MEDELLÍN, COLOMBIA, SURAMERICA No. 314 NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 ISNN 0124-4388
La reforma laboral aprobada en Colombia el 17 de octubre de 2024 plantea importantes retos y oportunidades para el sistema de salud y la seguridad social. Entre los aspectos más destacados y de convergencia están el cambio de la jornada laboral, la formalización de contratos y los beneficios para trabajadores.
Vale destacar que la reforma a la salud tiene como propósito solventar un acuerdo histórico con los trabajadores del sector, puesto que muchos han sido sometidos a contratos temporales o de prestación de servicios, los cuales les han impedido acceder a beneficios laborales completos. De acuerdo con lo manifestado por el Gobierno en diversas ocasiones, esta propuesta permite que el sistema se fortalezca, “dado que los trabajadores se sienten más comprometidos y motivados al no tener una mayor incertidumbre laboral”.
Con relación a ello, los datos de la Procuraduría General de la Nación señalan que, en octubre de 2020, las Empresas Sociales del Estado (ESE) empleaban a 163.116 personas, de las cuales solo 46.715 tenían contratos directos con las IPS, mientras que 116.401 estaban vinculadas a través de contratos de prestación de servicios (el 70 % del personal se encontraba tercerizado).
De otro lado, la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, destacó que la reforma laboral busca asegurar la “dignidad” a los trabajadores de la salud, quienes han enfrentado desde hace tiempo condiciones laborales “precarias”. Sin embargo, para este sector, esta medida representa una mayor inversión en personal y beneficios, lo que podría implicar un ajuste en los recursos destinados a otros servicios médicos si no se asegura un incremento adecuado en el presupuesto público para salud.
El Sistema de Seguridad Social Integral en Colombia, establecido por la Ley 100 de 1993, tiene como objetivo asegurar una calidad de vida digna para todos los ciudadanos a través de una organización que agrupe diversas entidades y procedimientos para el acceso a servicios de salud, pensiones y otras prestaciones sociales.
En cuanto a las reformas, la laboral también contempla la extensión de las prestaciones sociales a los trabajadores. La reforma también introduce un incremento en la licencia de paternidad, lo cual tiene un impacto directo en el presupuesto de las Entidades Promotoras de Salud (EPS), que deberán ajustar sus recursos para cubrir este beneficio. Aunque esto fortalece los derechos familiares, las EPS se enfrentan al reto de financiar estos costos adicionales en un contexto de restricciones presupuestarias.
Por otro lado, la reforma laboral establece que las empresas deberán garantizar los aportes a pensiones por parte de los trabajadores independientes, lo que representará una mejora significativa para aquellos que han estado excluidos de las cotizaciones. Esto busca evitar que algunos trabajadores reporten cotizaciones inferiores al valor real de sus honorarios. Con la aprobación de la Ley 2381 de 2024, las empresas en Colombia a partir de junio de 2025 deberán cubrir los aportes a la seguridad social de los trabajadores contratados bajo la modalidad de prestación de servicios.
De acuerdo con el profesor de Derecho Laboral y Seguridad Social de la Universidad del Rosario, Andrés Jiménez, “la reforma laboral de 2024 introduce un cambio significativo para las empresas que contraten a trabajadores independientes, ya que deberán hacerse cargo de los aportes a pensiones, descontando de los honorarios las cotizaciones tanto obligatorias como voluntarias”.
Jiménez destacó que “esta medida elimina la obligación para los trabajadores de anticipar el pago de su seguridad social antes de recibir el pago por sus servicios, lo que representa una mejora sustancial para ellos.
A lo que agregó: “Este ajuste será un beneficio para los trabajadores, garantizando que las cotizaciones sean más acordes con sus ingresos reales”, subrayó el experto.
Otro cambio se dará en contratos a término fijo o por obra o labor, pues estos tendrán regulación del tiempo máximo de duración de los contratos a término fijo, que ahora se establece en cuatro años. Este tipo de contratos deben ser celebrados por escrito, bajo pena de asumir un vínculo laboral de carácter indefinido.
Según el articulado de la reforma laboral: “Cuando el contrato de trabajo a término fijo no cumple los requisitos previamente mencionados, se entenderá celebrado a término indefinido desde el inicio de la relación laboral”.
Esto quiere decir que todos los trabajadores con contrato fijo o por obra podrán recibir prestaciones sociales y vacaciones proporcionales al tiempo trabajado. Sin embargo, estos contratos no pueden ser prorrogados indefinidamente.
Las dos reformas tienen dificultades para reducir el gasto público y cambiar el presupuesto del sistema sanitario. En el sector salud, la formalización laboral significa que se deben usar más recursos del sistema público, lo que podría causar problemas con otros programas de bienestar social si los recursos son limitados.
Las instituciones de salud, especialmente en áreas rurales, deben ajustarse a los gastos adicionales que pueden tener en contratos indefinidos y en pagar recargos por trabajo nocturno. Las instituciones sanitarias y hospitalarias aún enfrentan dificultades financieras, particularmente las entidades gubernamentales.
Adicionalmente, desde el ámbito macroeconómico, la reforma laboral podría causar pérdidas de hasta 450.000 empleos debido a los cambios en la jornada nocturna y el pago de horas extra. Así mismo, Fenalco dijo que “el 31 % de los empleadores tendrán que reducir su personal o evitar nuevas contrataciones”.
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