MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 10    No. 131  AGOSTO DEL AÑO 2009    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


Garantizar calidad del
talento humano en salud:
dos visiones no excluyentes
Juan Carlos Arboleda Z. - elpulso@elhospital.org.co
Hacen curso en el Congreso de la República dos proyectos de ley antagónicos en su fondo filosófico y que vuelven a poner el tema de la recertificación del talento humano en salud en la palestra pública, con una gran diferencia: esta vez la academia lo encara de manera protagónica al ser gestora de uno de los proyectos.
Las conclusiones del estudio realizado por la Escuela de Salud Pública de Harvard en 1994, afirmaban que la implementación del Sistema General de Seguridad Social omitió la formulación de una política de talento humano en salud; las prioridades de los diferentes gobiernos en el sector, como aumentar cobertura y consolidar la financiación del sistema, dejó a un lado un tema cuya real importancia se retomó en los últimos años con los intentos por legislar la materia. En el país trabajan unos 600.000 profesionales en el área de la salud, que dan soporte a la funcionalidad del sistema y que hasta ahora lo han hecho amparados en las certificaciones expedidas por los centros educativos autorizados.
Dos proyectos, dos visiones
El primer proyecto firmado por los congresistas Dilian Francisca Toro, Jaime Restrepo y Eduardo Benítez, busca corregir el problema de forma enunciado por la Corte planteando una ley estatutaria, pero trae pocas modificaciones a los proyectos anteriores, ampliamente cuestionados. No menciona quién asumiría los costos de la recertificación ni de la educación continua para alcanzarla; tiene un carácter coercitivo cuando establece que para ejercer la profesión, la recertificación será obligatoria y que “el profesional, postgraduado, técnico o auxiliar que no obtenga la recertificación no podrá continuar ejerciendo”. Y al no mencionar cómo regresar al sistema, cae en una posible inconstitucionalidad que señala el ex magistrado auxiliar de la Corte Constitucional, Luis Fernando Restrepo: “La Constitución ordena que ni siquiera en estados de excepción se puede vulnerar el derecho al trabajo (artículo 214, numeral 2º) y el trabajo es un derecho fundamental según lo establece la Constitución”; la situación se agrava cuando el artículo 9º ordena que en caso de sanciones
disciplinarias o éticas, la persona no podrá tramitar la recertificación, lo cual, para el doctor Restrepo, conllevaría a que cualquier tipo de sanción recibiría el máximo castigo: privación del cargo e imposibilidad para trabajar.
El resto del proyecto podría tener vicios de inconstitucionalidad, que diversos actores consideran lesivos. Entre otros: define que la recertificación la adelantarán entidades competentes, pero no determina a quiénes considera competentes, lo que deja viva la discusión entre universidades y otros interesados; para el caso de los profesionales y las especialidades designa a los Colegios, cuando la Ley 30 de 1992 da esas facultades al Ministerio de Educación; asigna a la Comisión Nacional de Acreditación para el Ejercicio de Profesiones y Ocupaciones en Salud, funciones ya delegadas al Ministerio de Educación, lo cual, según el ex magistrado Restrepo, es inconstitucional, por cuanto no se puede delegar lo ya delegado; para evaluación utiliza términos equivocados al asignar “puntajes”, cuando internacionalmente se habla de créditos, dificultando la homologación de títulos en el exterior; la calidad de la educación continua queda en vilo, pues solo enuncia que será dictada por entidades educativas, sin precisar exigencias de calidad; finalmente, el proyecto deja toda la carga de verificación a los prestadores, dándoles una función de 'policías' y un argumento para la terminación de contratos laborales.
El otro proyecto de ley, radicado por el senador Jorge Morales, y fruto del trabajo de un grupo interdisciplinario de la Facultad de Medicina de la Universidad de Antioquia, centra el tema en la reglamentación de la educación continua para conservar la vigencia del conocimiento y la calidad en el desempeño, reconoce la experiencia y otras actividades diferentes como componentes del buen desempeño, y busca estimular y facilitar la capacitación de los trabajadores de la salud.
Profesionales y trabajadores
de la salud están invitados a participar
en el debate de los dos proyectos de ley
sobre recertificación, a través del blog
http://comisiontalentohumano.blogspot.com
en la página web de la Facultad de Medicina
de la Universidad de Antioquia.
Para garantizar la calidad de la educación continua, el proyecto propone que sea dictada por instituciones acreditadas que cumplan parámetros de calidad exigidos por el Ministerio de Educación; que su financiación sea compartida entre empleadores, Estado y trabajadores, y que sea considerada como “un insumo para la habilitación y acreditación de las instituciones del sector salud”; en este proyecto, la obligatoriedad no recae de manera exclusiva en el profesional, sino que se extiende al empleador: “La entidad empleadora tiene la obligación de destinar recursos para la educación continua del talento humano que está bajo su responsabilidad”. Otras consideraciones hacen referencia a que se deben tener en cuenta las diferencias epidemiológicas de las distintas regiones, así como las condiciones de los trabajadores de la salud ubicados en lugares apartados.
