|
|
A sanción
presidencial pasó el proyecto de ley conciliado en las
plenarias de Cámara y Senado, que declara la obesidad
como un problema de salud pública y ordena al Estado
la atención integral en salud a las personas que padecen
obesidad mórbida y enfermedades asociadas (y no a la
generada por prácticas alimenticias equivocadas). La
iniciativa también contempla hábitos alimenticios
saludables, la práctica de ejercicio físico y
la regulación de la venta de alimentos altos en grasas
y carbohidratos.
Elevar una enfermedad a la condición de problema de salud
pública implica que no sólo el sistema de salud
priorice su prevención, atención, tratamiento
y rehabilitación, sino que otras entidades del Estado
pongan su parte para controlarlo.
|
Por
ello, los ministerios de Cultura, Protección Social,
Educación, Transporte, Agricultura y Ambiente, así
como Coldeportes, Bienestar Familiar y Planeación, quedan
obligados por la nueva ley a promover políticas de seguridad
alimentaria, actividad física, comunicación y
creación de ambientes saludables para generar el hábito
de alimentarse de manera balanceada.
La norma es de aplicación general, pero impacta directamente
a colombianos con sobrepeso, que son el 46% de la población
(el 14% de ellos obesos), según la Encuesta Nacional
de Situación Nutricional de 2005.
Y considerando que al menos el 15,5% de los niños colombianos
sufren de sobrepeso, la norma obliga a que los colegios tengan
cuidado especial en su alimentación, en particular los
públicos. Los colegios deberán tener siempre disponibles
frutas y verduras para el consumo de los niños, y adoptarán
programas de educación alimentaria, acordes con una guía
que elaborará el Ministerio de la Protección Social
y Bienestar Familiar.
La nueva ley también plantea el incremento de la cantidad
y calidad de las clases de educación física, que
han ido desapareciendo de los colegios; esta medida se hace
extensiva a sitios de trabajo, donde se propone la implantación
de un calendario de "pausas saludables" para los empleados.
Otras disposiciones
Aunque la ley pasó sin grandes tropiezos en el Congreso
de la República, varios aspectos generaron polémica,
casi todos relacionados con la producción, publicidad
y venta de alimentos procesados; entre ellos, el de las grasas
trans o hidrogenadas (sobre todo usadas industrialmente en repostería),
y las saturadas (provenientes de animales). La ley dio un plazo
de 6 meses para que el Ministerio de la Protección Social
y el Invima definan los límites y características
de los contenidos de dichas grasas; igualmente, contempla que
las etiquetas de productos alimentarios deben ser explícitas
en cuanto a contenidos nutricionales y calóricos. Al
Invima, lo conmina a crear una sala especializada para regular
la publicidad de alimentos y bebidas, con el fin de proteger
la salud de los usuarios, especialmente de los niños.
Y los entes territoriales deberán llevar a cabo acciones
que garanticen las formas de transporte activo, como las ciclovías
y las rutas peatonales . |