MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 10    No. 110  NOVIEMBRE DEL AÑO 2007    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


Supersalud devolvió
documentación a Nueva EPS
Redacción El Pulso - elpulso@elhospital.org.co
Por no cumplir con todos los requisitos exigidos en la normatividad vigente, la Supersalud devolvió la documentación enviada por las cajas de compensación familiar que crearán la Nueva EPS para reemplazar a la del Seguro Social.
En carta a los representantes legales de Cafam, Colsubsidio, Compensar, Comfandi y Comfenalco Antioquia y Valle, la Superintendencia explicó las razones por las cuales la documentación presentadas por las cajas no cumple con los requisitos establecidos para la obtención del certificado de funcionamiento de la Nueva EPS S.A., especialmente los fijados en el decreto 1485 de 1994 y la circular 37 de 1994, relacionados con aspectos técnicos, científicos, de información, administrativos, contables y financieros, entre otros.
Se aclara por ejemplo, que la documentación recibida no incluye el listado de la Red de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), ni la infraestructura de sistemas requerida para almacenar y procesar la información de sus potenciales afiliados; además, no demuestra una organización adecuada en materia contable, administrativa y financiera, para cumplir con el objeto social de la Nueva EPS S.A., entre otras observaciones.
Según el análisis de Supersalud, la información presentada por las cajas permite concluir que el estudio de factibilidad tampoco cumple con lo establecido en la circular 37 de 1994. Además, de acuerdo con la certificación de la Cámara de Comercio, el capital pagado es de $2.172 millones, cifra que no cumple con el patrimonio mínimo requerido fijado en el decreto 574 de 2007, de 10.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes como capital suscrito y pagado al inicio de operaciones. La información suministrada no permite establecer el margen de solvencia, por lo cual no se puede verificar su cumplimiento.
Adicionalmente, las Cajas anexan como estudio de mercado el estudio de la Defensoría del Pueblo, “Evaluación de los servicios de salud que brindan las Empresas Promotoras de Salud 2005”, cuya importancia reconoce la Supersalud, pero que “se aleja del objetivo de disponer de información que permita validar la viabilidad financiera de la Nueva EPS”.
Igualmente, las proyecciones financieras de la Nueva EPS son condicionadas a decretos aún no expedidos, lo que deja gran incertidumbre sobre algunas variables financieras e imposibilita la evaluación de la Supersalud. Y en relación con el aviso de intención, la Súper autorizará su publicación cuando se cumpla con todos los requisitos establecidos.
Por todo lo anterior, la Supersalud requirió a las cajas el urgente cumplimiento de la documentación exigida por la normatividad vigente para la habilitación de una Entidad Promotora de Salud, así como la información necesaria para realizar la evaluación financiera exigida por los decretos 574 y 1698 de 2007 .
 
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