MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 7    NO 90   MARZO DEL AÑO 2006    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Decisión en manos de la Corteo
Aborto: enfrentamiento entre
La demanda de despenalización del aborto para los casos de embarazo por violación o inseminación no consentida, malformación grave del feto y peligro inminente de la vida de la madre, trajo el tema del aborto nuevamente a debate, pero en medio de un curioso silencio del gobierno frente a la discusión. Si bien el tema está bajo la jurisdicción de la Corte Constitucional y podría argumentarse un deseo del gobierno de no intervenir en una esfera diferente a la suya, contrasta con otros temas en los cuales sí lo hizo, por lo que ese silencio ha sido interpretado por muchos como una forma del Estado de eludir la discusión por los costos políticos que tendría.

La penalización del aborto parte de la imposición del cristianismo en Occidente. Desde el siglo tercero, el emperador Constantino para frenar la caída del imperio Romano, liga religión y Estado, generando una concepción universalista donde las prácticas “pecaminosas” bajo la visión religiosa se extendieron al ámbito de la polis, produciendo una confusión entre delito y pecado. También organizó el primer Concilio Ecuménico y dio a los obispos competencia de jueces, lo que terminó de fusionar pecado-delito.
Un problema de salud pública
El aborto es básicamente un problema de salud pública. La doctora Gladis Adriana Vélez, investigadora del CLAP de la Universidad de Antioquia, señala como las mujeres siguen abortando en condiciones inseguras, sometiéndose a procedimientos arcaicos de intro-ducción de instrumentos, situación que subsiste aún en ciudades capitales, y no como un fenómeno exclusivo de sitios alejados o zonas marginadas. “La mayoría de las veces, las pacientes que consultan por la complicación de un aborto inducido, inventan historias para justificar su consulta; las nuevas técnicas utilizadas para la terminación del embarazo ocasionan menos problemas de salud a la mujer, lo que implica que no tengamos tantas muertes por esta causa, sin que en realidad haya disminuido el número de abortos; además, es común ver que mujeres con enfermedades muy graves en las que no se termina el embarazo por consideración al feto, la madre muere: hay circunstancias médicas muy especiales en donde definitivamente habría que tomar esa decisión y debería ser dentro de un marco legal”. La doctora Vélez considera los casos fatales como la punta del iceberg: “no son estos casos los únicos determinantes. Por cada mujer que fallece, 30 sufren complicaciones: ese es el cálculo de morbilidad”.

Por cada mujer que fallece por causa de un aborto, 30 sufren complicaciones: ese es el cálculo de morbilidad.
Las cifras, según el Jefe del Departamento de Gineco-obstetricia de la Universidad de Antioquia, doctor Juan Guillermo Londoño, están rodeadas por el subregistro: “Las cifras que hablan de 400.000 abortos por año pueden ser el doble o el triple, con un agravante: un porcentaje importante de esos abortos ocurren en adolescentes, cuya característica es ser abortos tardíos por temor de hablar. También existe una relación directa entre el momento en que se practica el aborto y la mortalidad: por debajo de la semana 7 la mortalidad es baja, entre la 7 y 12 se incrementa y después de la 12 mucho más”.
La demanda
La demanda solicitando la despenalización del aborto que actualmente cursa en la Corte Constitucional, es la quinta interpuesta en la última década. La abogada Mónica Roa, quien la interpuso en las dos últimas oportunidades, señaló que éste es un asunto principalmente de mujeres de pocos recursos que no pueden pagar un procedimiento seguro o viajar al exterior para practicárselo. Según la doctora Roa hay un número altísimo de abortos, de los cuales el 30% tienen complicaciones, y de esos el 10% ocasionan en muerte de la madre. El otro elemento clave para la abogada, es que la demanda no promueve el aborto como un método de planificación familiar, sino que por el contrario plantea que lo ideal sería incorporar el tema dentro de la Política Nacional de Salud Sexual y Reproductiva: “Una vez la Corte dé el marco constitucional, el paso siguiente será que se incorpore el tema en la Política; una decisión favorable de la Corte generaría el ambiente propicio”.
