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Plan Nacional de Desarrollo
2014-2018:
mejorar acceso y calidad en salud
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4 Asegurar sostenibilidad
financiera
del sistema en condiciones de eficiencia
Redacción
EL PULSO - elpulso@elhospital.org.co
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| Los logros
que propició el sistema de salud fueron acompañados
por incentivos de extracción de rentas por los agentes,
en demérito de los objetivos de salud de la población,
generando situaciones problemáticas como baja capacidad
en ejecución de acciones de promoción y prevención,
un aseguramiento centrado en el manejo financiero por encima
del objetivo misional de gestión de los riesgos en salud
y barreras de acceso especialmente para procedimientos que involucran
tecnologías en la alta complejidad. |
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Los desarreglos micro-económicos
en la relación entre agentes del sistema desembocaron
en severos problemas en flujos financieros, altos costos de
transacción y ruptura de la mancomunación de riesgos
a través de los recobros al sistema, vía los servicios
no incluidos en el plan de beneficios (No-POS). El resultado
en el contexto institucional y de muchos usuarios, es la limitada
legitimidad del sistema. |
De
ahí que los retos están centrados en culminar
la aclaración de cuentas, el saneamiento contable y la
consecución de nuevas fuentes de recursos, para enfrentar
las presiones de gasto generadas por la creciente demanda por
nuevas tecnologías en salud, la transición demográfica
y los retos que impone la Ley Estatutaria. Por tanto las estrategias
enfocadas a garantizar la sostenibilidad financiera en condiciones
de eficiencia son:
a) Establecer medidas financieras para el saneamiento de pasivos.
Será obligatorio para los pagadores generar procesos
de aclaración y saneamiento de cuentas con todas las
IPS. Todos los agentes del sistema depurarán sus estados
financieros y provisionarán o castigarán carteras
no debidamente respaldadas; y se crearán líneas
de crédito blandas con tasa compensada para IPS o EPS
(en éstas son uso exclusivo para pago a prestadores).
b) Obtener nuevas fuentes de recursos: Mediante el establecimiento
de medidas regulatorias, como podrían ser impuestos a
productos de consumo que tengan impactos negativos sobre la
salud, así como el incremento de la participación
del sector salud en el impuesto CREE para financiar la continuidad
del aseguramiento en salud.
c) Generar estabilización financiera y fortalecimiento
patrimonial. Se creará un fondo de garantías del
sector salud para proteger la confianza de los agentes del sistema
y asegurar continuidad en la prestación del servicio
de salud, preservando el equilibrio y la equidad económica.
Sus funciones: 1) Desarrollar mecanismos para otorgar liquidez
al sistema; 2) Servir de instrumento para fortalecimiento patrimonial
de los actores; 3) Participar transitoriamente en el capital
de los agentes; 4) Apoyar financieramente procesos de intervención,
liquidación y reorganización de los agentes; y
5) Hacer seguimiento a actividad de liquidadores de agentes
del sistema.
Además: se establecerán condiciones únicas
de habilitación financiera y de solvencia para todas
las EPS, con período de transición; se reglamentará
el subsidio a la oferta para Empresas Sociales del Estado (ESE)
a partir de los planes financieros territoriales, con cargo
al Sistema General de Participaciones (SGP); se posibilitará
el uso de recursos del subsidio familiar y/o de recursos propios
de las Cajas de Compensación Familiar para fortalecer
patrimonialmente a las EPS en las que tengan participación
o en programas de salud que administran; se continuarán
programas de saneamiento fiscal y financiero de hospitales públicos
y saneamiento de aportes patronales de trabajadores de las ESE;
se permitirá el uso de recursos de saneamiento fiscal
y financiero de las ESE para financiar la liquidación
cuando haya lugar, en los programas de saneamiento fiscal y
financiero; se definirán mecanismos para que el pago
de servicios no incluidos en el Plan de Beneficios sean reconocidos
y pagados por el Fosyga y entes territoriales sin afectar el
flujo de recursos, para atender adecuadamente los servicios
incluidos en el POS financiados con UPC; se establecerá
la concurrencia de los afiliados al SGSSS a través de
copagos, dependiendo de la capacidad de pago, para acceder a
servicios no incluidos en el POS.
d) Profundizar la regulación del mercado farmacéutico.
