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Aumento de la UPC para 2026: alcances y presión en la financiación

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Por: Redacción El PULSO
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El anuncio del Gobierno nacional sobre el incremento de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para 2026 volvió a generar un debate sobre la financiación y la sostenibilidad del sistema de salud colombiano. El ajuste definido establece un aumento diferenciado del 9,03 % para el régimen contributivo y del 16,49 % para el régimen subsidiado.

De acuerdo con el Ministerio de Salud y Protección Social, esta decisión permitirá que los recursos destinados al aseguramiento superen los 101.3 billones de pesos el próximo año, lo que representa 11.6 billones de pesos adicionales frente a 2025.

Desde la perspectiva oficial, el incremento responde a dos objetivos centrales: dar cumplimiento a las órdenes impartidas por la Corte Constitucional y avanzar en la reducción de las brechas históricas entre los dos regímenes del sistema. Sin embargo, más allá del anuncio y de las cifras globales, el ajuste de la UPC vuelve a poner sobre la mesa interrogantes persistentes: si el aumento es suficiente para cubrir los costos reales del sistema, si los recursos llegarán oportunamente a los prestadores y si el incremento se traducirá en una mejora tangible en el acceso y la calidad de la atención para los usuarios.

El sustento normativo del ajuste

El aumento de la UPC quedó formalizado mediante la Resolución 2764 del 30 de diciembre de 2025, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social. En sus considerandos, la norma recuerda que la Ley 100 de 1993 estableció la Unidad de Pago por Capitación como el valor per cápita que el Sistema General de Seguridad Social en Salud reconoce a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) para financiar los servicios y tecnologías incluidos en el Plan de Beneficios en Salud.

La posición del Gobierno: suficiencia técnica y mecanismos de control

Desde el Ministerio de Salud, el viceministro de Protección Social, Luis Alberto Martínez, defendió el incremento decretado y aseguró que la UPC definida para 2026 es suficiente para garantizar el Plan de Beneficios en Salud, con base en los cálculos técnicos realizados por la cartera.

Martínez explicó que el aumento de la UPC debe trasladarse obligatoriamente a los contratos entre las EPS y los prestadores de servicios de salud —hospitales, clínicas y proveedores de medicamentos—, conforme a la normatividad vigente. Para ello, indicó que el Gobierno expidió la Circular 046 el 31 de diciembre y que la Superintendencia Nacional de Salud realiza un seguimiento permanente a los niveles de contratación.

Como mecanismo adicional de control, el viceministro anunció la puesta en marcha del Sistema de Información Financiero Asistencial (SIFA), una plataforma en la que las EPS están registrando los contratos suscritos con los prestadores. Según el Gobierno, esta herramienta permitirá verificar si el incremento de la UPC se refleja efectivamente en la prestación de los servicios y en los flujos de recursos hacia la red asistencial.

Frente a las críticas de gremios y EPS que planteaban un aumento cercano al 15 % para el régimen contributivo, Martínez sostuvo que el cálculo de la UPC es el resultado de un ejercicio técnico basado en la información de consumo y costos reportada por las propias EPS, la cual fue depurada por el Ministerio y contrastada con otras bases de datos, en cumplimiento de las instrucciones de la Corte Constitucional.

Dudas sobre el impacto operativo del ajuste

Aunque el Gobierno lo defiende a nivel técnico, diferentes actores del sector alertan que no se puede separar el análisis de la UPC de las condiciones operativas del sistema. Las clínicas y hospitales siguen lidiando con problemas estructurales de flujo de caja, carteras vencidas elevadas y obstáculos para mantener servicios fundamentales, sobre todo en áreas remotas e instituciones de complejidad.

Bajo este punto de vista, hay incertidumbre de que la modificación de la UPC no resulte en pagos a tiempo ni en mejores circunstancias para los proveedores, especialmente si continúan las dificultades como la intermediación financiera, los errores administrativos de ciertas EPS y los retrasos en el proceso de contratación.

La posición del sector hospitalario

En este contexto, la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas (ACHC) expresó su preocupación por los incrementos definidos para la UPC en 2026. El gremio considera que existe un desfase entre el aumento del salario mínimo y el ajuste aprobado para la UPC, lo que podría afectar la sostenibilidad financiera de los prestadores.

Juan Carlos Giraldo Valencia, director de la ACHC, señaló que, aunque la UPC determina en gran medida los ingresos del sistema, el incremento aprobado no guarda una correlación cercana con el aumento del salario mínimo.

“Nosotros aspirábamos a que el incremento de la UPC tuviera una relación más cercana con el incremento de salario mínimo. Infortunadamente, esto no es así”, afirmó.

Desde la perspectiva de los prestadores, uno de los puntos críticos es que el aumento se refleje efectivamente en los contratos y tarifas con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS). En ese sentido, la ACHC insistió en la necesidad de que el Gobierno emita directrices claras que obliguen a trasladar el ajuste a la contratación, con el fin de mantener un equilibrio mínimo entre ingresos y gastos.

Giraldo advirtió que el sector enfrenta dificultades derivadas del flujo irregular de recursos y del desfase entre costos e ingresos: “Hoy los prestadores tienen un aumento importante en sus gastos obligatorios, pero no cuentan con los ingresos suficientes para cubrirlos”.

ACEMI: avances y reparos

A estas observaciones se sumó la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (ACEMI). Su presidenta, Ana María Vesga, reconoció que el incremento del régimen subsidiado cumple con la orden de la Corte Constitucional de avanzar en la igualación de los regímenes y podría beneficiar a más de la mitad de la población afiliada.

No obstante, advirtió que el aumento del 9 % en el régimen contributivo resulta insuficiente, dado que allí se concentra la mayor proporción del gasto en salud. Según ACEMI, los análisis técnicos indicaban la necesidad de un incremento cercano al 17 %, por lo que el ajuste aprobado representaría un aumento real de apenas entre 4 % y 5 %, una vez descontada la inflación proyectada.

Vesga también señaló que los cálculos de la UPC para 2026 no incorporaron el reciente aumento del salario mínimo, pese a que más del 40 % del gasto del sistema corresponde a nómina, lo que tendría un impacto directo en los costos del próximo año.

Adicionalmente, cuestionó la afirmación del Ministerio según la cual la UPC fue suficiente entre 2021 y 2024, al considerar que no reconoce el rezago actuarial del sistema, evidenciado en las deudas acumuladas y en las dificultades de acceso para los pacientes.

Alertas desde colectivos de pacientes

Desde la sociedad civil, Denis Silva, representante de Pacientes Colombia, advirtió en declaraciones a un medio nacional que la decisión adoptada por el Gobierno constituye una amenaza directa para la vida de los pacientes. A su juicio, el impacto del aumento será marginal y podría profundizar la crisis del sistema, con mayores barreras de acceso y un deterioro en la prestación de los servicios. Si bien reconoció que el incremento del régimen subsidiado responde a una orden de la Corte Constitucional, expresó dudas sobre el uso efectivo de esos recursos, en un contexto en el que varias EPS de este régimen se encuentran intervenidas.

Un debate abierto para 2026

El aumento de la UPC para 2026 constituye una decisión con implicaciones técnicas, financieras y de política pública. Aunque refleja una mayor asignación de recursos y un énfasis en el régimen subsidiado, también deja en evidencia los desafíos persistentes en materia de ejecución, flujo de recursos y sostenibilidad del sistema.

El impacto real del ajuste dependerá de su implementación efectiva, de la capacidad de supervisión estatal y de que los recursos se traduzcan en mejores condiciones para los prestadores y en una atención oportuna y de calidad para los usuarios del sistema de salud colombiano.



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