MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 10    No. 121  OCTUBRE DEL AÑO 2008    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


La Corte uno,
Recertificación cero
Juan Carlos Arboleda Z. - elpulso@elhospital.org.co
Enredada entre la cantidad de sentencias relacionadas con la salud, proferidas por la Corte Constitucional en las últimas semanas, pasó inadvertida la sentencia C-756/08 que declaró inexequible la recertificación del talento humano en salud, fijada en la Ley 1164/07. La argumentación del magistrado Marco Gerardo Monroy se soporta más en un hecho de forma: reglamentar el derecho fundamental al trabajo es posible, pero en una ley estatutaria. La decisión es un tropiezo para quienes se aprestaban a recertificar a miles de trabajadores de la salud, y aunque empezaron las discusiones para presentar un proyecto de ley que dé vía libre al tema, salta a la vista en la sentencia que la recertificación sí tiene un impacto grande sobre el derecho al trabajo, hasta al punto que requiere un tipo de norma específica.
El antecedente más antiguo relacionado con la certificación se remonta al siglo XV en Leamedick, Irlanda, cuando los médicos de esa comunidad quisieron mostrar al pueblo que estaban actualizados para brindar atención de calidad; el concepto se trasladó rápidamente a Inglaterra, donde el gobierno laborista estableció algunas premisas para extenderlo a todo el reino (1).
El hecho, más allá de lo anecdótico, muestra que el sentido primigenio de certificar y recertificar la idoneidad profesional, está relacionado con lograr credibilidad de la comunidad a la cual se presta un servicio; y cuando el Estado sugiere la necesidad de recertificar, se puede extender, quizá sin quererlo pero simultáneamente, el manto de la duda sobre sus capacidades, y así lo entienden varios actores.
“La ley partía de un supuesto muy grave: atribuir la falta de calidad de la prestación de los servicios al recurso humano, ese era el punto central. Lo mejor que tiene el sistema de salud es el recurso humano, y no estamos peor gracias a él; recargar en los trabajadores las fallas del sistema es una falacia, que hace que no se aborden problemas esenciales como el financiamiento, el modelo de aseguramiento y la contención de costos. Además, no tenía sentido que la condición de trabajador calificado pueda ser arbitrariamente suspendida”, afirmó el doctor Carlos Alberto Giraldo, presidente de Asmedas Antioquia.
En igual sentido se manifestó la doctora Elsa María Villegas, coordinadora de la Comisión de estudio de la ley de talento humano de la Facultad de Medicina de la Universidad de Antioquia, que analiza la ley y probablemente produzca otro proyecto de ley: “El recurso humano en salud en nuestro país es una fortaleza y no una debilidad, y cuando pensamos que su actualización debe darse en términos normativos, partimos de pensar que ese recurso humano tiene debilidades muy grandes; es obvio que haya políticas que impulsen el desarrollo y la cualificación, pero si los profesionales se destacan por ser una fortaleza, se espera que respondan a una política de estímulos y voluntaria de recertificación. Resultan mas eficaces los incentivos, que una mirada de limitación normativa”.
Capacitación con responsabilidad compartida
En Colombia, el tema de la recertificación surge casi con la entrada en vigencia de la ley 100/93, momento en que empezó a estudiarse la forma de adecuar el recurso humano a las nuevas condiciones del sector salud (ver EL PULSO edición 113, febrero 2008). Para la enfermera Beatriz Carvallo, presidenta nacional de ANEC, debe existir una política coherente de recursos humanos en salud, ya que incluso pensando en términos de calidad, ésta se encuentra atada a las condiciones laborales: '¿De quien es la responsabilidad de la educación continuada?' La figura del empleador en el sector salud desapareció, la vinculación se hace a través de cooperativas, y toca entonces a cada uno capacitarse de su propio bolsillo; en medio de la inseguridad laboral que vivimos, hay que definir de quién son las responsabilidades: si quien dirige una institución hospitalaria no tiene nada que ver con sus trabajadores, de quién es la responsabilidad. ¿Del trabajador independiente en este tipo de vinculación? ¿Donde está el reconocimiento que le permite al trabajador ascender? Por eso es necesaria una política integral de talento humano”.
Dos elementos llaman la atención de la enfermera Carvallo sobre la sentencia:
el retiro anticipado por parte del Ministerio de la Protección Social del tema en las mesas de discusión de la reglamentación de la Ley 1164, lo cual la haría pensar que la intención del Ministerio era dejar pasar el tiempo ante la falta de consenso para presentarlo más adelante. La otra inquietud es frente a la Corte: “Nos sorprende que la Corte, que ya declaró exequible la totalidad de la ley, ahora diga que este artículo en particular no lo es”.
Vuelve y juega en el Congreso
En reunión organizada por Ascofame en Bucaramanga, el representante del Ministerio de la Protección Social, Hernando Cubidez, señaló la intención de presentar al Congreso un nuevo proyecto de ley sobre recertificación, salvando los errores de la Ley 1164, refiriéndose con ello al carácter de estatutaria que debe tener la ley, más no mencionó el fondo de la misma, según dijo a El Pulso, el doctor Ricardo Rozo, presidente de Ascofame. El doctor Rozo agregó que las facultades de medicina consideran importante la recertificación, pero no comparten aspectos como la obligatoriedad, que no motiva la autonomía y el autocontrol de los profesionales: “La recertificación debe ser plural y hecha por los que saben, y allí no pueden faltar la academia, las sociedades científicas, los hospitales que puedan certificar su calidad educativa, y propusimos además un Consejo de acreditación de la educación continuada. Si el gobierno tiene interés en sacar el tema adelante, lo hará, pero la aspiración de Ascofame es que se subsanen los defectos de la ley, principalmente la exclusividad que desconoce el saber de muchas entidades”.
El doctor Stevenson Marulanda, presidente del Colegio Médico Colombiano, estima que la Ley 1164 sí obligaba a los empleadores a concurrir en la capacitación de los trabajadores, y que la disparidad de opiniones obedece más a problemas de interpretación. Del mismo modo cree que no había violación del derecho al trabajo, porque la recertificación busca proteger un bien superior, el derecho a la vida; sin embargo, reconoce que la ley no era clara y dejaba vacíos de interpretación que agudizaron la discusión entre colegios y universidades, al no definir con precisión el proceso. Por tanto, calificó como positiva la sentencia, al dar una nueva oportunidad de sensibilizar la opinión sobre el tema y abrir la opción de generar una ley específica: ”Es necesaria una ley que regule la educación continua con fines de recertificación, para que no sea un desordenado mercado libre como ahora es la educación de pregrado; que reglamente la inspección y vigilancia; que controle la calidad, cantidad, pertinencia y costos de dicha educación, y defina qué actividades son válidas para dicha recertificación”.
El Colegio Médico trabaja en “cabildeo”, afirma el doctor Marulanda, así como en soportes técnicos y jurídicos para un proyecto de ley que radicaría en el Congreso: “Lo ideal sería trabajar juntos, pero hace falta ponernos de acuerdo en lo fundamental; la nueva ley debe crear un Comité Nacional de Recertificación que incluya las instituciones que tengan que ver con formación, capacitación continua y representación gremial, con funciones definidas para que asesore al colegio profesional al que deleguen la recertificación”.
El doctor Sergio Isaza, presidente de la Federación Médica Colombiana, sostiene que la nueva ley debería ser una acción concertada con todas las instituciones que representan al gremio: “Hacerlo con una representación limitada generaría dificultades y daría lugar a nuevos errores. El Ministerio de la Protección Social podría hacer una gestión concertada: estamos de acuerdo con la recertificación, pero nunca que sea una condición para que una persona trabaje; no se puede convertir en un 'peaje' que vulnere ese derecho”.
Compromisos internacionales
Para el gobierno es necesario insistir en la recertificación, por los compromisos adquiridos en tratados internacionales. “Colombia tiene compromisos en los tratados de libre comercio, desde el Acuerdo general de servicios de la Organización Mundial de Comercio y su anexo de servicios profesionales, suscrito por el país; allí se habla de la exigencia de un proceso de recertificación. El asunto es que el modelo adoptado debe ser muy bien evaluado por todas las partes implicadas”, señaló Luis Guillermo Restrepo, presidente de Assosalud, para quien la recertificación además obedece a la revisión de lo que sucede con los profesionales y los programas de formación: “Las organizaciones tenemos que encontrar nuestro papel social, y los referentes internacionales no siempre sirven para definir nuestras necesidades, porque hemos tenido un desarrollo histórico diferente. La discusión es impostergable, porque no podemos seguir con la desarticulación actual”.
Para Assosalud la sentencia es una decisión sana, que no elimina el deber ético de los profesionales de garantizar su idoneidad: de hecho, varias de sus organizaciones miembro, comenzaron procesos de recertificación voluntaria, y para su presidente, aún hay espacio para la discusión: “Existen muchos modelos de recertificación y algunos de ellos promueven un mejor estar, tanto para el profesional como para la sociedad; entre la universidad y las organizaciones profesionales se planteó un debate muy complejo, aunque históricamente no ha existido antagonismo sino complementariedad. Lo esencial es superar el interés particular y discutir sobre lo realmente conveniente”.
Los llamados al consenso están hechos, aunque las posiciones siguen divergentes; el doctor Jaime Donado, presidente de la Confederación de profesionales de la salud, no está de acuerdo con la sentencia, y piensa que la pretensión del legislador fue establecer controles y requisitos para ejercer una profesión que implica un riesgo social, sin que coartara o estableciera requisitos irracionales a los trabajadores. Y el doctor Gustavo Malagón, presidente de la Academia Nacional de Medicina, cree que la recertificación como instrumento es valiosa, siempre y cuando el sistema provea los medios y recursos para que los profesionales se actualicen. El tema no está cerrado, volverá al Congreso en varios proyectos, y posiblemente la Corte en un futuro tendrá de nuevo la última palabra 6
(1). Documento de trabajo de la Facultad de Odontología de la Universidad de Buenos Aires, citando al doctor V. Gutiérrez Maxwell en II Jornadas de Recertificación. AMA (1997).
 
