MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 10    No. 132  SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


Medicamentos con
efedrina tienen 18 meses
para salir del mercado

Redacción El Pulso - lpulso@elhospital.org.co
Para proteger la salud de la población colombiana, el Ministerio de la Protección Social mediante resolución 02335 del 8 de julio de 2009 prohibió la fabricación, importación y comercialización de medicamentos que contengan pseudo-efedrina y efedrina sola o en asociación con otros fármacos, en cualquier concentración y forma farmacéutica. La excepción a la medida es el uso de efedrina sulfato solución inyectable de uso humano y/o veterinario, e indica que para su fabricación, importación, comercialización y distribución debe cumplir lo establecido en la norma para el uso de sustancias sometidas a fiscalización (resolución 1478/06), e incluir la franja violeta en envases y empaques.
Los titulares de registros sanitarios de los medicamentos que contengan pseudo-efedrina y efedrina, deberán presentar la solicitud de reformulación y obtener la correspondiente aprobación ante el Invima. Para ello tendrán un plazo de 18 meses contados a partir de la fecha de expedición de la norma; también tienen el mismo plazo para agotar los medicamentos existentes en el mercado, pues luego de este tiempo no se podrán fabricar, importar, exportar ni comercializar estos medicamentos en el país.
Con la entrada en vigencia de la resolución 02335, el Fondo Nacional de Estupefacientes del Ministerio de la Protección Social restringirá los cupos asignados para ingreso de pseudo-efedrina y efedrina en el territorio nacional, salvo los asignados al ingreso de efedrina utilizado en elaboración de efedrina sulfato inyectable de uso humano y/o veterinario, solo se asignarán cupos a los titulares de registros sanitarios legalmente inscritos ante esa Unidad.
Los distribuidores mayoristas que comercialicen medicamentos con estos componentes deben registrarse ante el Fondo Nacional de Estupefacientes o Fondos Rotarios de Estupefacientes de las Secretarías, Institutos o Direcciones Departamentales de Salud.
Vale anotar que la pseudoefedrina se utiliza en algunas formulaciones para tratar la congestión nasal causada por el resfriado común, sinusitis y otras alergias respiratorias; la efedrina está indicada como vasopresor, principalmente para contrarrestar los efectos hipotensores de la anestesia espinal (raquídea) u otros tipos de anestesia de conducción no tópica. El caso es que la efedrina y la pseudoefedrina son utilizadas como materia prima para la elaboración de metanfetamina, sustancia estimulante altamente adictiva, producida de manera ilegal, cuyo uso y abuso está asociado a eventos como pérdida de la memoria, agresión, violencia, paranoia, alucinaciones, daños cardiacos y cerebrales.
 
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