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Observaciones a consulta
ciudadana sobre el POS
Olga
Lucia Muñoz López Periodista -
elpulso@elhospital.org.co
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Con
el ánimo de contribuir al debate público sobre
las propuestas del Ministerio de la Protección Social
y la Comisión de Regulación en Salud (CRES), la
comunidad académica de la Facultad Nacional de Salud
Pública de la Universidad de Antioquia, presentó
observaciones y propuestas sobre la Consulta participativa
de la ciudadanía sobre criterios de inclusión
y exclusión del Plan Obligatorio de Salud, POS,
realizada a través de la Internet entre el 23 de julio
al 23 de agosto pasados. |
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La sentencia enfatiza la noción
de mínimo vital, según la cual la
salud no solo tiene el carácter de derecho fundamental
en casos en que se relaciona de manera directa y grave
con el derecho a la vida, sino también
en aquellas situaciones en las cuales se afecte de manera
directa y grave el mínimo vital necesario para el desempeño
físico y social en condiciones normales. Esto
significa que la salud puede ser reclamada por toda persona
de forma inmediata al Estado, como la protección al
mínimo vital, cuyo deterioro orgánico
impide una vida normal.
Señalan por ejemplo, un planteamiento formulado a quienes
respondían: Es importante que en sus respuestas
prevalezca la condición de ciudadano que vela por el
bien colectivo sobre sus experiencias particulares.

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Al
respecto, los académicos señalaron que es el Estado
el que tiene la obligación de velar por el interés
colectivo y que la encuesta pide al ciudadano asumir una responsabilidad
excesiva y poco realista.
Respecto de la afirmación: Los servicios y medicamentos
cuyos costos puedan ser asumidos por el usuario, por ejemplo,
medicamentos de venta libre como analgésicos o antiácidos,
se indica que a priori se afirma explícitamente en la
pregunta que algunos medicamentos comunes deben ser asumidos
por el usuario sin tener en cuenta su capacidad de pago, por
lo que excluirlos afectaría la población más
pobre y vulnerable.
La academia consideró improcedente la pregunta sobre
exclusión o no en el POS de los servicios y medicamentos
cuya necesidad se origine por conductas riesgosas asumidas libremente
por la persona y que se sabe pueden cambiar negativamente su
estado de salud. Por ejemplo, deportes extremos, actividades
recreativas de alto riesgo, tratamientos de embellecimiento
y sus complicaciones. La Facultad aclara que en estos
casos se debe enfatizar en promoción, educación
para la salud y prevención, pero si ocurriese un accidente
en esas actividades, no existe sustento ético para negar
o excluir de la atención en salud a quien transgreda
normas de moral y conveniencia pública.
Sobre la pregunta de excluir o no del POS, los servicios
y medicamentos que no tengan por objeto contribuir al mejoramiento
y mantenimiento de la salud
por ejemplo, prótesis,
medicamentos para la memoria, medicamentos para la impotencia
sexual, implementos de aseo, fajas, toallas
, se
estimó que no es pertinente, puesto que no se deben poner
en el mismo rango servicios dirigidos a la rehabilitación
funcional como son las prótesis, con tratamientos de
embellecimiento, excluidos del POS.
La Facultad indicó además que el enfoque de la
encuesta electrónica estaba muy dirigido a la selección
de patologías prioritarias: Respecto a la pregunta
sobre si se deben excluir o no del POS, 'los servicios y medicamentos
que estén dirigidos a la atención de las enfermedades
menos frecuentes en el país', la consideramos improcedente,
porque se plantea la posibilidad de excluir de una atención
integral a las personas que padezcan enfermedades de baja prevalencia,
además sin tener en cuenta su capacidad de pago.
Finalmente, la academia presentó recomendaciones: Consideró
pertinente tener en cuenta experiencias de otros países
para fortalecer en Colombia el proceso de toma de decisiones
prioritarias en salud, pero recalcó que en ese proceso
es de vital importancia un mayor diálogo con el
sector académico, así como la creación
de una institución nacional de excelencia que trabaje
en red con centros reconocidos a nivel nacional e internacional
y que se encargue de desarrollar procesos de evaluación
de tecnologías en salud, así como elaborar recomendaciones
para la actualización permanente del POS y el desarrollo
de guías de prácticas en salud, de acuerdo con
las necesidades del país. Igualmente, sugirió
evitar la adopción acelerada y descontextualizada de
modelos de priorización de conjuntos de prestaciones
de salud de otros países y la elaboración de un
'POS por patologías', porque ello agravaría aún
más el estado de cosas descrito en la Sentencia T-760.
Por último, señaló que las metodologías
definidas para elaborar guías de práctica en salud,
deben tener criterios que permitan seleccionar progresivamente
diferentes problemas de salud sin cerrar la inclusión
a ninguno de ellos. |
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