MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 5    NO 46   JULIO DEL AÑO 2002    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Promoción y prevención:
de ARS a municipios
Fernando Uriel Cardona Rave, Periodista Medellín

El artículo 45 de la Ley 715 entregó nuevas responsabilidades a los entes locales .
En reunión del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud (CNSSS) el pasado 17 de mayo, se reglamentó el artículo 46 de la Ley 715, estableciendo que algunos aspectos de promoción y prevención que están dentro del Plan Obligatorio de Salud Subsidiado -POSS- y que actualmente

manejan las Administradoras del Régimen Subsidiado -ARS-, pasen a ser manejados por los municipios, es decir, algunos aspectos de promoción y prevención del POSS quedarán dentro del Plan de Atención Básico -PAB-. Se exceptúa de esta disposición a las ARS indígenas y EPS indígenas.

El Consejo de Seguridad Social se encargó de dos cosas:
1. Definición de aspectos de promoción y prevención que salen de las ARS y pasan a los municipios, cuya reglamentación será publicada próximamente.
2. Determinó que la proporción de los dineros que manejan las ARS para promoción y prevención que pasará a los municipios, para que estos puedan manejar los aspectos asignados en este campo, será de 4.01%, lo que quiere decir que las ARS ahora recibirán el 5.99% del 10% total de la UPC que debían utilizar en promoción y prevención.

Mecanismos de control
Algo que preocupa a los consejeros y al CNSSS, es la manera como los municipios utilizarán el dinero, a sabiendas de los continuos desvíos que se presentan con los recursos que se les asignan. El artículo es muy claro en el sentido en que los dineros entregados al Municipio NO se podrán desviar, ya que se diseñaron mecanismos de control supremamente serios y eficaces para garantizar que los dineros se utilicen efectivamente en actividades de promoción y prevención.
Para los gastos de administración, se definió que el porcentaje destinado a este rubro se dejará abierto y que los departamentos deberán ejercer la vigilancia y el control para evaluar su funcionamiento; si los municipios no manejan de manera eficiente estos recursos, los departamentos tienen la potestad de retener estos dineros y manejarlos directamente, por lo que los municipios deberán diseñar programas y proyectos muy claros con la participación de la comunidad y bajo la dirección del Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud. La ciudadanía deberá ejercer la veeduría para auditar y controlar la gestión de dichos programas de promoción y prevención.

Apoyo a la Red Pública
Uno de los objetivos es que todos los aspectos de promoción y prevención se contratarán prioritariamente con instituciones prestadoras de servicios de salud públicas vinculadas a la entidad territorial, de acuerdo con su capacidad técnica y operativa. De esta forma se pretende ayudar a que las Empresas Sociales del Estado, los hospitales públicos, mejoren sus ingresos.
Frente a lo anterior, la Facultad Nacional de Salud Pública de la Universidad de Antioquia, tiene la siguiente visión: "Hay que tener en cuenta que después de muchos años de estar realizando este tipo de acciones, al momento de su transformación en Empresas Sociales del Estado, el tipo de personal capacitado y con experiencia en ello fue el primero en salir, con la única esperanza que fuera contratado por las Direcciones Locales de Salud, lo cual no sucedió y hoy, ocho años después de entrar en pleno funcionamiento el Sistema General de Seguridad Social en Salud, no puede afirmarse que este saber permanece aún en poder de dichos hospitales. Deberá entonces vigilarse y reglamentarse expresamente, para que estos recursos no sean una forma de Subsidio a la Oferta y sirvan para mitigar las crisis financieras, pagando nómina o derivándose en otros rubros del funcionamiento, para finalmente no ejecutarse según su propósito".
Adicionalmente, los departamentos también se quedaron sin el personal capacitado, cuando anteriormente perdieron la competencia frente a las direcciones locales. En este sentido, la dificultad también es para los departamentos y la reglamentación debe prever estas circunstancias, evitar el conflicto de intereses y preservar estos recursos para la ejecución de un verdadero plan, que cumpla al menos con lo dispuesto en el diseño del sistema.
Aunque en un principio algunas ARS habían mostrado su intención de retirarse del régimen subsidiado si este artículo era aprobado, pues esperaban cambios más grandes, su testimonio en la actualidad es diferente.
Según la doctora Clara Inés Puyo, directora de la ARS de Comfama, esta nueva reglamentación no les generará tantos inconvenientes como pensaban, pero mantendrán una mirada crítica hacia el uso que los municipios le den a estos recursos, sobre todo cuando algunos aspectos del POSS van a ser manejados en el PAB.
Para el doctor Julio Rincón, director ejecutivo de la Corporación Colombiana de Secretarios Municipales y Distritales de Salud -COSESAM-, "el acuerdo peca en forma reiterativa, al no mencionar a los departamentos que dirigen el Régimen Subsidiado de los corregimientos de los antiguos territorios nacionales". Cosesam también destaca que el artículo no hace precisión sobre la responsabilidad de las ARS con las actividades colaterales que surjan de las anteriores contratadas por el municipio, en cumplimiento del acuerdo. Y frente al 4.01% asignado para que los municipios asuman las responsabilidades de promoción y prevención incluidas en el acuerdo, la Corporación considera que es adecuado según sus cálculos.

El 4.01% podría aumentar a futuro
Se espera que este porcentaje entregado a los municipios pueda aumentar: por ahora se sacó un porcentaje del dinero de la UPC, pero la idea es que dependiendo de la gestión de los municipios, gradualmente el rubro total de la UPC para promoción y prevención pase por completo a los municipios para evitar la intermediación, que es lo que ha pervertido el sistema. "Esto tiene que ser una cosa gradual y en la medida en que los municipios respondan de buena manera, los recursos y las acciones que le son encomendadas, aumentarán", resaltaron voceros de la Facultad Nacional de Salud Pública.
De esta forma, el trabajo que comienza ahora para los municipios, es todo un proceso de coordinación con las ARS, para garantizar la prestación de servicios integrales y oportunos a los afiliados al Régimen Subsidiado, en tanto que la comunidad debe asumir efectivamente su papel de veedora frente a este proceso, ya que sería la primera y directa afectada en caso de que no se cumpla con la nueva reglamentación de las actividades de promoción y prevención a cargo de los municipios.

 



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