MEDELLÍN, COLOMBIA, SURAMERICA No. 331 ABRIL DEL AÑO 2026 ISNN 0124-4388
El Ministerio de Salud y Protección Social avanza en la adopción de un nuevo modelo de atención en salud para la población privada de la libertad (PPL), contenido en un proyecto de acto administrativo aún en fase de publicación, por lo que podría ser ajustado antes de su entrada en vigor. Su formulación coincide con pronunciamientos institucionales que advierten dificultades en la prestación de servicios en el sistema penitenciario.
La propuesta se sustenta en disposiciones de la Constitución de 1991 (artículos 48 y 49), así como en normas como la Ley 715 de 2001, la Ley 1122 de 2007 y la Ley 1709 de 2014, que establece la creación de un modelo diferencial para esta población.
Asimismo, responde a decisiones de la Corte Constitucional, entre ellas la Sentencia T-494 de 2023 y el Auto 1677 de 2025, que reiteran la existencia de un “estado de cosas inconstitucional” en el sistema penitenciario en relación con la garantía del derecho a la salud.
El modelo propone una reorganización basada en la prestación intramural y extramural, la conformación de la Red Integral e Integrada de Prestadores (RIIPPL), condiciones de calidad y un sistema de referencia y contrarreferencia, bajo un enfoque de salud pública.
Según el documento, el modelo “organiza y efectúa la operación de los servicios de salud que deben garantizarse a las personas privadas de la libertad al interior de los establecimientos de reclusión del orden nacional y fuera de estos”. A su vez, define la RIIPPL como un “conjunto de prestadores de servicios de salud prioritariamente de naturaleza pública, articulados y coordinados de manera secuencial para garantizar el acceso efectivo”.
El diseño incluye la caracterización epidemiológica por establecimiento y la identificación de grupos de especial interés, como mujeres gestantes, personas con enfermedades crónicas y niños menores de tres años que conviven con sus madres.
El modelo se enmarca en el derecho fundamental a la salud definido por la Ley Estatutaria 1751 de 2015. En este contexto, retoma hallazgos de la Corte Constitucional. El Auto 1677 de 2025 identificó situaciones como “la inadecuada prestación de los servicios de salud”, “las deficiencias en las raciones alimentarias” y “la ausencia de atención psicológica y psiquiátrica”, particularmente en población vulnerable.
También incorpora mecanismos de articulación entre actores y niveles de atención, en línea con lo señalado por la jurisprudencia sobre problemáticas “producto de la intermediación y tercerización y desarticulación institucional”.
La formulación del modelo coincide con advertencias sobre cambios en la operación del sistema. La Defensoría del Pueblo alertó sobre el “impacto potencial que esta transición puede tener en la garantía del derecho fundamental a la salud de esta población, que depende de la protección estatal”, frente a la decisión de que la Nueva EPS asuma como operador único para más de 100.000 personas privadas de la libertad. En ese sentido, indicó que el proceso debe asegurar “la continuidad de la atención, la provisión de medicamentos y la oportunidad en los servicios para los presos”.
Por su parte, el Ministerio de Salud informó que presentó una denuncia ante la Fiscalía General de la Nación, con copia a la Procuraduría y la Contraloría, por presuntas irregularidades en el manejo del Fondo PPL. Según la cartera, se identificaron actuaciones que “no habrían sido sometidas a consideración ni aprobadas por el Consejo”, además de situaciones relacionadas con presupuesto, pasivos, contratos y una consultoría que “no cumplió el objeto contractual”.
En materia de aseguramiento, el Ministerio señaló que, mientras la población en prisión domiciliaria permanece afiliada al sistema, la población intramural —más de 100.000 personas— estaría siendo atendida sin afiliación, lo que calificó como un “tratamiento diferenciado” cuya legalidad se solicitó investigar.
A nivel territorial, la Personería de Medellín reportó fallas en la prestación de servicios de salud en la cárcel El Pedregal. Según la entidad, “se ha evidenciado de manera reiterada la insuficiencia del personal médico y asistencial, la carencia de medicamentos esenciales y la interrupción en la continuidad de tratamientos, situaciones que comprometen la dignidad humana y el bienestar de las personas privadas de la libertad”.
En paralelo, la Red de Veedurías de Colombia advirtió riesgos asociados a la implementación de un modelo de operador único. Su presidente, Pablo Bustos, señaló la ausencia de estudios técnicos, jurídicos y financieros, así como la falta de un plan de transición que garantice la continuidad del servicio.
Según estas advertencias, el cambio podría generar interrupciones en la atención y afectar principios como la continuidad y la progresividad, además de implicar sobrecostos y riesgos fiscales por la terminación de contratos vigentes.
El contexto regional evidencia que los retos en salud penitenciaria trascienden el caso colombiano. En América Latina y el Caribe, las cárceles enfrentan hacinamiento, barreras de acceso y alta carga de enfermedad.
Según explicó Mónica Alonso, jefa de la Unidad de VIH, infecciones de transmisión sexual, hepatitis virales y tuberculosis de la Organización Panamericana de la Salud, la sobrepoblación es un factor determinante: “Solo un 30 % de los países de nuestra región no tienen sobrepoblación, pero en el otro 70 % hay sobrepoblación, en algunos casos de hasta un 200 %”.
Estas condiciones inciden en la transmisión de enfermedades. “Pensemos que en las cárceles hay tanta tuberculosis, que es como de 50 a 100 veces más que en la población general”, señaló, al explicar que la incidencia puede pasar de 25 a cerca de 1.300 casos por 100.000 personas.
Además, advirtió que estos entornos “actúan como focos amplificadores de la tuberculosis en la población”. La experta también indicó que otras enfermedades presentan mayor prevalencia: “Están 17 o 18 veces más afectadas las personas privadas de libertad que la población general” en el caso de la hepatitis C, mientras que el VIH, la sífilis y la hepatitis B también registran mayores niveles de afectación.
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