Para la doctora Roa, el aborto debe entenderse como elemento de derechos sexuales y reproductivos, y en ese sentido no es deseable: “un marco de derechos reproductivos integrales incluye educación sexual, acceso gratuito y confiable a métodos de anticoncepción, porque de nada sirve gente educada sin capacidad de pagar un anticonceptivo; también, la posibilidad de abortar en casos extremos: violación, malformación del feto en donde el embarazo puede ser deseado pero la malformación hace incompatible su vida, y cuando el embarazo pone en peligro la vida e integridad de la madre: No podemos exigir a la mujer que decida entre ser delincuente o morirse; eso es ofrecer cero opciones y es incompatible con la protección de un Estado de Derecho”.
Inhibición de la Corte es más una lavada de manos
En Colombia existe desde 1910 la Acción de Inconstitucionalidad, que significa que el Congreso hace las leyes pero los ciudadanos las pueden cuestionar y demandar ante un tribunal especial: la Corte Constitucional. Según la constitucionalista Bernardita Pérez, la ley estableció unos requisitos para esas demandas, pero “la Corte ha ido creando una estructura jurídica tan sofisticada que sólo unos cuantos pueden hacer esta acción. Para mí eso es una burla al derecho que la Constitución da, porque si la demanda la puede hacer cualquier ciudadano, solo se puede exigir un mínimo de requisitos de ciudadanía, y la Corte tiene el deber de interpretar la demanda; en el caso del aborto, como en casos en que la Corte dice que la demanda está mal hecha, es un invento para no dar el debate”.
Ante la penalización vigente sobre el aborto, la profesora Pérez indica como el Estado define las conductas que reprime y sanciona, pero a veces 'le saca el cuerpo' a problemas que tendría que resolver en otro ámbito, simplemente penalizándolo: “El Estado nuestro, por una concepción profundamente clerical, a las mujeres que abortan las manda a la cárcel; pero en este problema de salud pública, para que no aborten, también se mandan a la cárcel, o sea que la respuesta a lo que no es capaz de solucionar es encarcelar a los ciudadanos, cuando no debería desestimular la conducta con temor a la prisión sino con educación. El Estado debe intervenir, pero no con leyes sancionatorias o punitivas”.
La defensa de la vida por sobre todo
El doctor Ramón Córdoba Palacio, miembro del Centro Colombiano de Bioética -Cecolbe-resume las posiciones de los opositores: “El problema del aborto es antropológico; lo lícito o ilícito del aborto es determinar qué se está eliminando; desde el momento mismo de la concepción se forma un genoma diferente al de los padres, con una vida autónoma. La teoría de que sólo hay vida al momento de anidación del nuevo ser, es hacer la definición a partir de un elemento que no es esencial: lo esencial es que la sustantividad formada en el momento de la concepción es la de un ser humano, luego no es ético suprimir vidas humanas”.
Las cifras están rodeadas por el subregistro: hablar de 400.000 abortos por año significa que pueden ser el doble o el triple, con un agravante: un porcentaje importante de esos abortos ocurren en adolescentes.
El doctor Córdoba sostiene que en las circunstancias por violación solo 1% de los casos terminan en embarazo, y que no se puede castigar con la pena de muerte al hijo mientras no se pide el mismo castigo para el violador. En los casos de malformación se pregunta: ¿qué tipo de medicina en vez de tratar al paciente que viene con deficiencias considera que el tratamiento sea eliminarlo? Y cuando existe peligro de muerte para la madre, considera que con la medicina actual, un buen seguimiento y consulta prenatal adecuada, los riesgos no se presentan sino en el último trimestre, y en ese caso no habría que abortar, sino hacer un parto prematuro donde el niño y la mamá tienen posibilidad de continuar su existencia”. Y considera el doctor Córdoba, que de aprobarse la despenalización del aborto se dejaría de lado la educación sobre la responsabilidad de procrear.
