MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 5    NO 52   ENERO DEL AÑO 2003    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

  Ley 776: estabilizó Sistema
General de Riesgos Profesionales

Aunque a las carreras, el gobierno cumplió el plazo para tramitar la Ley 776, que revivió los 18 artículos del decreto 1295 que habían sido declarados inexequibles por la Corte Constitucional. De lo contrario se hubiera entrado en un limbo jurídico que dejaría sin bases legales los accidentes de trabajo, las enfermedades profesionales y las pensiones de invalidez.
El plazo que dio la Corte para que el Congreso expidiera una nueva ley vencía el pasado el 17 de diciembre, y precisamente ese día fue firmada por el presidente de la república; por eso la urgencia del señor ministro Juan Luis Londoño, para radicar el proyecto de ley que evitaba el caos en el Sistema General de Riesgos Profesionales -SGRP-. La nueva ley permitió superar el vacío en el SGRP e incluir mejoras fundamentales en el decreto 1295. El ministro afirmó que con la decisión del Congreso, los trabajadores colombianos cuentan a partir de ahora con la estabilidad jurídica para las prestaciones económicas.
El proyecto recogió sugerencias de los sindicatos, las agremiaciones, Ministerios de Hacienda y Trabajo, representantes del sector asegurador, entre otros, lo cual facilitó su tránsito en el Congreso, dado el plazo otorgado por la Corte Constitucional.
Entre las modificaciones se destacan la cobertura de la cotización y el traslado en el sistema, pues desde ahora los trabajadores podrán quedar afiliados al SGRP el mismo día de la vinculación laboral, evitando de esta manera la desprotección en casos de empleos que requieran la afiliación inmediata al sistema.
Otras modificaciones
Un empleador afiliado a la ARP del ISS solo se podrá cambiar de administradora cada dos años y los afiliados a otras ARP cada año. La cotización al SGRP dependerá de la actividad económica de la empresa, de la siniestralidad, de los programas anuales de prevención y del índice de lesiones incapacitantes. Así se garantiza la continuidad en los programas de prevención de riesgos y se estimulará con la disminución de la cotización para los empleadores, a las empresas donde no se presenten accidentes de trabajo.
El plazo para que las ARP cancelen las facturas presentadas por IPS y EPS será de un mes, el mismo que se aplica la calificación de las contingencias. Esto mejora el flujo de recursos al SGSSS y agiliza trámites de calificación, todo en beneficio del trabajador.
Uno de los vacíos del decreto 1295 era la falta de claridad sobre lo que era un accidente de trabajo: la nueva ley da facultades al gobierno para determinar un listado de enfermedades que se presumirán como profesionales, lo que agilizará los procesos de reconocimiento y los derechos del trabajador.
La nueva norma también señala que en una incapacidad temporal se reconocerá el 100% del salario mientras el trabajador se reincorpora a su labor, y quedan definidos los tiempos para el pago de las prestaciones económicas por parte de las ARP; además, se introduce el concepto de incapacidades permanentes parciales por pagos mensuales y pensión de invalidez integrada, o sea que además de pensionar al trabajador inválido, la ARP también asume la cotización al Sistema General de Pensiones. Así, se integran los sistemas de Seguridad Social de Pensiones y Riesgos, garantizando los derechos de los trabajadores. La pensión por invalidez que reconocen las ARP, será de entre el 60% y el 75% del salario del empleado afectado y la pensión para sobrevivientes de un trabajador que muera en un accidente de trabajo será del 75% de su salario.
Otro cambio en la administración del sistema plantea que a futuro, las ARP deberán tener como objeto único de su negocio los riesgos profesionales, así como la prestación de sus servicios con recursos propios y unificación en la conformación de reservas para todos los aseguradores. Con esto se busca un mayor compromiso de las ARP y definir una verdadera realidad contable del sistema y condiciones similares de competencia.
A partir de la expedición de la nueva ley, la Dirección Técnica de Salud Ocupacional y Riesgos Profesionales debe asumir dos funciones adicionales: Crear y definir un Sistema Único de Información del SGRP y, además, crear y divulgar el Sistema de Garantía de Calidad de la Gestión de las ARP.
El Fondo de Riesgos Profesionales podrá, mediante análisis actuariales, determinar si el sistema es viable o no; y hacer análisis financieros y técnicos, así como aplicarle a esta contratación las normas vigentes de contratación pública, garantizando así una mayor transparencia en la destinación de los recursos del Fondo.
El pago de prestaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, le significan a los trabajadores beneficios anuales por 4 billones de pesos: "con la aprobación de la reforma se pondrá en cintura a las ARP, para que paguen a tiempo, respeten los derechos de los trabajadores, y se agilice y promueva la prevención de riesgos profesionales", comentó el ministro Juan Luis Londoño.
Colmena Riesgos Profesionales mostró satisfacción por la ley y dijo que a partir de ahora los trabajadores seguirán gozando de un alto beneficio en el cumplimiento de sus labores cotidianas.

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