MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 16    No. 215  AGOSTO DEL AÑO 2016    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 



Aumento de 11.11%
a precio de medicamentos regulados

Redacción El Pulso - elpulso@sanvicentefundacion.com
La Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos (CNPMDM) en su Circular 01 de 2016 autorizó el ajuste del 11.11% por la variación del Índice del Precio al Consumidor (IPC) para los precios de medicamentos regulados, establecido en la resolución 0718 de 2015. De acuerdo con el incremento del IPC del 11.11%, la Circular determina que dicho ajuste deberá realizarse para establecer el precio máximo de venta.
Y en el margen adicional para las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), el incremento en el precio regulado se podrá realizar según lo establecido en el artículo 5 de la Circular 01 de 2014, de la siguiente manera:
- Para las presentaciones comerciales de medicamentos con precio regulado menor o igual a $1.000.000, las IPS podrán adicionar un porcentaje hasta del 7%.
- Para las presentaciones comerciales de medicamentos con precio regulado mayor a $1.000.000, las IPS podrán adicionar un porcentaje hasta de 3,5%.
La Circular 01 de 2016 establece que “el precio regulado es el precio máximo posible para realizar transacciones en la cadena”, excepto para las condiciones de incremento de las IPS y las consideraciones para el canal comercial. Esto significa que ningún actor de la cadena institucional, ni ninguna venta al por mayor en el canal comercial, podrá sobrepasar el precio regulado en sus transacciones.
La Circular también establece el precio de referencia por unidad mínima de concentración para cada mercado relevante o subconjunto para el proceso de control de precios de los medicamentos regulados, de acuerdo con la variación del IPC.
 
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