Otros artículos...
Avanza construcción del nuevo Hospital San Vicente de Paúl en Rionegro
Programa “Acogen” - Atención de consulta urgente para niños y niñas
Nuevo equipo de Hemodinamia en El Hospital
Cadena de distribución de insumos hospitalarios cuenta con un eslabón muy firme - DISTRIMEDICAL LTDA. Certificación al respeto
La Corte uno, Recertificación cero
Por normas confusas, desconocimiento y falta de vigilancia - Palos de ciego del gobierno en manejo de residuos hospitalarios
Niños y niñas al borde del suicidio
Legislación sobre medicamentos biológicos: paso a la dimensión desconocida
FDA publica reporte de medicamentos de riesgo potencial
El Vigía - Pediculosis capitis: problema globalizado
Colombia ratificará Convención de Derechos de personas en situación de discapacidad
Según OMS - Malaria afecta casi a 250 millones de personas en el mundo
Falleció Sandra Ceballos, defensora de los derechos de enfermos de cáncer
“República Banana”
Platinum Superior - Consultorios
 

 



Arriba

[ Editorial | Debate | Opinión | Monitoreo | Generales | Columna Jurídica | Cultural | Breves ]

COPYRIGHT © 2001 Periódico El PULSO
Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin autorización escrita de su titular
. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved