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Las Rutas Integrales
de Atención en Salud,
un reto para el sistema
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MIAS:
un modelo a imagen
de las exigencias internacionales
Juan
Carlos Arboleda Z, Periodista elpulso@sanvicentefundacion.com |
Desde
1993 cuando se expidió la Ley 100, han sido muchas las
reformas introducidas ya sea en busca del perfeccionamiento
del modelo de salud, o intentando solucionar los múltiples
problemas que se han producido en su implementación.
Las leyes 1122 y 1438 trataron, ambas de manera parcial, de
modificar el derrotero que el libre mercado impuso al SGSSS,
situación prevista por los artífices de la Ley
100 al confiar en la libre competencia como estrategia de auto
regulación. Sin embargo, la mayor transformación
del sistema de salud colombiano en los últimos 20 años
se viene produciendo de manera sigilosa a través de decretos
y resoluciones provenientes del Ministerio de Salud y Protección
Social, quien decidió no acudir al Congreso de la Republica
para este tipo de iniciativas luego de la dolorosa
derrota del proyecto de Ley 210 donde se consignaban la mayoría
de los cambios que hoy se vienen presentando. |
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Uno
de los elementos centrales de la actual reforma ha sido el muy
publicitado Modelo Integral de Atención en Salud MIAS
al cual el ministerio le ha apostado para que se convierta en
la plataforma estratégica para la prestación de
servicios en salud.
Sin embargo su elaboración (a cargo de más de
15 de especialistas y técnicos) y posterior expedición
estuvo antecedida de una serie de hechos que es importante recordar,
enlazar y contextualizar con el fin de comprender la que podría
ser la guía del sistema en los próximos años. |
El antecedente
más reciente se remonta a la primera versión presentada
para estudio al Congreso de la República por parte del
Gobierno Nacional del Plan Nacional de Desarrollo Todos
por un nuevo país. El artículo 61 del proyecto
le otorgaba al ejecutivo la potestad para diseñar un
modelo integral de atención en salud siguiendo, entre
otros parámetros, las Rutas Integradas de Servicios de
salud RIAS -, el autocuidado, y otra serie de componentes.
Fueron los congresistas de la comisión séptima
quienes se opusieron al artículo y luego de ser estudiado
lo devolvieron al gobierno. La causa fue simple pero contundente:
el sistema de salud y sus reformas medulares eran competencia
del legislativo vía ley, y no podía adelantarse
a través de decretos. Aprobar el artículo, equivalía
a entregar un cheque en blanco al gobierno central, situación
considerada por los congresistas como inconveniente y más
si el modelo era elaborado solamente por el ministerio a puerta
cerrada. Ante el impase, el gobierno trató de aclarar
su intencionalidad y señaló a las comisiones séptimas
que el concepto de modelo era distinto, y que el
Sistema General de Seguridad Social en Salud continuaría
siendo el mismo en financiación y estructura, además
que el artículo de la discordia solo pretendía
enfocarse en cómo atender mejor a la población.
La explicación convenció al Congreso luego de
cambiarse el título que pasa de hablar de modelo
a política. Otra de las reformas sigilosas
de los meses recientes, fue la Política de Atención
Integral en Salud PAIS -, la que se enmarcaría dentro
de los mandatos de la Ley Estatutaria en Salud, con lo cual
se eliminaron las dudas; sin embargo algunos congresistas incluyeron
dos renglones exigiendo que se tuviera una amplia participación
durante la elaboración de la reglamentación.
Ahora bien, ¿de dónde surge la necesidad del Ministerio
de Salud de reformar el rumbo del SGSSS? Como lo recuerda con
claridad el doctor Luis Alberto Martínez, vicepresidente
de ACESI, a principios de 2013 se firmó un convenio entre
Colombia y el Banco Interamericano de Desarrollo BID, que aseguraba
un desembolso de 250 mil millones de dólares, alrededor
de 750 mil millones de pesos. El crédito obligó
al país a ejecutar unas tareas exigidas por el BID, desagregadas
en cuatro grandes componentes: mantener el marco general de
políticas macro económicas consistentes con el
objetivo del programa, lo que se traduce básicamente
en la sostenibilidad financiera del sistema de salud como fin
principal; otro componente era mejorar el uso de tecnologías
sanitarias fortaleciendo la institucionalidad que vigila su
ingreso al país, elemento que se cumple con la creación
del Instituto de Evaluación de Tecnologías en
Salud - IETS y que es ratificado con tres artículos del
Plan Nacional de Desarrollo donde se fortalecen las exigencias
de entrada de tecnologías al mercado colombiano de salud.
Este componente se complementaba con otra de las exigencias:
el manejo unificado de los recursos destinados a la financiación
del sistema de salud, lo que en el proyecto de ley 210 hundido
en 2104, se denominaba Salud Mía, pero que revive en
el PND bajo el nombre de ADRES que reemplazará al FOSYGA. |
El componente restante del convenio con el
BID se convirtió en una tarea del país, fortalecer
el sistema de salud reorganizando la prestación de servicios
y orientando incentivos hacia la gestión individual del
riesgo, lo cual solo es posible lograr a través de un
modelo de atención con enfoque diferencial, como lo señala
directamente el documento del BID. Es de ahí de donde
se desprende el MIAS.
