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2005, Odisea del sistema
Iván
Darío Arroyave Zuluaga - Docente y consultor - Periodista
elpulso@elhospital.org.co
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El Acuerdo 282 de 2005 tuvo la delicadeza de decir en letra
chiquita las grandes novedades, pues además de fijar
el valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para
el año, en régimen subsidiado anunció una
UPC- Subcidiada especial para las 4 grandes ciudades del país
por su alta siniestralidad (lo cual quedaría en firme
en el Acuerdo 291) y aumentó el contenido del Plan Obligatorio
de Salud Subsidiado (POS-S). Luego, el Acuerdo 283 aprobó
el presupuesto de Fosyga para 2005.
Y el Acuerdo 284 dejó a muchos de una pieza: En plena
marcha de la preparación de la nueva contratación,
el Consejo de Seguridad Social en Salud no se limitó
a atajar los traslados, sino que ordenó una prórroga
de seis meses de todos los contratos de régimen subsidiado
que venían del año anterior, sin autorizar ampliación
de cobertura. Eso emparejaba de tajo la fecha de terminación
en |
septiembre
30, lo cual sugería la unificación de contratos,
otra vez. A la vez, daba un tiempo de respiro a los entes territoriales
para afrontar varios difíciles desafíos, y a la
Supersalud para terminar el oscuro proceso de habilitación
de ARS del que hoy todavía no se sabe nada. Ah, y también
fue un aire para a Caprecom, la mayor ARS de país y la
única estatal, que temía justificadamente por
la salida masiva de usuarios ora por libre elección de
usuarios de cambiar de ARS, ora por los ilegales cambios por
corretaje (traslados de usuarios de una ARS a otra
sin autorización del usuario a cambio de una comisión
ilegal para el alcalde), que la Oficina Anti-corrupción
de la Presidencia de la República tenía muy a
la vista.
Para esta prórroga, las fuentes de recursos se establecían
así: Los recursos de SGP fueron asignados mediante Conpes
88 y 90, y los entes territoriales debieron mantener el esfuerzo
propio territorial para garantizar la continuidad de los afiliados,
cifra que va tomando importancia a la fecha: 6/9 del total de
los recursos requeridos para garantizar la continuidad de afiliación
hasta marzo del 2006. Fosyga cubrió el resto.
En relación con la ampliación de cobertura con
recursos SGP, ésta se inició apenas con fecha
de 1º de agosto o 1º de octubre (prácticamente
opcional), con terminación el 31 de julio de 2006. Y
se siguió rompiendo la unidad contractual en pedazos.
Por esta época salió una tentativa fallida de
acelerar la transformación de recursos de oferta a demanda,
o sea, sacar plata de vinculados para carnetizar
en el régimen subsidiado, formalizado en el Conpes 90
y el Acuerdo 285. Pero los alcaldes y los gerentes de hospitales
no se tragaron el sapo, pues con esto se perdía dramáticamente
la liquidez de corto plazo, y el asunto tuvo que ser postergado
(Acuerdo 292). Paralelamente, el proyecto de ley 052 de reordenamiento
del Sistema General de Seguridad Social en Salud, preveía
una conversión masiva de recursos, al punto de subir
al 65% del total de SGP-salud los aportes para régimen
subsidiado (estaba en 50,4% en 2005), con el fin de llegar a
22 millones de afiliados incluyendo 4 millones mediante subsidios
parciales. Pero ese proyecto de ley está en un raro limbo,
lo que a nadie extraña dada él júbilo que
generó en los prestadores y la mortificación que
causó a los aseguradores, que son quienes siempre han
tenido la pelota. Por cierto, ¿qué hay del 052,
señores congresistas?
Volviendo a 2005, el Acuerdo 290 (modificado por el 307) abre
otra ampliación de cobertura sin cofinanciación
para 40.000 desmovilizados y sus familias y 100.000 desplazados,
con un período excepcional de junio 1º de 2005 a
marzo 31 de 2006.
Terminando el año 2005, el Acuerdo 297 estableció
la prórroga de todos los contratos que vencerían
el 30 de septiembre, lo que ya esta vez se esperaba, y se asignaron
los recursos de continuidad para los contratos que terminarían
en marzo 31 de 2006. En esta época se develan aspectos
determinantes en la historia reciente del régimen subsidiado,
como la operación regional, otra prórroga en los
traslados y la aparente imposibilidad de publicar la habilitación
de ARS (El Pulso No. 85 de octubre de 2005).
Y para el período de contratación iniciado en
octubre 1º de 2005 según Acuerdo 301 (modificado
por Acuerdo 310), se programó otra ampliación
de cobertura mediante nuevos contratos y cofinanciada con recursos
Fosyga, tanto con subsidios plenos (con nueva matriz de cofinanciación)
como parciales para iniciar en octubre 1º de 2005 (o noviembre
1º con períodos excepcionales en diciembre 1º
y 15), para terminar todos en marzo 31 de 2006. Además,
se renovó el esquema de cofinanciación para afiliación
de poblaciones especiales como indígena y rural, creadores
y gestores culturales que se asimilen a artistas y transportadores
rurales. El Acuerdo 312 aprueba ampliación para 100.000
desplazados, sin cofinanciación, de diciembre 15 de 2005
a marzo 31 de 2006. |
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