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Sentencia T-760
¿Cómo resolverá Colombia el dilema: salud
vs negocio?
Olga
Lucia Muñoz López - Periodista -
elpulso@elhospital.org.co
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| Bien
lo decía Roosevelt: A fin de cuentas, el éxito
o fracaso de cualquier gobierno debe medirse según el
bienestar de sus ciudadanos. Nada puede ser más importante
para un Estado que la salud pública; la primera preocupación
de un Estado debe ser la salud de su pueblo. |
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Dentro de ese espíritu, la Corte
Constitucional estableció en su Sentencia T-760/08
unos mandatos claros y precisos, orientados a reconocer la
salud como derecho fundamental y a que el Estado (no los gobiernos),
garantice el acceso a la salud en condiciones de equidad para
todos los colombianos; las órdenes incluyen actualización
y unificación de los planes obligatorios de salud (POS)
de los regímenes contributivo y subsidiado, universalización
del acceso a la salud, reorganización y estabilización
del flujo de recursos en el sistema, entre otros aspectos.
El propósito de la Corte es enfrentar las debilidades,
inequidades e injusticias configuradas en el sistema de salud
en 15 años de existencia, y los problemas en materia
de quebrantamiento de principios del Estado Social de Derecho,
acceso pleno a la salud, fragmentación de la atención,
fallas de calidad, e incongruencias normativas, de rectoría
y de gestión pública.

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Para
atender los mandatos de la Corte, el actual gobierno emprendió
diversas acciones desde agosto del año anterior; el Ministerio
de la Protección Social y la Comisión de Regulación
en Salud (CRES), abrieron desde el 23 de julio y hasta el 23
de agosto próximo, una consulta ciudadana virtual en
www.pos.gov.co POS, y una consulta ciudadana presencial con
organizaciones de usuarios y comunidad médica, acerca
de los criterios generales que deben orientar la toma de decisiones
sobre contenidos del POS. Preliminarmente, se dice que de 6.300
procedimientos que incluye el POS actual, saldrían por
lo menos 100 que ya no se utilizan y se incluirían 1.000
nuevos; quién desee saber si un servicio o medicamento
está incluido en el POS, puede buscar en el sitio web
citado.
El gobierno señaló que en 2008 gastó $1,2
billones en servicios y medicamentos no incluidos en el POS,
reclamados vía Comité Técnico Científico
o tutelas (se interpusieron 240.000 tutelas: una causa es la
ambigüedad sobre lo incluido o no en el POS). Desde la
expedición de la Sentencia T-760, el gobierno insiste
en que la unificación de los planes de salud costaría
$6 billones de los que no dispone, pero se plantean varias alternativas
(ver por ejemplo en esta edición, artículo Con
gradualidad, un POS único es factible). La Contraloría
General de la República señaló que si bien
la Sentencia busca una atención igualitaria para la mayor
parte de colombianos, implica recursos no presupuestados, lo
cual atenta contra la sostenibilidad del sistema de salud; por
ello propone buscar una forma gradual y sostenible de garantizar
niveles de servicio de salud universales, de calidad, eficientes,
equitativos y adecuados a nuestro nivel de desarrollo, y propiciar
un gran debate nacional, amplio y democrático, para definir
un nuevo arreglo financiero e institucional de la política
pública en salud.
En el foro Sistema de salud: gestión, reforma y
control, el ministro Diego Palacio señaló
que la falta de equidad en el sistema de salud afecta más
a los individuos que a grupos de ingreso o a regiones: La
segmentación, los diferentes POS, las coberturas geográficas
y el acceso al No-POS, crean inequidad entre las personas.
Reiteró los avances en cobertura principalmente en sectores
de menos capacidad adquisitiva (como zonas rurales), se preguntó
por la equidad de regímenes especiales como el de un
conjunto de profesores universitarios y afirmó que unificar
los POS y tener un solo régimen contribuiría a
la equidad, en sintonía con la orden de la Corte
Constitucional.
Nelcy Paredes, de Acemi, indicó en el mismo foro: Garantizar
que la salud sea un derecho realizable, supone un sistema sostenible
desde el punto de vista financiero, lo cual debe ser relevante
en lo jurídico; ello se logra con un equilibrio entre
coberturas del Plan de beneficios y recursos disponibles. El
derecho a la salud se hace explícito y se consagra al
definir el POS, construido y actualizado periódicamente,
a partir de las necesidades en salud y la participación
ciudadana
La financiación de todo lo No-POS, es
imposible económicamente para el país y no todo
se requiere: el POS no puede incorporar automáticamente
ni las nuevas tecnologías ni los nuevos medicamentos.
También se requiere que las autoridades competentes adopten
un plan maestro para el sistema de salud que incorpore un modelo
de equilibrio general del sistema.
Y en cuanto al secreto a voces de que una salida del gobierno
para cumplir la sentencia T-760 sería nivelar los POS
por lo bajo (bajando el contributivo al nivel del subsidiado,
con un mínimo vital de servicios), el ex presidente de
la Corte, José Gregorio Hernández, consideró
que habría un desacato a la sentencia de la Corte
Constitucional por parte del Ministerio, pues estaría
haciendo exactamente lo contrario de lo que la Corte ordenó,
igualando por lo bajo los planes de beneficios.
La Sentencia T-760, calificada como la norma más importante
desde la expedición de la Ley 100/93, es prueba de la
función de guardián de derechos que ejerce la
Corte Constitucional, ante un Congreso que no vela por normas
justas en salud y un Ejecutivo que no garantiza los derechos
fundamentales ante la negación de servicios de las EPS
a los usuarios, ni cumplieron el mandato de la Ley 100 de igualar
los planes de beneficios: Estos problemas de negación
del derecho a la salud se deben a fallas estructurales del Sistema
de Seguridad Social en Salud. Las órdenes impartidas
se enmarcan dentro del sistema concebido por la Constitución
y desarrollado por la Ley 100/93, puesto que excedería
la competencia de la Corte ordenar el diseño de un sistema
distinto: eso compete al legislador. La Sentencia cuestiona
el sistema de salud soportado en estructuras económicas
y no en un marco de derechos, y propone que se retome la salud
y la calidad de vida como foco central del sistema, recuperar
la transparencia en el manejo de recursos de salud, garantizar
los derechos de los usuarios, establecer incentivos a la promoción
y prevención, evitar el aumento de márgenes de
utilidad a costa de la negación de servicios y materializar
el derecho a la información de los usuarios. La Corte
busca hacer prevalecer mandatos constitucionales, sobre todo
el principio de igualdad, y convocar acciones de todos los actores
del sistema de salud, en aras del reconocimiento del derecho
a la salud, en ámbitos de integridad, equidad y transparencia.
Desde que se conoció la Sentencia T-760 en agosto de
2008, EL PULSO ha hecho seguimiento a las discusiones sobre
el dilema que enfrenta el sistema de salud, entre el reconocimiento
de la salud como derecho vs la sostenibilidad del sistema de
salud, a raíz de la reorientación que ordenó
la Sentencia T-760. Y mantiene abierto el debate. |
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información... |
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Sentencia T-760
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