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Un nuevo proyecto de ley que establece disposiciones de
articulación de los diferentes actores que intervienen
en los procesos de formación, vigilancia y control
del ejercicio, el desempeño y la ética de los
recursos humanos en el área de la salud, cursa en el
Senado de la República. Se trata del proyecto 226,
de autoría de los senadores Dilian Francisca Toro Torres
y Dieb Maloof Cuse, y el representante a la Cámara,
Carlos Ignacio Cuervo Valencia, radicado el pasado 6 de mayo,
y cuyos antecedentes se remontan al archivado proyecto de
ley 017 de 2003 y otros más que fueron retirados, como
el proyecto de ley 220 de marzo de 2004, que no se diferencia
en mucho del nuevo proyecto.
Aunque recoge muchos de los postulados básicos del
017 presentado por el gobierno nacional, retirado ante la
abierta oposición y la poca acogida por parte de los
diferentes actores del sector salud, éste es mucho
más elaborado, con 59 artículos orientados según
reza en el texto, a garantizar que la formación y el
desempeño de los recursos humanos del sector responda
a las necesidades de salud de la población.
Abanico de temas
Al parecer, el proyecto trata de no dejar por fuera ningún
aspecto relacionado con los recursos humanos en salud, seguramente
como resultado de las diferentes reuniones previas de discusión
del proyecto en las que participaron la academia, organizaciones
gremiales, asociaciones de facultades, profesionales, entre
otros actores del sector, abarcando temas como pertinencia
de la formación de las competencias de profesiones
y ocupaciones del recurso humano; cantidad y calidad de los
diferentes programas de formación en el área
de la salud; vigilancia y control del ejercicio de las profesiones
y ocupaciones; desempeño del recurso humano en salud
(acto propio de los profesionales, autonomía profesional,
autorregulación profesional, políticas para
el desempeño, tarifas y tipos de contratación
para la prestación de servicios, ética, bióetica,
deberes y derechos); y los que serían los nuevos organismos
de apoyo para el desarrollo de recursos humanos: el Consejo
Nacional de Recursos Humanos en Salud (y sus respectivos comités),
el Observatorio de Recursos Humanos en Salud y los Colegios
de Profesionales.
Afirma la Vicedecana de la Facultad de Medicina de la Universidad
de Antioquia, Elsa Villegas, que al nuevo proyecto hay que
reconocerle la pretensión de formar un profesional
de la salud que corresponda con las necesidades de salud de
la población, muy diferente al pensamiento del 017/03
que planteaba la formación de un profesional para la
Ley 100 de 1993.
Igualmente el profesor Germán González, investigador
de la Facultad Nacional de Salud Pública, califica
el proyecto de integral, reconociendo que busca organizar
el tema de todas las profesiones y disciplinas del área
de la salud, y brindar un equilibrio entre la oferta
y la demanda del recurso humano, de tal manera que se beneficia
la comunidad y el prestador de servicios de salud que vive
de su trabajo.
Recertificación debe hacerla
la Universidad
No obstante estas miradas de aprobación al proyecto,
algunos temas son objeto de debate y controversia, como la
pérdida de la autonomía universitaria en aspectos
vitales como la educación continua del profesional
de salud y el nuevo proceso de recertificación, mecanismo
novedoso que pretende garantizar la idoneidad permanente del
egresado y su cumplimiento de los criterios de calidad en
la prestación de los servicios de salud.
El proyecto establece que dicho proceso estará a cargo
de los Colegios de Profesionales, propuesta fuertemente rebatida
por representantes de la Red Nacional de Universidades Públicas
con Programas de Formación en Salud, quienes manifestaron
que la recertificación representa, en esencia,
la renovación del título profesional, y por
ley la expedición de títulos es competencia
exclusiva de las instituciones de educación superior
(Ley 30 artículo 24). Por lo tanto, consideran
que las más competentes para adelantar este proceso
son las universidades formadoras del talento humano en salud.
