Desfalco a la EPS Dusakawi, ¿juicio ordinario o indígena?
elpulso@sanvicentefundacion.com
Antes que el líder indígena Feliciano
Valencia fuera absuelto por la
Corte Suprema de Justicia por el
cargo de secuestro simple, por el que iba
a pagar 18 años de cárcel, el caucano
advirtió que en Colombia no hay puente
entre la justicia ordinaria y la indígena.
Ahora, cuando el Consejo Superior de la
Judicatura decidirá cuál de las dos justicias
deberá llevar el caso de un millonario
desfalco, el debate resurge. Se trata
del exgerente de la EPS indígena Dusakawi,
Enoc Clavijo, quien de acuerdo
con la Fiscalía habría liderado el desvío
de $3.900 millones de la entidad, que
presta servicios de salud a las comunidades
arhuaca, wiwa, kogui, kankuama,
yukpa y wayuu.
Clavijo, de la etnia Yukpa, fue denunciado
de su mal actuar por indígenas y,
estando en prisión domiciliaria, solicitó
que sus propios jueces fueran los que tomaran
el caso, en el que el nativo habría
realizado, con empresas fachada, gastos
exorbitantes e incremento irregular de
los usuarios.
Cuando queda un mes para conocer
el veredicto del Consejo Superior, las
opiniones están divididas. Para Édison
Benavides, del área Jurídica de la EPS
y miembro de la etnia pasto (Nariño), es
claro que la justicia propia es la que debería
hacerse cargo, porque el caso cumple
con los cuatro requisitos establecidos
por la Corte Constitucional para delegar
a los indígenas el juicio a sus miembros.
El primero exige que el acusado pertenezca
a una comunidad indígena, y este
es el caso. El segundo, el elemento territorial,
indica que cada comunidad pueda
juzgar, de acuerdo con sus propias normas
las conductas que tengan ocurrencia
dentro de su territorio, y el desfalco
tuvo lugar en Valledupar, en el sitio de
una EPS que opera para seis pueblos
indígenas. El otro, el institucional, indica
que se requieren unas autoridades tradicionales
que puedan ejercer funciones
jurisdiccionales, y tanto en las comunidades
afectadas por el delito como en la
de origen de Clavijo existen. El último, el
elemento objetivo, exige que aquello que
se juzga sea de interés de la comunidad,
y esta vez se trata de sus recursos para
la salud propia.
“Aunque en Colombia se reconoció la
existencia de la jurisdicción especial indígena
desde la Constitución de 1991, sabemos
que hay circunstancias que para
el mundo indígena no constituyen delitos
Cifras
A eso se suma que las autoridades de las comunidades
“no han tenido las herramientas para determinar la gravedad
del asunto”, y es claro que las entidades de control no
han venido ejerciendo su papel de proteger el derecho a
la salud de la población indígena en la región donde opera
Dusakawi (César, Guajira, Magdalena, Boyacá, Santander
y Norte de Santander), ni han creado los instrumentos
de regulación que permitan que las autoridades públicas
indígenas puedan ejercer control, dice Zapata.
o en las que es la ordinaria la que debe
actuar, pero esta vez, como indígena,
creo que el caso nos compete”, añade
Benavides, quien es consciente de las falencias
de su sistema, no muy distintas a
las de la justicia ordinaria. “Si bien nuestra
justicia es milenaria, a la luz de las
circunstancias actuales, de delincuencia
y corrupción, la justicia indígena se queda
corta muchas veces”, opina, y achaca
estas deficiencias a la “contaminación
cultural” en las comunidades.
