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manejan las Administradoras
del Régimen Subsidiado -ARS-, pasen a ser manejados
por los municipios, es decir, algunos aspectos de promoción
y prevención del POSS quedarán dentro del Plan
de Atención Básico -PAB-. Se exceptúa
de esta disposición a las ARS indígenas y EPS
indígenas.
El Consejo de Seguridad Social se
encargó de dos cosas:
1. Definición de aspectos de promoción y prevención
que salen de las ARS y pasan a los municipios, cuya reglamentación
será publicada próximamente.
2. Determinó que la proporción de los dineros
que manejan las ARS para promoción y prevención
que pasará a los municipios, para que estos puedan
manejar los aspectos asignados en este campo, será
de 4.01%, lo que quiere decir que las ARS ahora recibirán
el 5.99% del 10% total de la UPC que debían utilizar
en promoción y prevención.
Mecanismos de control
Algo que preocupa a los consejeros y al CNSSS, es la manera
como los municipios utilizarán el dinero, a sabiendas
de los continuos desvíos que se presentan con los recursos
que se les asignan. El artículo es muy claro en el
sentido en que los dineros entregados al Municipio NO se podrán
desviar, ya que se diseñaron mecanismos de control
supremamente serios y eficaces para garantizar que los dineros
se utilicen efectivamente en actividades de promoción
y prevención.
Para los gastos de administración, se definió
que el porcentaje destinado a este rubro se dejará
abierto y que los departamentos deberán ejercer la
vigilancia y el control para evaluar su funcionamiento; si
los municipios no manejan de manera eficiente estos recursos,
los departamentos tienen la potestad de retener estos dineros
y manejarlos directamente, por lo que los municipios deberán
diseñar programas y proyectos muy claros con la participación
de la comunidad y bajo la dirección del Consejo Territorial
de Seguridad Social en Salud. La ciudadanía deberá
ejercer la veeduría para auditar y controlar la gestión
de dichos programas de promoción y prevención.
Apoyo a la Red Pública
Uno de los objetivos es que todos los aspectos de promoción
y prevención se contratarán prioritariamente
con instituciones prestadoras de servicios de salud públicas
vinculadas a la entidad territorial, de acuerdo con su capacidad
técnica y operativa. De esta forma se pretende ayudar
a que las Empresas Sociales del Estado, los hospitales públicos,
mejoren sus ingresos.
Frente a lo anterior, la Facultad Nacional de Salud Pública
de la Universidad de Antioquia, tiene la siguiente visión:
"Hay que tener en cuenta que después de muchos
años de estar realizando este tipo de acciones, al
momento de su transformación en Empresas Sociales del
Estado, el tipo de personal capacitado y con experiencia en
ello fue el primero en salir, con la única esperanza
que fuera contratado por las Direcciones Locales de Salud,
lo cual no sucedió y hoy, ocho años después
de entrar en pleno funcionamiento el Sistema General de Seguridad
Social en Salud, no puede afirmarse que este saber permanece
aún en poder de dichos hospitales. Deberá entonces
vigilarse y reglamentarse expresamente, para que estos recursos
no sean una forma de Subsidio a la Oferta y sirvan para mitigar
las crisis financieras, pagando nómina o derivándose
en otros rubros del funcionamiento, para finalmente no ejecutarse
según su propósito".
Adicionalmente, los departamentos también se quedaron
sin el personal capacitado, cuando anteriormente perdieron
la competencia frente a las direcciones locales. En este sentido,
la dificultad también es para los departamentos y la
reglamentación debe prever estas circunstancias, evitar
el conflicto de intereses y preservar estos recursos para
la ejecución de un verdadero plan, que cumpla al menos
con lo dispuesto en el diseño del sistema.
Aunque en un principio algunas ARS habían mostrado
su intención de retirarse del régimen subsidiado
si este artículo era aprobado, pues esperaban cambios
más grandes, su testimonio en la actualidad es diferente.
Según la doctora Clara Inés Puyo, directora
de la ARS de Comfama, esta nueva reglamentación no
les generará tantos inconvenientes como pensaban, pero
mantendrán una mirada crítica hacia el uso que
los municipios le den a estos recursos, sobre todo cuando
algunos aspectos del POSS van a ser manejados en el PAB.
Para el doctor Julio Rincón, director ejecutivo de
la Corporación Colombiana de Secretarios Municipales
y Distritales de Salud -COSESAM-, "el acuerdo peca en
forma reiterativa, al no mencionar a los departamentos que
dirigen el Régimen Subsidiado de los corregimientos
de los antiguos territorios nacionales". Cosesam también
destaca que el artículo no hace precisión sobre
la responsabilidad de las ARS con las actividades colaterales
que surjan de las anteriores contratadas por el municipio,
en cumplimiento del acuerdo. Y frente al 4.01% asignado para
que los municipios asuman las responsabilidades de promoción
y prevención incluidas en el acuerdo, la Corporación
considera que es adecuado según sus cálculos.
El 4.01% podría aumentar
a futuro
Se espera que este porcentaje entregado a los municipios pueda
aumentar: por ahora se sacó un porcentaje del dinero
de la UPC, pero la idea es que dependiendo de la gestión
de los municipios, gradualmente el rubro total de la UPC para
promoción y prevención pase por completo a los
municipios para evitar la intermediación, que es lo
que ha pervertido el sistema. "Esto tiene que ser una
cosa gradual y en la medida en que los municipios respondan
de buena manera, los recursos y las acciones que le son encomendadas,
aumentarán", resaltaron voceros de la Facultad
Nacional de Salud Pública.
De esta forma, el trabajo que comienza ahora para los municipios,
es todo un proceso de coordinación con las ARS, para
garantizar la prestación de servicios integrales y
oportunos a los afiliados al Régimen Subsidiado, en
tanto que la comunidad debe asumir efectivamente su papel
de veedora frente a este proceso, ya que sería la primera
y directa afectada en caso de que no se cumpla con la nueva
reglamentación de las actividades de promoción
y prevención a cargo de los municipios.
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