La maternidad es un don de Dios
La posición frente al aborto parte del concepto sobre la maternidad; la economista y demógrafa Carmen Elisa Flórez, quien investiga características de la familia colombiana, indica que en el país hay sentimientos encontrados en las mujeres cuando se les pregunta sobre aborto: ”Tienden a expresar que es uno de los medios en los cuales la mujer debe tener libertad para decidir y controlar el tamaño de su familia; sin embargo, por sus valores morales, a la hora de decidir, rechaza el aborto”. En una investigación realizada en 1984, por la doctora Flórez, “La transición demográfica en Colombia”, la doctora Elsy Bonilla relata: “Se observaron diferencias por grupos de edad y estrato, en la forma como explican su actitud. Las mujeres mayores y jóvenes de estrato bajo manifestaron que el aborto era un pecado ya que era “quitar la vida”, “negar el derecho a nacer” o “actuar en contra de un ser humano que no se puede defender”. Las mujeres jóvenes de estratos medio y alto indicaron que “no se podía asegurar que el aborto es un pecado” y que “depende de los valores de cada uno”.
La tradición religiosa de la mujer colombiana construyó una imagen de mujeres destinadas a la maternidad: “la maternidad determina la vida de las mujeres porque sus vidas han sido definidas por su capacidad de ser madres, lo que las coloca en el punto focal de la reproducción social.... La maternidad así definida, conlleva una contradicción: es un honor y es un costo ...”. Frases utilizadas por las entrevistadas en la investigación, muestran el arraigo de sus concepciones: “las mujeres nacieron para ser madres”, la maternidad es “la ley de la vida” y es “la misión natural”.... Ser madre es ”seguir la ley de Dios”, “Dios nos hizo mujeres”, ideas que continúan dentro del imaginario colectivo de gran parte de las mujeres colombianas.
Despenalizar para salvar vidas
“Es una vergüenza que una mujer se muera cuando vivimos una situación de modernidad, donde sería obligación del Estado atender la salud a través de la prevención”, manifiesta la doctora Gloria Stella Penagos, directora del Centro Interdisciplinario de Estudios de Género CIEG- de la Universidad de Antioquia. Para ella, la mayoría de las mujeres resuelven el embarazo no deseado en abortos por fuera del sistema de salud.
“Cuando se despenaliza el aborto en cualquier país, no disminuye necesariamente la incidencia: hay muertes maternas y menos complicaciones”, señaló la doctora Penagos. Frente al tema, el CIEG recopiló en documento enviado a la Corte, elementos que muestran como en el año 2000 costaba 5 veces más atender un parto que prevenir un embarazo no deseado. Frente a la argumentación del momento de la vida, el documento indica como si bien el cigoto posee toda la información genética, los cambios cuantitativos solos no son suficientes para producir todos los pasos del desarrollo, pues requiere de insumos exógenos como la “información operativa y transformante” de la madre, que no está en el cigoto, y que permite se den cambios cualitativos en un proceso de continuidad, los cuales son ontológicamente diferentes y solo conservan la identidad biológica.
Prima el secreto profesional
“Es absolutamente legal y no sólo legal sino obligatorio en Colombia guardar el secreto profesional consagrado en el artículo 1º de la Ley 23 de 1981, y así lo ha ratificado la Corte Constitucional en su Sentencia C-264 de 1996. La única instancia donde los médicos pueden romper ese secreto es cuando pueden prevenir la comisión de un delito, y cuando una paciente se presenta con un aborto en curso y necesita atención, el médico está obligado no sólo a prestarle la atención sino a guardar el secreto profesional, porque una denuncia no prevendrá el hecho en curso”, declaró la doctora Roa.
El enfrentamiento entre las posiciones en pro y en contra continuarán, debido a que si bien la decisión en este momento se encuentra en el campo jurídico, los argumentos y sus fundamentos parten de instancias diferentes del pensamiento: unas desde una visión de aplicación de los derechos individuales y desde la salud pública, y las otras desde la tradición cultural, moral y religiosa en que se desenvuelve el pueblo colombiano.
 
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