cuando el joven fue asesinado.
Igualmente está el caso de Omaira, una bebé de tan solo cuatro meses que llegó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) con fracturas en todo su cuerpo; la madre argumentó que éstas habían sido ocasionadas en el hospital, la defensora de familia no encontró motivos suficiente para brindarle alguna medida de protección a la niña y se la regresó nuevamente. Hoy, cinco meses después, Omaira ha vuelto al Instituto con la mitad de su cuerpo fracturado.
Los niños y las niñas deben ser protagonistas activos de su vida
No obstante casos como éstos, el Instituto viene orientando sus esfuerzos hacia un trabajo integral con la familia y los niños; así lo manifestó la Dra. Laura Victoria Henao, defensora de familia del Instituto, al anotar que “los niños y niñas deben desarrollarse como protagonistas activos de sus proyectos de vida, brindándoles una atención integral por parte de los actores de las instituciones y el Estado. En ese sentido, el Instituto acoge la doctrina de la protección integral, reconociendo a los niños y niñas como sujetos plenos de derecho”.
Bajo esa visión integral, los expertos coinciden en la importancia de fortalecer el núcleo familiar sobre todo en los primeros años de vida del niño, pues éstos son fundamentales para su futuro en la sociedad. La jurisprudencia del artículo 6º del Código del Menor así lo expresa claramente: “La vida física, emocional, intelectual y moral del niño, y, por tanto del hombre, se fija en los primeros años en el entorno de la familia. Nada puede suplir en las siguientes fases de la vida lo que en esta etapa se omita. Bajo la guía de la institución familiar, en la niñez se educan la sensibilidad, el amor, la inteligencia y la razón, se forman el ser moral y el ser social”.
El abandono: Casi una condena a muerte
Tan importantes son los primeros años de la infancia, que cuando un niño es abandonado las consecuencias se reflejan a nivel psicosocial, cognitivo y físico, en comportamientos y actitudes como: baja autoestima, agresividad y conducta desafiante, actos compulsivos; problemas de aprendizaje, déficit de atención, retardo del lenguaje y del crecimiento, autodestructividad, letargo y desórdenes de sueño, entre otras.
Asimismo, las consecuencias del abandono no paran allí. Según Piedad Vélez, el abandono es equivalente a la muerte. De ahí que el niño o niña que se encuentra en esta situación requiera del establecimiento de vínculos afectivos perdurables en el tiempo, porque de crearse de manera temporal y enfrentarse a otra ruptura -cambio de institución, profesional tratante, etc.- significaría para él volver a morir, y de lo que se trata es de que el niño restablezca vínculos para que vuelva a vivir”.
Lo anterior explica la respuesta de Esteban y genera un gran interrogante ¿qué futuro le espera a un niño que a los ocho años se considera muerto para la sociedad?
Notas
(1) Unicef, en comunicado acerca del documental “En el mundo a cada rato”.
(2) Cifras del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Regional Antioquia.
(3) La fuente pidió reserva de su nombre.
(4) Arma blanca que causa una lesión interna y no permite el sangrado externo.
(5) Los nombres reales de Esteban y Omaira fueron cambiados.
 
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