MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 16    No. 197  FEBRERO DEL AÑO 2015    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018:
mejorar acceso y calidad en salud


4 Asegurar sostenibilidad financiera
del sistema en condiciones de eficiencia

Redacción EL PULSO - elpulso@elhospital.org.co

Los logros que propició el sistema de salud fueron acompañados por incentivos de extracción de rentas por los agentes, en demérito de los objetivos de salud de la población, generando situaciones problemáticas como baja capacidad en ejecución de acciones de promoción y prevención, un aseguramiento centrado en el manejo financiero por encima del objetivo misional de gestión de los riesgos en salud y barreras de acceso especialmente para procedimientos que involucran tecnologías en la alta complejidad.
Los desarreglos micro-económicos en la relación entre agentes del sistema desembocaron en severos problemas en flujos financieros, altos costos de transacción y ruptura de la mancomunación de riesgos a través de los recobros al sistema, vía los servicios no incluidos en el plan de beneficios (No-POS). El resultado en el contexto institucional y de muchos usuarios, es la limitada legitimidad del sistema.
De ahí que los retos están centrados en culminar la aclaración de cuentas, el saneamiento contable y la consecución de nuevas fuentes de recursos, para enfrentar las presiones de gasto generadas por la creciente demanda por nuevas tecnologías en salud, la transición demográfica y los retos que impone la Ley Estatutaria. Por tanto las estrategias enfocadas a garantizar la sostenibilidad financiera en condiciones de eficiencia son:
a) Establecer medidas financieras para el saneamiento de pasivos. Será obligatorio para los pagadores generar procesos de aclaración y saneamiento de cuentas con todas las IPS. Todos los agentes del sistema depurarán sus estados financieros y provisionarán o castigarán carteras no debidamente respaldadas; y se crearán líneas de crédito blandas con tasa compensada para IPS o EPS (en éstas son uso exclusivo para pago a prestadores).
b) Obtener nuevas fuentes de recursos: Mediante el establecimiento de medidas regulatorias, como podrían ser impuestos a productos de consumo que tengan impactos negativos sobre la salud, así como el incremento de la participación del sector salud en el impuesto CREE para financiar la continuidad del aseguramiento en salud.
c) Generar estabilización financiera y fortalecimiento patrimonial. Se creará un fondo de garantías del sector salud para proteger la confianza de los agentes del sistema y asegurar continuidad en la prestación del servicio de salud, preservando el equilibrio y la equidad económica. Sus funciones: 1) Desarrollar mecanismos para otorgar liquidez al sistema; 2) Servir de instrumento para fortalecimiento patrimonial de los actores; 3) Participar transitoriamente en el capital de los agentes; 4) Apoyar financieramente procesos de intervención, liquidación y reorganización de los agentes; y 5) Hacer seguimiento a actividad de liquidadores de agentes del sistema.
Además: se establecerán condiciones únicas de habilitación financiera y de solvencia para todas las EPS, con período de transición; se reglamentará el subsidio a la oferta para Empresas Sociales del Estado (ESE) a partir de los planes financieros territoriales, con cargo al Sistema General de Participaciones (SGP); se posibilitará el uso de recursos del subsidio familiar y/o de recursos propios de las Cajas de Compensación Familiar para fortalecer patrimonialmente a las EPS en las que tengan participación o en programas de salud que administran; se continuarán programas de saneamiento fiscal y financiero de hospitales públicos y saneamiento de aportes patronales de trabajadores de las ESE; se permitirá el uso de recursos de saneamiento fiscal y financiero de las ESE para financiar la liquidación cuando haya lugar, en los programas de saneamiento fiscal y financiero; se definirán mecanismos para que el pago de servicios no incluidos en el Plan de Beneficios sean reconocidos y pagados por el Fosyga y entes territoriales sin afectar el flujo de recursos, para atender adecuadamente los servicios incluidos en el POS financiados con UPC; se establecerá la concurrencia de los afiliados al SGSSS a través de copagos, dependiendo de la capacidad de pago, para acceder a servicios no incluidos en el POS.