Asimismo, la doctora Elsa Villegas explicó que esta
responsabilidad debe estar a cargo del sistema universitario
nacional, que tiene una trayectoria importante por las exigencias
de la certificación y la acreditación, con lo
cual garantiza un mayor nivel de calidad, transparencia y
pureza en el proceso. Además, anotó la vicedecana,
se deben consolidar los Colegios de Profesionales, pues son
organizaciones incipientes sin la suficiente solidez para
implementar y desarrollar la recertificación de los
egresados universitarios
Sobre la autonomía universitaria
Igualmente, el proyecto indica que será competencia
del Consejo Nacional de Recursos Humanos en Salud, proponer
las competencias profesionales y perfiles ocupacionales de
los diferentes auxiliares, técnicos, técnicos
profesionales, tecnólogos, profesionales, especialistas,
doctorados y post-doctorados comprometidos en la prestación
de servicios del sector salud, enunciado que a juicio del
doctor Ricardo Escobar, presidente de la Asociación
de Facultades de Medicina -Ascofame-, desconoce varios procesos
de autorregulación generados desde las facultades de
medicina, y duplica algunas acciones que ha adelantando e
impulsado Ascofame en regulación de pregrados, postgrados
y definición de competencias, aspectos que intervienen
con la autonomía universitaria.
¿Y los hospitales universitarios?
El doctor Jorge Luis Jiménez, en nuestra Columna Jurídica
del mes de abril, afirmaba que el proyecto incluye requisitos
adicionales e inconvenientes para los hospitales universitarios,
tal como ser centro de referencia para redes de servicios
nacionales o departamentales: Esta situación
pone a depender de las EPS o ARS la categoría de universitario,
pues de todos es conocido como la obligatoriedad de la red
quedó en el papel, pues ésta depende del libre
albedrío de las administradoras de beneficios, generando
un factor más de dominancia en el sistema. Otra condición:
Cumplir en todos los programas docentes los criterios de evaluación
de la relación docente-asistencial establecidos legalmente;
aquí llama la atención el término todos
los programas docentes, pues queda a la interpretación
de quién ha de definir en la aplicación de la
norma el alcance del término, pues no podemos olvidar
que no todos los hospitales tienen todos los programas y algunas
rotaciones son mejores en unos centros que en otros, no obstante
todos tengan las evaluaciones acorde con la ley.
Limita la formación de recursos
humanos a la formación para el trabajo
De otro lado, el presidente de la Federación Médica
Colombiana, Sergio Isaza Villa, advirtió que el nuevo
proyecto es una iniciativa legislativa que busca reemplazar
las profesiones del sector salud por oficios, y que conduce
a la pérdida del patrimonio intelectual y científico
de la sociedad. Afirma que el artículo 5 del proyecto
no diferencia o, mejor, confunde (¿por ignorancia
o por conveniencia?) el concepto de profesión con el
de oficio, al poner en igualdad de condiciones la definición
de competencia, tanto para las profesiones como
para las ocupaciones del sector salud. Con ello se deja de
lado la magna importancia que tiene el conocimiento encerrado
en la profesionalización del recurso humano: El
grado de desarrollo y capacidad de generación, reproducción,
transmisión, ampliación e innovación
de ese conocimiento, es la garantía para el crecimiento
socio-económi-co y cultural autónomo de los
países y sus pueblos. De ser aprobado en el Congreso,
tal enunciado sería la sacralización jurídica
de la desprofesionalización de la medicina y demás
ciencias de la salud, concluyó Isaza Villa.
Finalmente, quedan sobre el tapete temas como una articulación
adecuada de los Ministerios de Salud y Educación, pues
en el proyecto existen normas que pueden generar duplicidades
innecesarias, como la revisión de los ECAES (Exámenes
de Calificación y Aptitud de la Educación Superior),
función delegada en el proyecto al Consejo Nacional
de Recursos Humanos, cuando ya se definió que ésta
es una tarea propia del ICFES. O la mezcla de los ámbitos
de regulación, tanto de la educación formal
como no formal en salud, al conformar tanto el Consejo Nacional
de Recursos Humanos como el Observatorio de Recursos Humanos
en Salud, con representantes de ambos sectores. Ojalá
las buenas intenciones de meter en un solo paquete
todo lo concerniente a la formación del recurso humano
en salud, no sea la trinchera donde se escuden intereses particulares
en detrimento del interés general, como es establecer
una verdadera política en recurso humano que soporte
el sistema colombiano de salud.
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