MIAS: Todo por hacer
Para el doctor Luis Alberto Martínez es innegable
que MIAS tiene muy buenas intenciones, sin embargo cuestiona
que el énfasis se centre en la gestión individual
del riesgo a través de las Rutas Integradas de Prestación
de Servicios -RIAS, que privilegia la atención de enfermedades
antes que de personas de manera integral, dos enfoques distintos.
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Hay que ver
cómo avanza la implementación, pero en general
el modelo es restrictivo y va en contravía de la Ley
Estatutaria en Salud, y de alguna manera lo positivo que podría
tener el MIAS cuando habla de APS no se hace operativo, pero
además, un componente tan importante como son las RISS
se desdibujan, y en la Resolución 1441, francamente inconstitucional
e ilegal, se entrega su organización, planeación
y conformación a las EPS y no a las entidades territoriales
ni al Estado, yendo en contravía del artículo
segundo de la Ley Estatutaria y del artículo 49 de la
Constitución que plantea estas como funciones indelegables
del Estado, e incluso se contrapone a la Ley 715 que designa
esa tarea a las entidades territoriales departamentales, sin
que sea una acción que puedan adelantar las EPS a puerta
cerrada dejando a los departamentos como convidados de piedra
que solo dan un visto bueno, estamos acabando con lo poco que
queda de autoridad sanitaria y rectoría en el sistema.
Por su parte el doctor Leopoldo Giraldo, quien se ha desempeñado
tanto en la prestación de servicios como en el aseguramiento
(Gerente del Hospital General de Medellín y de Savia
Salud), y hoy Gerente de Metrosalud, ve al MIAS como un desarrollo
normativo al cual toca sacarle el mayor jugo posible, pero aclara:
el modelo solo no logra estructurar una atención
que responda a las necesidades reales de las comunidades; habrá
que tratar de extraerle toda su potencialidad para llegar a
la anhelada atención integrada, tener APS, desarrollar
el modelo en la comunidad desde lo básico hasta la alta
complejidad, estas son tareas que el MIAS no resuelve y donde
debemos trabajar. |
El modelo
solo no logra
estructuraruna atención que responda a
las necesidades reales de las comunidades; habrá
que tratar de extraerle toda su potencialidad para llegar
a la anhelada atención integrada, tener APS, desarrollar
el modelo en la comunidad desde lo básico hasta la
alta complejidad, estas son tareas que
el MIAS no resuelve y donde
debemos trabajar.
Doctor Leopoldo Giraldo
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Para el doctor Giraldo son varias
las causas por las que el MIAS no resuelva los ideales planteados:
el gobierno lanza una política para que se financie
con los recursos de los entes territoriales o los prestadores,
pero no siempre existen recursos disponibles para eso; si hoy
dicen que hay que montar programas de APS desde un prestador,
la pregunta es: ¿con qué recursos? los de la cápita,
¿si alcanzan? Montar estos procesos a la vez que se debe
seguir atendiendo la actual demanda no es posible, no se puede
cambiar de un momento a otro, los análisis son distintos
y los recursos también.
Existe un problema adicional, cada EPS ha montado su propio
modelo de atención, igual han hecho las IPS con sus modelos
de servicios, haciendo más difícil la integralidad,
de ahí que un paso inicial debería ser que aseguradores
y prestadores que confluyen en las mismas regiones no lo hagan
con modelos o perspectivas diferentes, la tarea sería
construir juntos propuestas que sirvan a ambos actores con un
eje centrado en el paciente.
Reforma ejecutiva
El ejecutivo en Colombia está queriendo
reemplazar el papel del legislador asegura el Representante
a la Cámara, Víctor Correa, quien no desconoce
cierta responsabilidad del mismo Congreso al otorgar facultades
extraordinarias para que el gobierno reglamente temas como la
salud. La separación de poderes busca generar un
equilibrio para que cada una de las responsabilidades controle
las otras. Leyes como el PND le otorgó facultades al
presidente para emitir decretos con fuerza de ley y esta reforma
al sistema de salud se acomoda en esa autorización porque
no querían que pasara por el órgano legislativo,
y eso preocupa porque desdibuja el estado social de derecho
y termina llevando a que las decisiones sean tomadas en forma
inconsulta, arbitraria, de espaldas del país y al margen
de las necesidades del pueblo colombiano. Con todos los problemas
que tiene el Congreso es un escenario donde el debate es más
abierto, la discusión es pública y existen responsables
de la deliberación, asegura.
En cuanto al MIAS, el representante Correa considera que tiene
problemas incluso desde el diagnóstico, aunque existen
puntos acertados, el problema sería otro: La crisis
de la salud tiene varios componentes que se estructuran en una
pirámide, y el MIAS desconoce uno y es la crisis de la
red hospitalaria; mientras eso no se resuelva va a ser muy difícil
implementar el modelo.
En su momento la participación en la construcción
del modelo exigida por el legislador desde el PND quedó
convertida en una especie de mera validación, aunque
el documento que creaba el MIAS estaba elaborado desde meses
atrás, incluso en algunos círculos rondó
el borrador. Es evidente que la transformación del SGSSS
adolece aún de algunos elementos para complementar la
visión del Ministerio, pero estos se consolidan con el
decreto que reglamenta los planes de beneficio, y con la cereza
del pastel, que será otro acto administrativo que reforma
las modalidades de contratación y transfiere el riesgo
a los prestadores por medio de la redefinición del sistema
de incentivos, con modalidades como el pago global prospectivo. |
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