d) Profundizar la regulación del mercado farmacéutico. Para consolidar la regulación de precios, negociaciones centralizadas, promoción de la competencia, uso racional de medicamentos, transparencia y evaluación de tecnologías en salud, se continuará la Política Farmacéutica Nacional, bajo los principios constitucionales asociados al derecho a la salud y al desarrollo del sector industrial farmacéutico. La Política plantea estrategias que buscan mejorar el acceso, oportunidad de dispensación, calidad y uso adecuado en función de las necesidades de la población, independientemente de su capacidad de pago.
e) Robustecer la puerta de entrada de las tecnologías en salud (articulación Invima, IETS y Comisión Nacional de Precios). El Invima hace una evaluación de la calidad, seguridad y eficacia de la tecnología en salud. Las evaluaciones sobre precio de la tecnología y su aporte en términos terapéuticos frente a tecnologías existentes, se hacen una vez la tecnología ya está en el mercado, por lo cual se requieren mecanismos de articulación entre el Invima (evaluación de la calidad seguridad y eficacia), la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos (control de precios) y el Instituto de Evaluación de Tecnologías en Salud -IETS- (evaluación de costo/efectividad). También se adoptarán reglas para registrar usos fuera de la etiqueta de medicamentos, contemplados en países de referencia y que cuenten con evidencia. Y se establecerán reglas que enfaticen que la información contenida en los registros sanitarios es pública, de interés en salud y que puede ser modificada por la autoridad sanitaria con base en evidencia científica.
f) Disminuir costos de transacción en el recaudo de las cotizaciones. El titular de los recursos de las cotizaciones podrá realizarlo directamente o a través de los operadores de información PILA; en este caso se podrá realizar una subasta para seleccionar a los operadores que ofrezcan mejores condiciones financieras para el SGSSS.
g) Definición del mecanismo técnico participativo de exclusión de beneficios en salud. La adopción de la Ley Estatutaria en Salud y la Sentencia C-313 de 2014, plantean muchos retos al sector salud en los próximos años. Una de las áreas en que serán más apremiantes es la definición de la estructura de cobertura, porque en la Sentencia C-313/14 la Corte Constitucional señaló que la protección del derecho fundamental a la salud debe estar, en principio, limitada únicamente por las exclusiones, lo cual implica ajustar el sistema actual de cobertura y aspectos del financiamiento. La sentencia prevé en todo caso mecanismos para garantizar la racionalidad en el uso de servicios de salud.
En este contexto se pondrá en vigencia un mecanismo de exclusión y lista de exclusiones según el artículo 15 de la Ley Estatutaria, para establecer los primeros listados de exclusiones. Estos ajustes incluirían la definición del rol del IETS en aspectos técnico-científicos y de otras entidades en aspectos como participación, inclusión del criterio de expertos, asociaciones de profesionales de la especialidad y pacientes afectados.
Además, se debe propiciar la provisión de todo aquello no excluido en los términos de la Sentencia C-313/14, para lo cual será necesario: i) adoptar medidas para hacer viables modelos en los que se fijen varios responsables por la protección de aspectos de la cobertura; ii) implementar ajustes para fijar nuevas fuentes de financiación y mecanismos que permitan establecer primas por presión tecnológica; iii) adoptar medidas para garantizar la protección de servicios sociales complementarios; y iv) adoptar modalidades de aseguramiento para casos “globales” o “colectivos”, y casos individuales y complejos.
También se adoptarán medidas para la consecución de recursos que permitan financiar tecnologías excluidas. Y se definirán mecanismos que eviten: i) aumento de frecuencias de prescripción de medicamentos que no ofrezcan utilidad terapéutica suficiente para la adecuada atención; ii) transferencia de frecuencias de prescripción de medicamentos cubiertos en el plan de beneficios, a otros que ofrezcan perfiles similares pero a un precio mayor; iii) aumento del riesgo moral en que incurrirían pacientes y prescriptores por no tener información suficiente sobre tecnologías cubiertas; iv) problemas de sostenibilidad financiera del sistema, al no basar la prestación farmacéutica del POS en la eficiencia.
Metas
 
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