Para consolidar la regulación de precios, negociaciones
centralizadas, promoción de la competencia, uso racional
de medicamentos, transparencia y evaluación de tecnologías
en salud, se continuará la Política Farmacéutica
Nacional, bajo los principios constitucionales asociados al
derecho a la salud y al desarrollo del sector industrial farmacéutico.
La Política plantea estrategias que buscan mejorar el
acceso, oportunidad de dispensación, calidad y uso adecuado
en función de las necesidades de la población,
independientemente de su capacidad de pago.
e) Robustecer la puerta de entrada de las tecnologías
en salud (articulación Invima, IETS y Comisión
Nacional de Precios). El Invima hace una evaluación de
la calidad, seguridad y eficacia de la tecnología en
salud. Las evaluaciones sobre precio de la tecnología
y su aporte en términos terapéuticos frente a
tecnologías existentes, se hacen una vez la tecnología
ya está en el mercado, por lo cual se requieren mecanismos
de articulación entre el Invima (evaluación de
la calidad seguridad y eficacia), la Comisión Nacional
de Precios de Medicamentos (control de precios) y el Instituto
de Evaluación de Tecnologías en Salud -IETS- (evaluación
de costo/efectividad). También se adoptarán reglas
para registrar usos fuera de la etiqueta de medicamentos, contemplados
en países de referencia y que cuenten con evidencia.
Y se establecerán reglas que enfaticen que la información
contenida en los registros sanitarios es pública, de
interés en salud y que puede ser modificada por la autoridad
sanitaria con base en evidencia científica.
f) Disminuir costos de transacción en el recaudo de las
cotizaciones. El titular de los recursos de las cotizaciones
podrá realizarlo directamente o a través de los
operadores de información PILA; en este caso se podrá
realizar una subasta para seleccionar a los operadores que ofrezcan
mejores condiciones financieras para el SGSSS.
g) Definición del mecanismo técnico participativo
de exclusión de beneficios en salud. La adopción
de la Ley Estatutaria en Salud y la Sentencia C-313 de 2014,
plantean muchos retos al sector salud en los próximos
años. Una de las áreas en que serán más
apremiantes es la definición de la estructura de cobertura,
porque en la Sentencia C-313/14 la Corte Constitucional señaló
que la protección del derecho fundamental a la salud
debe estar, en principio, limitada únicamente por las
exclusiones, lo cual implica ajustar el sistema actual de cobertura
y aspectos del financiamiento. La sentencia prevé en
todo caso mecanismos para garantizar la racionalidad en el uso
de servicios de salud.
En este contexto se pondrá en vigencia un mecanismo de
exclusión y lista de exclusiones según el artículo
15 de la Ley Estatutaria, para establecer los primeros listados
de exclusiones. Estos ajustes incluirían la definición
del rol del IETS en aspectos técnico-científicos
y de otras entidades en aspectos como participación,
inclusión del criterio de expertos, asociaciones de profesionales
de la especialidad y pacientes afectados.
Además, se debe propiciar la provisión de todo
aquello no excluido en los términos de la Sentencia C-313/14,
para lo cual será necesario: i) adoptar medidas para
hacer viables modelos en los que se fijen varios responsables
por la protección de aspectos de la cobertura; ii) implementar
ajustes para fijar nuevas fuentes de financiación y mecanismos
que permitan establecer primas por presión tecnológica;
iii) adoptar medidas para garantizar la protección de
servicios sociales complementarios; y iv) adoptar modalidades
de aseguramiento para casos globales o colectivos,
y casos individuales y complejos.
También se adoptarán medidas para la consecución
de recursos que permitan financiar tecnologías excluidas.
Y se definirán mecanismos que eviten: i) aumento de frecuencias
de prescripción de medicamentos que no ofrezcan utilidad
terapéutica suficiente para la adecuada atención;
ii) transferencia de frecuencias de prescripción de medicamentos
cubiertos en el plan de beneficios, a otros que ofrezcan perfiles
similares pero a un precio mayor; iii) aumento del riesgo moral
en que incurrirían pacientes y prescriptores por no tener
información suficiente sobre tecnologías cubiertas;
iv) problemas de sostenibilidad financiera del sistema, al no
basar la prestación farmacéutica del POS en la
eficiencia. |
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