A eso se suma que las autoridades de las comunidades
“no han tenido las herramientas para determinar la gravedad
del asunto”, y es claro que las entidades de control no
han venido ejerciendo su papel de proteger el derecho a
la salud de la población indígena en la región donde opera
Dusakawi (César, Guajira, Magdalena, Boyacá, Santander
y Norte de Santander), ni han creado los instrumentos
de regulación que permitan que las autoridades públicas
indígenas puedan ejercer control, dice Zapata
Justicias débiles
Eider Zapata, líder arhuaco, considera
que para este caso debería haber espacios
compartidos de justicia, teniendo en
cuenta que no solo se está afectando el
bienestar de los pueblos indígenas, sino
el patrimonio público. Para él, aunque es
responsabilidad del Estado colombiano
velar por los recursos del erario, también
es cierto que los indígenas tienen responsabilidad
sobre los derechos de un
colectivo. El hecho de que haya seis pueblos
involucrados entre los afectados por
el desfalco complica aún más el juicio.
“¿Quién lo juzgaría si hay varios pueblos
indígenas?, ¿cómo van a lograr ponerse
de acuerdo si hay tantas diferencias culturales
entre ellos?”, cuestiona.
Entretanto, un jurista especializado en
consulta previa y derechos de la población
indígena (que prefiere no revelar su
identidad por la cercanía con los pueblos
involucrados), anota que en efecto hay
una gran descoordinación entre las justicias
de las diferentes comunidades, y
aún más entre éstas y la ordinaria, Pero,
según afirma, el problema real en este
caso es cómo están castigando los indígenas
y si las penas que imponen son
realmente proporcionales a delitos graves,
como el peculado.
En ese sentido, cree que en este caso
la pena de las comunidades tendría que
ser muy severa para corresponderse con
el desfalco, y no está seguro de que exista
en tales dimensiones, por lo que el
riesgo de impunidad y reincidencia sería
muy alto.
De hecho, el jurista pone como ejemplo
la más reciente polémica por la malversación
de los recursos de la EPS indígena
Manexka, con más de 210.000 afiliados
en 18 municipios de los departamentos
de Sucre y Córdoba. De acuerdo con la
Superintendencia de Salud, que pidió la
liquidación de esta compañía (frenada
por un juzgado de Montería), hubo una
venta de inmuebles por valor de 600
millones de pesos, sin que esos movimientos
figuren en los registros contables.
Tampoco se sabe del origen de los
recursos para adquirir la sede actual de
la entidad, cuyo valor supera los 2.900
millones de pesos, que habrían salido de
los dineros que el Gobierno entrega para
los afiliados.
Asimismo, dice la Superintendencia,
hay ingresos extraordinarios ficticios por
13.800 millones de pesos, pago de honorarios
a miembros de la junta directiva
por 304 millones, facturas no auditadas
para compra de medicamentos,
contratos con empresas cuya idoneidad
y experiencia no estaban probadas, procedimientos
estéticos no aprobados y
autorizaciones de salud a 513 personas
que ya habían muerto por valor de 733
millones de pesos.
La EPS indígena Dusakawi se encuentra
actualmente bajo Medida de Vigilancia
Especial prorrogada con la Resolución
1595 de 2017, Y SI bien la entidad desarrolló
actividades que mostraron un
avance en el saneamiento contable e
identificación de partidas antiguas, depuración
de recobros, conciliación de
glosas de vigencias anteriores a 2015 y
liquidación de contratos con la red prestadora
de servicios, esta gestión no fue
suficiente para mitigar los riesgos y persisten
debilidades.
Cifras
La EPS Dusakawi cuenta con
182.888 afiliados, distribuidos
en La Guajira, con 97.647
(53,39%); Cesar, con 60.662
(33,17%); Magdalena, con
12.141 (6,64%); Boyacá, con
4.454 (2,44%); Norte de Santander
con 1.087 (0,59%);
Arauca, con 6.063 (3,31%), y
Santander, con 834 (0,45%).
De acuerdo con el Ministerio
de Salud, para esta población
afiliada, los guías espirituales
orientan la vida en todo momento,
por tanto, su enfoque
conlleva la revisión desde el
origen de la espiritualidad, lo
que se evidencia en la atención
espiritual y ceremonial
del nacimiento del nuevo ser
de acuerdo con la orientación
de los guías espirituales y conocimientos
colectivos ancestrales.
El médico tradicional
es el Sabedor ancestral y el
guía espiritual.
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