Posición del Ministerio de la Protección Social
Según Luis Carlos Ortiz, director general de análisis y política del Ministerio de la Protección Social, el fallo de inexequibilidad de la Corte frente a la recertificación, quitó un ladrillo al esquema que la Ley 1164/07 creaba entre el registro único, la formación y el ejercicio de la profesión. Para el funcionario, “se debe garantizar la accesibilidad del talento humano en salud a la educación continuada, teniendo en cuenta las características del sistema, población y distribución geográfica del personal, incluyendo acceso de costos y de medios para acceder a programas; es una buena oportunidad para articular la educación continua con la acreditación de instituciones en salud”.
En foro sobre recertificación en la Facultad de Medicina de la Universidad de Antioquia, el doctor Ortiz declaró: “El talento humano es fundamental para el cumplimiento de los objetivos del Sistema de Seguridad Social en Salud y es clave para la implementación de las políticas y programas de salud”. Esto además de ser una verdad de a puño, es preocupante si desde la visión del Ministerio se privilegia la formación para cumplir los objetivos del sistema por sobre la preparación para el manejo de la salud, como podría desprenderse de las afirmaciones del doctor Ortiz: ”La autonomía del médico debe darse en un contexto adecuado, ético y de responsabilidad, donde él conozca las implicaciones de sus prescripciones en la salud del paciente y en la sostenibilidad del sistema, y esto tiene relación con la educación continua; para el nuevo talento en formación tendremos en cuenta en los currículos, áreas donde estén esos temas, y a los profesionales ya formados hay que llegarles por mecanismos como la educación continuada”. Para el Ministerio, la educación continua debe articularse con la política de talento humano para que sea útil y aplicable al SGSSS, involucrando IPS y EPS por medio de incentivos.
El doctor Ortiz afirmó que recertificación y educación continua son mecanismos que no se excluyen, al ser parte del mismo sistema de calidad, pero planteó varias preguntas: “¿El país está preparado para implementar un sistema de recertificación? ¿Están los colegios profesionales preparados? ¿Que capacidad de convocatoria tienen? ¿Cuales son los intereses que los motivan a participar en las discusiones sobre recertificación?”.
Recertificación vs derecho al trabajo
Para el especialista en temas laborales y ex consultor de la OIT, Alberto León Gómez Zuluaga, la libertad de trabajo es un derecho humano reconocido y garantizado en los principales pactos internacionales, que en Colombia tiene dos vías de reconocimiento constitucional: los artículos 25 y 26 de la Constitución, que establecen la libertad de trabajo incluyendo la libre elección, y los artículos 93 y 53 que configuran el bloque de constitucionalidad con los tratados internacionales que Colombia ha firmado.
Si bien el doctor Gómez reconoce que el Estado puede reglamentar ciertos ejercicios laborales, aclara que el título otorgado por una universidad u otra entidad autorizada, son certificaciones expedidas por el Estado que demuestran la idoneidad, y ese certificado solo puede ser revocado luego de un proceso que demuestre una acción contraria a la ley: “El Estado puede establecer reglas pero no puede impedir el ejercicio de la profesión, que es lo que el proyecto en el Congreso propone”. Señaló además que el proyecto no ha medido las implicaciones al dejar grupos poblacionales desatendidos: “Este proyecto de ley no considera el impacto que va a generar; una decisión de esta magnitud no se puede tomar sin tener el conjunto del panorama de la sociedad, porque el Estado no puede excluir del ejercicio a unos profesionales que el mismo Estado certificó, y además dejar desprotegido del servicio de la salud a sectores de la población”.
Para la doctora Elsa María Villegas, del grupo de estudio de la Universidad de Antioquia que produjo el proyecto de ley de educación continua, es primordial enfocarlo en el derecho de los trabajadores de acceder a la formación continua con altos estándares de calidad y prestada por instituciones verdaderamente calificadas para evitar que el tema se convierta en un negocio: “Quien quiera ofrecer educación continua debe someterse a los mínimos del sistema de calidad educativa del país; y si la recertificación es una convalidación del título y del conocimiento por un tiempo determinado, que la haga quien no cumple con los requisitos mínimos es algo con lo que no estamos de acuerdo. Es muy importante que los programas de educación continua sean de formación integral, para no caer en enfoques simplemente instrumentales”.
Las discusiones en el Congreso apenas comienzan; los profesionales y trabajadores de la salud fueron invitados a participar a través de un blog en la página web de la Facultad de Medicina de la Universidad de Antioquia (http://comisiontalen tohumano.blogspot.com/). Sin embargo, el resultado puede depender del lobby que muchos interesados ya realizan por los salones del Capitolio... .
 
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